El porcentaje de deducción en el IRPF por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente es el 15%. Al ser el IRPF un tributo compartido, el porcentaje anterior se reparte entre el Estado (el 10,05%) y las Comunidades Autónomas (el 4,95%, aunque las Comunidades tienen competencia para establecer otro tipo sobre el tramo autonómico de la deducción). Con esta reserva, se puede afirmar que la mayoría de los contribuyentes que están pagando su vivienda habitual deduce en la cuota del IRPF el 15% sobre una inversión máxima de 9.015,18 euros al año.