Lo primero, para que te den un "prestamo cualificado" tenemos que pretenecer al plan de la vivienda anterior. En el mencionado plan no existia el concepto de VPPB, que yo creo que es para lo que hemos entregado la declaracion de la renta, el certificado de no tener otra vivienda... (al menos eso ponia en el papel que nos dieron).
Por lo tanto no podremos nunca obtener un "prestamo cualificado". La nueva ley de la vivienda solo habla de "prestamo convenido" (y tb obliga que la duración de la protección sea 30 años).
Creo que lo primero que debemos saber a que plan de la vivienda estamos adheridos (nuevo o antiguo) y en el caso del nuevo (2005/2008) si pretenecemos al plan estatal o al plan de la comunidad de madrid. (Este último te permite que la duración de la protección pueda ser de 20 años).
Vamos que yo creo en este tema, hay o al menos yo tengo una falta de información.
Algo de luz?