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N
Nacho79
01/04/2008 19:42

Comision de subrogacion

Cobro de comisión por subrogación en misma entidad ¿es legal?

15.306 lecturas | 28 respuestas
Hola a todos,

Estamos buscando hipoteca y hemos ido a hablar con la entidad en la que tiene la promotora la hipoteca. Le hemos preguntado al comercial por la comision de apertura y nos ha dicho que al ser subrogacion a la hipoteca que tiene abierta la promotora no teniamos que pagar una comision de apertura pero si la de subrogacion que es de un 0,5% del valor de la hipoteca.

Veis esto correcto? yo tenia entendido que la comision de subrogacion solo se paga en caso de cambiar de entidad la hipoteca y no de subrogarse a la hipoteca que tiene ya fijada la promotora.

Gracias y saludos
 
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raul1982
raul1982
21/01/2012 16:54

Efectivamente. el IAJD sólo se paga de la parte de la compra venta, ya que de la parte de la hipoteca lo paga el constructor a la hora de abrir el prestamo. Lo que no se es cuando se paga el 0,5% o cuando se paga el 1%. ¿Alguien me lo puede aclarar? Gracias de antemano.

 
M
mahoma
06/04/2008 22:46
Buenas noches, Pepe123
Desgraciadamente creo que no lo tienes del todo claro, voy a intentar aclarartelo:
Lo que tu has pagado de IAJD corresponde a la escritura de compraventa no por la subrogación, que como bien te han indicado en el foro eso lo ha pagado el promotor cuando constituyó la hipoteca.
B´sss
 
P
PEPE123
06/04/2008 18:49
Pues, efectivamente, vuelta con la burra al trigo. Cuando te subrogas en la hipoteca se paga AJD del valor de compra.
Acabo de comprobar los gastos, de una compra realizada en junio de 2007, subrogándome a la hipoteca del promotor, y he pagado el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y Transmisiones Patrimoniales, 1% del valor de COMPRA (3.309 euros en un piso que compré por 330.900), para más datos, mediante el modelo 601 ante la Comunidad de Madrid.
Otra cosa es que si haces nueva hipoteca, este impuesto sea sobre la garantía hipotecaria, algo más alta, de lo que ya te he dado la razón en posts anteriores.
 
T
triz10
06/04/2008 01:15
y vuelta con la burra al trigo! que en el punto 2 no falta IAJD, que ya lo pagó la constructora cuando constituyó la hipoteca...y lo de las comisiones es evidente que son un gasto añadido... eso ya depende de la negociación de cada uno... o el caso particular...hombre y si quieres puedes añadirle el consumo de gasolina por el desplazamiento en coche al banco y luego de allí a la notaria... ah y por supuesto los seguros... que seguro que no te libras en la constitución... conclusión la mejora en la subrogación, insisto es no pagar IAJD otra cosa es que amplies , es decir subrogación+ ampliación de capital... con lo que pagas IAJD correspondiente a al ampliación... y una vez más insisto y requeteinsisto el IAJD se calcula sobre la responsabilldad o garantia hipotecaria no sobre la compraventa...Un saludo
 
P
PEPE123
05/04/2008 00:26
Es decir, el ahorro no es de impuestos, que son "casi iguales" en subrogación o constitución ( en mi ejemplo eran 840 euros, que no es poco, pero bueno). Pero con la comisión de apertura, estudio y tasación, en el caso de constitución, sí estamos hablandeo de esos 3.000 o 4.000 euros.
 
