Eurico, donde mejor te pueden informar es en la consejería de vivienda de tu comunidad autónoma. Al ser una VPO, la vivienda estará acogida a algún Plan de Vivienda.
Probablemente en ese R.D., que regula el Plan de Vivienda al cual perteneces, vendrá que los 5 primeros años el tipo será fijo, y a partir del sexto año será el que el gobierno apruebe anualmente para los préstamos cualificados. Para el año 2009 el gobierno aprobó que el tipo de interés para este tipo de préstamos es del 4,55%.
La solución es que busques una hipoteca libre (no cualificada) y canceles la actual. Pero, al ser tu vivienda VPO, para poder hacerlo previamente tendrás que devolver TODAS LAS AYUDAS que te concedieron en su momento, con los intereses correspondientes.
Tienes que echar cuentas y ver si te compensa, pues no sólo tendrás que devolver dichas ayudas, si no que, además, tendrás que hacer frente a los gastos de cancelación de la anterior hipoteca y constitución de la nueva.
Lo mejor, reitero, es que lo preguntes en la consejería de vivienda de tu Comunidad Autónoma, que es la que tiene las competencias en materia de vivienda.
Un saludo.