Aclaración a Iorceken: La ley de protección al consumidor ya está en vigor, la que no está es una de prestamos hipotecarios, que no sé su nombre pero está en trámite parlamentario y entrará en vigor ya mismo, no sé si llegamos o no, y es esta ley la que va a decir lo del 0,5 máximo en cancelación, además reduce bastante los costes de notaría, registros, etc...
http://www.urbanoticias.com/noticias/hemeroteca/7245_la-nueva-ley-hipotecaria-reducira-los.shtml Sobre la ley de protección al consumidor, en vigor desde enero de este año, dice que se prohibe:
"La imposición al consumidor de los gastos
de documentación y tramitación que por ley corresponda
al profesional. En particular, en la compraventa
de viviendas:
a) La estipulación de que el consumidor ha de
cargar con los gastos derivados de la preparación de
la titulación que por su naturaleza correspondan al
profesional (obra nueva, propiedad horizontal, hipotecas
para financiar su construcción o su división y
cancelación).
b) La estipulación que obligue al consumidor a
subrogarse en la hipoteca del profesional de la
vivienda o imponga penalizaciones en los supuestos
de no subrogación.
c) La estipulación que imponga al consumidor
el pago de tributos en los que el sujeto pasivo es el
profesional.
d) La estipulación que imponga al consumidor
los gastos derivados del establecimiento de los
accesos a los suministros generales de la vivienda,
cuando ésta deba ser entregada en condiciones de
habitabilidad." Lo que no sé es si nos afecta porque nosotros ya hemos firmado el contrato, anterior a la ley, yo intentaré informarme pero si alguien lo ha hecho, por favor que nos diga si tenemos que pagar la plusvalía.