P
PEPE123
05/04/2008 00:07
triz10 dijo:

Una matización el IAJD es el 1% para garantías hipotecarias superiores a 180.000€ no tiene nada qe ver con el valor de compraventa...vamos que la diferencia de gastos entre subrogar y aperturar es entorno a 3.000 o 4.000€ ahora....o ahorrartelos en unos 10, 15 o 20 años por el menor interés... eso depende de cuanto se mejore el interés etc... e insisto aunque ya lo he especificado varias veces:

Gastos de compraventa:
Notaria, gestoria, registro e impuestos (IVA , si es primera transmisión o TP si es segunda o posterior, ambos 7% de la base imponible o valor de venta, de forma general... con los consiguientes ahorros por nueva legislación o excepcion o tipos reducidos).
Gastos de hipoteca:
1)si es constitución: notaria, gestoria, registro, tasación e IAJD
2)si es subrogación: notaria, gestoria y registro.

Conclusion: ahorro= a evitar el IAJD y la tasación.
En cualquier caso si necesitas ampliar el importe de la subrogación tributarias por la garantia hipotecaria correspondiente a la ampliación...y tendras que tasar.


En el punto 2) falta el IAJD, pero del precio de compra, no de la garantía hipotecaria, y en el punto 1) falta la posible comisión de apertura.
 
P
Pau A
04/04/2008 17:54
Buenas tardes,

Digamos que por norma general, la tasacion individual se cobra al cliente en subrogacion.

V´sss
 
T
triz10
04/04/2008 16:57
Una matización el IAJD es el 1% para garantías hipotecarias superiores a 180.000€ no tiene nada qe ver con el valor de compraventa...vamos que la diferencia de gastos entre subrogar y aperturar es entorno a 3.000 o 4.000€ ahora....o ahorrartelos en unos 10, 15 o 20 años por el menor interés... eso depende de cuanto se mejore el interés etc... e insisto aunque ya lo he especificado varias veces:

Gastos de compraventa:
Notaria, gestoria, registro e impuestos (IVA , si es primera transmisión o TP si es segunda o posterior, ambos 7% de la base imponible o valor de venta, de forma general... con los consiguientes ahorros por nueva legislación o excepcion o tipos reducidos).
Gastos de hipoteca:
1)si es constitución: notaria, gestoria, registro, tasación e IAJD
2)si es subrogación: notaria, gestoria y registro.

Conclusion: ahorro= a evitar el IAJD y la tasación.
En cualquier caso si necesitas ampliar el importe de la subrogación tributarias por la garantia hipotecaria correspondiente a la ampliación...y tendras que tasar.
 
P
PEPE123
04/04/2008 13:31
dillo dijo:

Pues lo siento pepe123 pero te equivocas.

Si constituyes una hipoteca nueva para adquisición de vivienda, debes tirbutar en AJD (es un impuesto por tramos, pero normalmente, el 1% de la responsabilidad hipotecaria (más o menos 1.6 veces el principal del préstamo).

Si te subrogas en el préstamo promotor, no pagas ese impuesto en ese concepto (si lo pagas, de la compraventa).

Correcto tu matiz, aunque los importes no son demasiado diferentes en el contexto en que yo decía, ya que en ambos casos es el 1% (del total si te subrogas, o de aprox 1,6 el valor hipotecado). En mi ejemplo, 1% de 300.000 o de 384.000, es decir, 3.000 o 3.840. Si no recuerdo mal, esto es para compraventas superiores a 180.000, para las inferiores el AJD es el 0,5%.
 
D
dillo
04/04/2008 12:57
Pues lo siento pepe123 pero te equivocas.

Si constituyes una hipoteca nueva para adquisición de vivienda, debes tirbutar en AJD (es un impuesto por tramos, pero normalmente, el 1% de la responsabilidad hipotecaria (más o menos 1.6 veces el principal del préstamo).

Si te subrogas en el préstamo promotor, no pagas ese impuesto en ese concepto (si lo pagas, de la compraventa).
 
