La cancelación económica es sólo pagar lo que debes, y ten en cuenta si tienes penalización por amortización anticipada.
Supongo que te refieres a la cancelación registral. Estos son los pasos:
1 .- Hacer una escritura de cancelación. Si lo haces tú, el banco debe darte el "certificado de deuda cero", pero el problema es que tienes que llevarlo al notario, y los apoderados del banco tienen que ir a firmar. Es mejor pedirle al banco que gestionen la obtención de la escritura, ya que lo harán con "su" notario, y es más ágil. Coste, unos 90 euros la escritura, según la última ley de mayo-2012 en la que se modificaron los aranceles de notarios y registradores. El banco puede ser que te cobre algo. Te darán primera copia y copia simple.
2 .- Con estas dos escrituras, pasar por la comunidad autónoma, a tramitar IAJD, no se paga por estar exenta. Se quedan la copia simple, te sellan la primera copia y te dan copia del modelo de IAJD (601).
3 .- Con la primera copia de la escritura y el modelo 601, ir al Registro de la Propiedad, para que inscriban la cancelación, y tu garage quede libre de cargas. Coste, no lo sé seguro, la misma ley de mayo-2012, unos 50-60 euros.
Y fin de la historia.