Chicos, chicos!! A quién le pueda interesar...Ya se 100% lo de los años. Ayer consulté en Internet los 2 decretos por los que se rigen nuestros pisos (digamos q son la BIBLIA, lo q pone ahí va a misa, así que aunque sean un tostón convendría que os los leyérais). Son estos:
A) R.D. 801/2005 de 1 de julio
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd801-2005.html B) Decreto 11/2005 de 27 de enero
http://gestiona.madrid.org/wleg/servlet/Servidor?opcion=VerHtml&idnorma=3653&word=S&wordperfect=N&pdf=S Habiéndome leído los quedan muy claros los puntos que os paso a comentar:
1. Si cogéis cualquiera de las ayudas que da la EMV (Ayuda a la entrada o subrogaros a su préstamo de Caja Madrid) la protección se le quita a los 30 años.
2. Si cogéis un préstama libre, la protección se quita en 20 años.
Fijáos como son las de la EMV, para q veais que no os podéis fiar de lo que digan...He llamado y le pregunto que voy a coger un préstamo libre y que quería saber cuántos años son de protección, y me dicen que 25. En cuanto le hablo del Real Decreto y le paso a leer el Artículo 8 del Decreto 11/2005 de 27 de enero (lo podéis mmirar vosotros mismos) titulado DURACIÓN DEL RÉGIMEN LEGAL DE PROTECCIÓN PÚBLICA que dice: ´Para las Viviendas con Porección Pública para venta o uso propio: veinte años a contar desde la calificación deinifitva, salvo que se hubiere obtenido préstamo cualificado...´...la de la EMV me dice, uy, pues sí, será eso, si lo pone...OS LO COMENTO PARA QUE VEÁIS QUE CON LOS DOCUMENTOS EN LA MANO ENSEGUIDA RECTIFICAN....NO LO TIENEN NADA CLARO LAS PERSONAS QUE SE SUPONE NOS TIENEN QUE INFORMAR...
Si os interesa el tema de la descalificación, miraos los Reales Decretos, vale más que lo que digan las de la EMV, porque está claro que no se enteran bien y nos informan mal.
Saludos a todos!!