P
PEPE123
04/04/2008 12:06
triz10 dijo:

El ahorro en la subrogación no viene por 0% de coste sino por el ahorro de impuestos

No sé a que te refieres con el ahorro de impuestos cuando te subrogas a la hipoteca el promotor. Si no estoy mal informado, los impuestos son de 3 tipos, IVA de la vivienda, AJD y el IVA de los servicios (gestoría, etc). Los dos primeros son fijos, sea subrogación o nueva hipoteca, y el tercero varía en función de los servicios, pero es muy pequeño en comparación con los dos primeros. Para un piso de 300.000 euros, con una hipoteca del 80% 240.000, el primero sería 21.000, el segundo aprox. 3.500, y el tercero 200-300 euros.
Si cuando compras te subrogas, estos son los gastos, además de los de servicios (gestoría, notario y registro). Si no te subrogas, y haces la hipoteca con otra entidad, estos gastos son los mismos, y además hay que sumar los de tasación, comisión de estudio (como dices y también Pau muchas entidades no la cobran pero acabarán cobrando por un trabajo bien hecho, lógico), y comisión de apertura del préstamo hipotecario.
 
P
Pau A
04/04/2008 11:35
Buenos dias,

Ok Mahoma, otro con comision por subrogacion desde el constructor... no te subrogas, mejoras condiciones, te afecta la reforma y punto. Creo que se tiran piedras en su tejado (ya se que existen personas que les interesa subrogacion por ahorre de costes iniciales). Pero sigo pensando que no es habitual en absoluto hoy por hoy, ya veremos en el futuro (y tampoco lo creo).

Cierto Triz. Ni te cuento la cantidad de trabajo (y trabajo bien hecho de verdad), horas extra, kilometros, nervios etc... que llevo encima y sin cobrar ni un euro ; no soy "falso modesto" ni quiero ser "pedante"... pero conozco perfectamente la diferencia entre "hacer horas" y "hacer bien tu trabajo" y ni te cuento lo que se cobra "por nada" en las entidades. Ni te cuento como solamente con comisiones de oficina en una semana se ganan cantidades importantes. Se que sabes de lo que hablo porque trabajas en ello, e imagino que sabes que no me invento nada. Por desgracia, los profesionales entregados de este sector se cuentan con los dedos de la mano... no me valen aquellas personas que se quedan durante 2 semanas seguidas todas las tardes trabajando...

Entiendo que se cobre por un trabajo, pero te aseguro que la proporcion entre trabajo/comision es "habitualmente" desproporcionado. No pretendo infravalorar el trabajo de otros, pero se de lo que hablo, tu sabes lo que digo y las personas que leen tambien tienen experiencias. No es un caso que se aplique al 100% de personal de banca, pero reitero la descompensacion con el binomio "trabajo/comision cobrada por ello" en la mayoria de los casos.

Resumiedo. Cierto que los tiempos cambian, pero al igual que los intereses suben/las entidades bajan diferencial ; lo que no cambia es que las personas "buscan, comparan y lo mejor lo compran". En banca, la competitividad es importante y decisiva (diselo a ING, que creo fama y se echo a dormir...).

No pretendo que se enfade nadie, pero seguro que mas de uno me entiende.

V´sss
 
T
triz10
03/04/2008 23:54
El ahorro en la subrogación no viene por 0% de coste sino por el ahorro de impuestos (que no se lleva el banco sino hacienda y que ya ha cobrado)si antes no se cobraban comisíones de subrogación o no se ponian en los prestamos es porque las operaciones eran rentables en otro aspecto y si es una comisión habitual...y en la mayoria de entidades actualmente...tampoco es habitual cobrar por el estudio pero poco a poco veremos que la comsión de estudio dejará de ser 0... la gente se cansa de trabajar en "valde" y cada vez los clientes miran mas....pues si el cliente se va con el mejro postor...pero a todos les hace trabajar... habrá que cobrar por ese trabajo...antes no se cobraba por sacar en otros cajeros ahora si... por qué? las cosas cambian y los tiempos y necesidades también...Un saludo
 
M
mahoma
03/04/2008 23:51
Buenas noches,
Yo no se si será practica habitual eso de cobrar comisión por subrogarte a la hipoteca del promotor, pero tengo un caso real: contrato de compraventa celebrado en Diciembre de 2007, condiciones esenciales del préstamo:

-Responsabilidad hipotecaria del inmueble: xxxxx€ de principal, xxxxx€ de intereses ordinarios, xxxxx€ de intereses de demora y xxxxx€ de costas y gastos.

