En el contrato de adjudicación solo viene la descripción exacta de la vivienda, la carga hipotecaria, el precio definitivo y las cláusulas de protección.
Lo primero es que somos cooperativas y quienes entregan las viviendas somos nosotros mismos, no Ferrocarril. En ningún contrato del mundo viene la fecha exacta de escrituración porque es imposible saberla, y no hay compensación por retraso porque nos tendríamos que indemnizar a nosotros mismos.
Sin la licencia de primera ocupación es que no se permite entregar las viviendas, es un imperativo; la cédula de habitabilidad es lo mismo que la de primera ocupación pero para viviendas de segunda mano, las nuestras no tienen de eso.
Si no tienes enganche a luz ,agua, etc, no te dan la licencia de primera ocupación. (Enganche, contrato es otra cosa).
Olvidaros de los plazos máximos legales de entrega y demás porque si los miras estamos fuera del año, lo importante es que todo está hablado con la Comunidad de Madrid y ellos dicen que nos visa todo antes de año para que nos entreguen las casas en Diciembre.
Hay que ser positivo y no ponerse nervioso antes de tiempo.