Hola a
tod@s. Soy propietario de uno de los chalets de FADESA, mejor dicho era uno de ellos. Ya que hace un mes conseguí recuperar mi dinero mas los intereses generados. Eso si, deciros que llevo un año intentandolo y después de muchas conversaciones y burofaxes, la única opción ha sido a través de ejecutar el aval, ya que FADESA aún sabiendo que ha incumplido el contrato, no ha querido saber nada.
Mi consejo es que los que tengaís el aval, argumenteis el incumplimiento de la clausula 5ª del contrato, es decir, la no obtención de la licencia de obra antes de los 18 meses a la firma del contrato. Me puse en contacto con el banco que había firmado el aval, en mi caso Caixa Catalunya, les envíe un requerimiento notarial con la solicitud de ejectutar el aval, argumentando lo que he comentado en el parrafo anterior y remití copia del aval, contrato y recibo de todas la letras pagadas. El banco pidió un informe a FADESA, que cinicamente decia haber cumplido todas las clausulas del contrato y tras una primera contestación negativa por parte del banco y plantearme denunciarles también a ellos, al final me contestaron que iban a proceder a ejecutar el aval y devolverme el dinero entregado hasta la fecha más los interese legales, en cuestión de una semana me citaron en la oficina que tienen en Tres Cantos y me dieron un talón. En ese momento dejé de pagar la última letra que me quedaba.
Mi opinión es que todo aquel que quiera recuperar el dinero y no seguir con la vivienda, es que solicite la ejecución del aval a la entida bancaria que lo haya firmado, el procedimiento puede ser mediante un requerimiento notarial o un burofax. En el propia aval, suele venir la persona de la entidad bancaria que lo firma, sería conveniente tratar de hablar con el y que os indique la forma mas rápida de ejecutarlo. Aunque en mi caso el aval no contemplaba la no obtención de la licencia de obra en los 18 meses de la firma del contrato y solo figuraba el plazo de entrega de la vivienda, la ley obliga a que los avales deben cubrir las dos vicisitudes (ver ley:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l57-1968.html ).
En cualquier mucha suerte a todos y que se solucione cuanto antes el problema.
Un saludo.