nanlmg dijo:
Código Civil Artículo 396
Los diferentes pisos o locales de un edificio o las partes de ellos susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un elemento común de aquél o a la vía pública podrán ser objeto de propiedad separada, que llevará inherente un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes del edificio , que son todos los necesarios para su adecuado uso y disfrute, tales como el suelo, vuelo, cimentaciones y cubiertas ; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga ; las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elementos de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores ; el portal, las escaleras, porterías, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos y los recintos destinados a ascensores, depósitos, contadores, telefonías o a otros servicios o instalaciones comunes, incluso aquéllos que fueren de uso privativo ; los ascensores y las instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, incluso las de aprovechamiento de energía solar ; las de agua caliente sanitaria, calefacción, aire acondicionado, ventilación o evacuación de humos ; las de detección y prevención de incendios ; las de portero electrónico y otras de seguridad del edificio, así como las de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo ; las servidumbres y cualesquiera otros elementos materiales o jurídicos que por su naturaleza o destino resulten indivisibles.
"un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes del edificio , que son todos los necesarios para su adecuado uso y disfrute"
¿Puedes tu hacer uso y disfrutar de mi balcón?.NO. Otra cosa es que para el mantenimiento haya que pasar por mi balcón, entonces me vería obligado a esa copropiedad Es a eso a lo que se refiere la Ley. Ello no quiere decir que yo no pueda por ejemplo poner una maceta en mi balcón. Otra cosa es la fachada y lo que sería un cerramiento del balcón.
De todas formas, no intento ni tener razón ni convencer a nadie, solo de dar mi opinión, y en cuanto a las normas, están muy bien cumplirlas, simpre que existan. Si más adelante se aprueba cualquier tipo de norma de convivencia en nuestra intercomunidad por mayoría, te garantizo que seré el primero en cumplirlas. Mientras tanto, intentaré ser una persona cívica y educada, al mismo tiempo que comprensible con los problemas que les puedan surgir a los demás, como por ejemplo, familias que tengan que tender en el balcón por que no están los tendederos ; a mi no me gusta ver los balcones llenos de ropa, pero no me quejo ni me quejaré, por que la necesidad de esa familia en estos momentos esta por encima de mis gustos personales. Así mismo entiendo a la familia que lleva viviendo en la urbanización meses y que se ha sentido indefensa, debido a que los balcones son facilmente accesibles. ¿Ya han pasado meses y los que quedan para poner de acuerdo a la gente, cuantos meses de inseguridad debe vivr una familia? ¿A caso las rejas que han puesto son "chillantes" o son del mismo estilo de las que ya existían? Es a eso a lo que me refiero.
Creo que con estos mensajes ya he expuesto mi opinión suficientemente. Ya te digo no quiero discusiones ni problemas con nadie, que ya la vida los da por si solos.
Otro saludo.