Buenas vecinos,
He mandado la pregunta a la OVICAM esta tarde y me han contestado esto:
Cita:
Estimado/a Sr./Sra.:
En respuesta a su consulta le informamos que en el momento que le pidan la declaración de la renta será el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), correspondiente al periodo impositivo que, una vez vencido el plazo de presentación de la declaración, sea inmediatamente anterior .
Le agradecemos su consulta.
Le atendió,
YOLANDA
En la calculadora que hay en descargas pone los siguientes: “Estos cálculos se realizan para solicitudes presentadas desde el 01 de Julio de 2005 hasta el 30 de Junio de 2006, ya que se deben presentar los datos correspondientes a la Declaración del IRPF del año 2004”.
Por tanto si nos dan el piso en Junio de 2006, las ayudas habrá que pedirlas como mucho seis meses después y:
01 Jul 2005 - 30 Junio 2006 .......... Renta del año 2004
01 Jul 2006 - 30 Junio 2007 .......... Renta del año 2005
01 Jul 2007 - 30 Junio 2008 .......... Renta del año 2006
01 Jul 2008 - 30 Junio 2009 ..........
Renta del año 2007 Nuestro gozo en un pozo!!! Ivanalon, tienes tú razón…
Por cierto, jdavid, no eres el único q no le salen los números… me acabo de dar cuenta de q nuestra renta no es de 3.5 veces el IPREM, sino 4.5 así que me despido de las ayudas estatales aunq suba el IPREM… pero para vosotros es una opción muy interesante (eso si, bye bye al famoso préstamo puente…)
Ciao