- Amortización y vencimiento: 30 años (360 cuotas mensuales).

- Tipo de interés: el menor entre (i) el minímo establecido por la Caja para los préstamos libres para la compra/construcción/reforma de la propia vivienda, o (ii)EURIBOR + 0,75 puntos porcentuales.

- Comisión de subrogación: 0,250% la primera subrogación y 1,00% la segunda subrogación y sucesívas.

- Comisión por amortización anticipada total o parcial: 1,00%, salvo que el interés hubiera devenido fijo, en cuyo caso será del 2,50%.

- Comisión por recibo impagado: 26€

En esta caso los futuros propietarios, si se subrogan tendrán que pagar ese 0,25% de comisión.

B´sss
 
P
Pau A
03/04/2008 21:06
Buenas tardes,

Triz, no discuto que la banca es un negocio (¿quien lo niega?...) y que sebasa en un sistema capitalista (los inventores) y que ofrece un servicio (soy el primero en defender la atencion personalizada y en persona y "demases"...).

No discutimos eso, me referia a que cobrar comision por subrogarte a la hipoteca del promotor (0.50%)... es cuanto menos peculiar y al igual que pepe123, no me habia encontrado nunca el caso. Repito, la comision de apertura debe ser "0%", la cancelacion por no subrogacion debe ser "0%" y subrogarte a la hipoteca del promotor tiene coste "0%" (y repito que me baso en experiencia propia y precedentes en el foro)... pero cada entidad tiene sus condiciones.

La opcion de subrogacion no es que carezca de costes, pero si los reduce considerablemente, es buena opcion para ahorro "inmediato".

V´sss
 
P
PEPE123
03/04/2008 09:45
¿Comisión de subrogación?. La verdad es que es la primera vez que oigo hablar de este concepto. Yo he tenido varias experiencias de compra de pisos a lo largo de más de 20 años, el último en junio de 2007, y jamás me han planteado comisiones de este tipo. Precisamente yo siempre he defendido que la gran ventaja de subrogarte en la hipoteca de la promotora es que no tiene coste alguno, por lo que normalmente opto por hacerlo así, y después tengo todo el tiempo del mundo para estudiar con tranquilidad si me interesa cambiar a otra. No sé, quizá dada la situación económica los bancos no paran de pensar y se están "inventando" nuevas formas de ganar dinero.
 
