cachorrillo dijo:
Hola.
El ADJ es el 1 % del valor de la vivienda que compras pero sin iva.
Este impuesto se paga siempre en vivienda nueva si NO te SUBROGAS a la hipoteca que ya ha levantado el promotor sobre tu vivienda.
Si no te subrogas tienes que pagarlo dos veces, uno por la compra venta del piso que es las escrituras y otra por la escritura de la hipoteca. más gastos de 2 registros, 2 veces notario, tasación.
Si te subrogas no tendras dos escrituras si no una que es la de la compra venta, ya que la de la hipoteca va en la misma, estás exento del ADJ y solo pagaras de gastos, un notario, y un registro.
Espero haberme explicado bien.
Un saludo
perdona pero creo que no es así
SI TE SUBROGAS: Hay que pagar tan sólo un AJD que equivale al 1% del valor de la compra-venta
SI NO TE SUBROGAS: Hay que pagar un AJD que al igual que antes equivale al 1% del valor de la compra-venta y además
Hay que pagar otro AJD que está en función del valor a hipotecar, pero quisiera saber si ese % es fijo o depende de cada entidad en cuestión
saludos y gracias
(obviamente y como bien has dicho SI NO TE SUBROGAS también hay que añadir mas gastos de notaria, registro, tasación, gestoria, pero estos gastos los tengo mas o menos "localizados" y me gustaría saber a cuanto asciende ese 2º AJD en cuestión)