Se te olvidaba lo que hablabais hace ya días y que a Juan Luis también se le pasó comentarnos a nosotros...el impuesto de actos jurídicos documentados de la compraventa: el 1% del valor del piso. Y creo que también tendremos que pagar algo en concepto de notaría, registro y gestoría de la hipoteca, una cantidad bajita pero eso nos dijeron en cajamadrid (aparte de la notaría, registro y gestoría de la compraventa y del IVA, claro). Lo que no pagamos si nos subrogamos es el IAJD de la hipoteca (el 1% de la responsabilidad hipotecaria). Tampoco tendremos que tasar siempre y cuando no pidamos más del 80%. Nosenose...no me parecen mal del todo las condiciones pero las comisiones no me gustan...De todas maneras supongo que sabreis que una vez nos ahorremos el IAJD nos lo ahorramos para siempre, o sea, podríamos subrogarnos con Ibercaja y a los dos meses irnos a otro banco con condiciones mejores y AJD nos lo habríamos ahorrado para siempre (siempre y cuando no cambiase la cantidad). Eso es lo que hacen muchos pero hay que hacer muchas cuentas para saber si eso sale rentable porque en ese caso sí que habría que pagar la comisión de subrogación (0,5%) por cambiar de banco, pagar de nuevo gastos de notaría, registro y gestoría, y ya habríamos tirado el dinero de la comisión de apertura con Ibercaja. En definitiva lo que a todos nos interesa es quedarnos con Ibercaja porque nos ahorrariamos bastante (aunque no tanto como dicen ya que aquí pagamos comisión de apertura y en muchos bancos no lo hacen) siempre y cuando podamos conseguir buenas condiciones con ellos.