T
triz10
03/04/2008 00:28
Bien bueno...esta claro que a nadie le gusta que le cobren comisiones...porque odiamos esa palabra... entonces tb podriamos encubrir las comisiones de servicio por ejemplo pues aumentando el tipo de interes en las tarjetas de crédito... o poniendo tipos minimo sen una hipoteca... etc... pero bueno este en este momento no es el caso... el caso es que el banco es el mal...ese maldito usurero... y no valoramos el servicio que da...y todo nos parece caro... que si me cobran mucho que si tal.... bien pues el banco no es mas que un negocio... mucho más claro y pudiendo dar información del margen que obtienen del cliente mucho más claro que el margen del panadero... acaso le preguntamos cuanto gana de margen cuando le compramos la barra de pan... o cuando vamos a un resaurante de los que comemos poco y pagamos 60€ por persona... pero como es chic todos contentos...por qué? porque valoramos el trabajo...en un principio los beneficios son la diferencia entre lo que ingresas y lo que pagas... para un banco la diferencia entre el interes que paga en los depósitos (5%, lo que le cuesta el dinero que le prestan) y lo que ingresa por prestar ese dinero... (5´75% a 9%, la diferencia es suficiente como para sustentar un negocio, cualquiera... pues no... así que cuando la diferencias entre eso dejaron de ser cobrar intereses al 17% y pagarlos al 8%, entraron en juego las ocmisiones que no es nada mas que un cobro por cada servicio que se presta, después de todo los servicios de los bancos son amplios, evitan muchas cosas, y nos solucionan tantas otras...que sin ellos no podríamos hacer...así pues a mi me cobran un interés por prestarme un dinero hoy que devolveré en x años y no es más que un calculo de lo que valdrá ese dinero que me prestan dentro de 40 años (descuento y capitalización)...pero yo te estoy realizando un servicio hoy, y es el estudiar tu operación, montarla, mirar la documentación, escanearla, hacer un informe, si va justa defenderla ante el comité, hablar con el cliente, contactar por telf. (lo que implican mayores costes), más todo el trabajo de coordinar firmas, cancelar y dividir el prestamo promotor, hablar con gestorias, etc... estoy empleando un tiempo y haciendo un trabajo hoy,incurriendo en unos costes hoy, y asumiendo unos riesgos hoy, que la gente necesita, y es justo cobrar por ese trabajo que se presta... como todo el mundo que trabaja...realiza hoy un trabajo pues cobra...no un interés en 40 años...Y sino¿ de que se mantienen las oficinas y los empleados que trabajan en ellas?. pues como todo negocio hay que ganar...y cobrar por el trabajo realizado...¿ o acaso protestamos al frutero porque en el kilo de peras ha incluido los costes del transporte? Además el tipo de interés se cobra en función del riesgo que se asumey del valor que se supone tendrá el dinero en el futuro no del trabajo que se realiza...Un saludo
 
P
Pau A
02/04/2008 22:51
Buenas noches,

¡¡Que bien Triz, ya veo que has vuelto "a tope" ;)!! Perfecto para los intereses de los foreros.

Lo de pagar el 0.50% por cancelacio ya veo que dices que no tiene validez, lo del 0.50% por subrogacion no lo habia visto nunca y lo de la comision de apertura ya dices que se negocia tendiendo a "0%". Personalmente creo que sí es importante conocer el concepto del cobro de ese 0.50%, porque para mi, seria la diferencia entre pagarlo contento o negarme rotundamente. Personalmente, veo lo que quieres decirme, pero no me parece correcto ese % a cobrar.

V´sss
 
T
triz10
02/04/2008 22:03
Buenas Pau... si da igual como llames al concepto...el caso es que si se puede cobrar la comisión de subrogación... y es a los efectos como una de apertura...la formalización de toda una promoción de viviendas es un tabajo agotador...y muchas veces los promotores son muy complicados, es una compensación más que pide el banco... si te vas a otro lado tendrás que pagar de todas formas ese 0´5% por cancelación total... ya que aunque ilegal normalmente el promotor no lo paga.... ya se asegura de poner la famosa clausula o cobrárselo en el precio de más...puedes intentar negociar el resto de condiciones... normalmente al banco le interesa que se subroguen cuantos más mejor... pero vamos en mi oficina tenemos varios clientes promotores y tenemos alguna que otra promoción en marcha, en diciembre entregamos una...y hubo hipotecas que las tuvimos que negociar 4 veces...lo que nadie se libró fue de pagar el 0´5% de comisión de subrogación por el importe pendiente (lo normal y habitual, aunque puede ser del 1%, o del 1´5%), lo que si se negocio fue 0% de apertura para las ampliaciones. Casi todas las entidades la cobran... no es ilegal y está aprobado por el banco de españa...Esto es como todo... son lentejas... si quieres las comes y sino las dejas...Un saludo
 
P
Pau A
02/04/2008 20:42
BUenas tardes de nuevo,

Ya sabes como va esto Nacho, es lo de siemrpe: Si no te subrogas, no pagues comision por cancelacion y deberas pagar alrededor de un 3% por constitucion de hipoteca nueva. Esa cantidad, la ahorraras, recuperaras y aumentaras "con bastante margen" a lo largo de tu hipoteca ; por no hablar de que se acoje a las nuevas limitacions por reforma de ley.

