PACO972 dijo:
Hola a ver si alguien me puede ayudar vosotros que estais en la carrera final.
Soy adjudicatario de una vivienda como vosotros pero en el trabajo me destinan a finales de año a otra provincia por un periodo de entre 2 o tres años, alguien sabe si puedo seguir teniendo la vivienda y habitarla cuando vuelva
Gracias
´También podrá dejarse sin efecto la prohibición de transmitir o de ceder el uso de las viviendas por cambio de localidad de residencia del titular de la vivienda, o cuando concurran otros motivos justificados, siempre que medie autorización de la comunidad autónoma y se respeten los prodedimientos establecidos por ésta.´
Extraído del contrato de compravente.
Vamos que si podrías, quedarte con la casa, que esto tampoco es una cárcel.
Lo que no sé es qué sucede si no llegas ni a vivir en la casa...
Lo mejor que puedes hacer es llamar a las fuentes, a la EMV y a la comunidad.
Puedes empezar por llamar al 012 de la comunidad.