Buenas tardes,
A grandes rasgos: Un aval debe poder soportar la cuota mensual del prestamo hipotecario solicitado. Si se trata de un aval personal se tendra en cuenta el endeudamiento neto por sus ingresos (teniendo en cuenta posibles prestamos). Si se trata de aval con fincabilidad, se solicita que la vivienda este libre de cargas/hipotecas o con una carga/hipoteca "minima", se supone que el valor libre de la vivienda deberia ser 5 veces el capital que avala (aquello del 80% al 97% de tax...).
En ambos conceptos, y en caso de impago situacion pre-judicial y embargo ; se solicita al aval si desea hacerse cargo del prestamo o "permite" que lo ejecuten. En caso primero se pueden pagar las cuotas a traves de aval, utilizar la finca del aval para conseguir capital, como garantia etc...
Es importante tener claro que, en el peor de los casos, se solicita la decision del aval... no ejecutan el piso y embargan al aval.
V´sss