¡Suerte! V´sss
 
N
Nacho79
02/04/2008 20:11
Hola a todos,

Oido cocina, pueden hacerlo... ellos mismos... me lo estan poniendo mas facil para que me vaya a otra entidad.

Muchas gracias por las respuestas

Saludos.
 
P
Pau A
02/04/2008 20:00
Buenas tardes de nuevo,

Se me ha cortado, me he liado y ya hasta ahora... en fin.

(...) Es decir, ¿la persona que acepta la hipoteca del promotor, debe pagar una comision por subrogarse? El 0.50% como ya he dicho, es el limite aplicable a subrogacion de acreedor ; aqui se aplica a subrogacion de deudor... Alguien que haya subrogado a la hipoteca del promotor ¿me puede decir si ha pagado comision por subrogacion? En cambio lo que si es habitual (paradojicamente a lo que asegurais...) es que se intente cobrar la apertura.

Evidentemente en el contrato de c/v se puede especificar que se pagara comision de subrogacion, pero no es para nada habitual (a las diferentes experiencias del foro y de todos me remito...). Mi interpretacion es que ese 0.50% corresponde a una provision de fondos aproximada y expresada en % en el caso de subrogacion (casi nulos gastos de const. hipo).

V´sss

P.D. Cuando compro un ordenador, me pueden hacer firmar un anexo aceptando que invito al vendedor "a un vermutillo"... pero no es habitual.
 
P
Pau A
02/04/2008 17:03
Buenas tardes,

Es decir, ¿la persona que acepta la hipoteca del promotor, debe pagar una comision por subrogarse? El 0.50% como ya he dicho, es el limite aplica
 
T
triz10
02/04/2008 17:03
Eso es... una cosa es que el comercial no haya especificado la diferencia entre subrogación de deudor y acreedor, pero si el banco establece en las condiciones del promotor una comisión de subrogación de deudor...pues son las condiciones de subrogación. No se puede cobrar comisión de apertura porque la hipoteca no se constituye pero si una comisión de subrogación de deudor, que es un porcentaje del improte subrogado (a efectos como la comisión de apertura), y si amplias esa cantidad pues tendrías otro porcentaje desde 0% hasta... para cobrarte la comisión correspondiente a la ampliación... Un saludo
 
M
mahoma
02/04/2008 14:02
Al subgorarte si pagas comisión, si así esta estipulado en la condiciones de subrogación que tenga el promotor con la entidad financiera en la correspondiente escritura.
Lo que efectivamente no pagas es comisión de apertura

B´sss
 
P
Pau A
02/04/2008 10:27
Buenos dias de nuevo,

Ojo con intentar "colar" nada a nadie. Consultalo y asegurate, quizas se "confundio" con los gastos derivados de la operacion aproximados, no se.

V´sss
 
N
Nacho79
02/04/2008 00:03
Buenas noches,

Muchas gracias por la respuesta. quien me ha dicho lo de la comisión ha sido el comercial del banco así que tendré que aclararlo con ellos a ver qué es eso... pa mí que me la han intentado colar... en fin...

Saludos
 
P
Pau A
01/04/2008 20:58
Buenas noches,

Al subrogarte no pagas comision por subrogacion y tampoco (deberia ser siempre asi) comision de apertura. Pagarias 0.50% sobre el capital pendiente si estando en hipoteca viva, quisieras "cambiar" tu hipoteca a otra entidad (subrogacion acreedor). Lo que sucede ahora si te subrogas, seria en teoria una subrogacion de deudor (la hipoteca "no se mueve" y cambian los titulares y ahi pueden cobrarte un 2/3% tranquilamente... asi que creo que la persona que te informo confundio informacion, como se suele decir "oyo campanas y..."

V´sss
 

Fin del hilo
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