cuando te subrogas en un préstamo y se incorpora un avalista la Entidad Financiera ha de hacerte una provisión de fondos del 1% sobre el total responsabilidad hipotecaria del préstamo en concepto de "IMPUESTO DE TRANSMISONES ONEROSAS" al margen del 1% que tu pagas sobre el importe del préstamo en concepto de "ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS". Este impuesto, se paga desde siempre, lo que ocurría es que en la mayoría de comunidades autónomoas, no se liquidaba, pasaba desapercibido, y como la exigencia de dicho pago es de 4 años, una vez pasados, ya no hay obligación de pagar.
¿Qué sucede ahora? Que hay que recaudar impuestos. Y entonces con este impuesto pueden Suceder dos cosas, o bien la Entidad Financiera envia el correspondiente modelo de liquidación y lo paga o espera a ver si pasa desapercibido hasta el plazo de 4 años que es el tiempo en el que te pueden exigir ese pago. ¿Qué ocurre? Las entidades financieras están reclamando a sus hipotecados de los últimos 4 años el pago de dicho impuesto, pero muchos de ellos no los pagan, pues quién lo debe pagar es la entidad financiera a la comunidad autónoma, y como la hipoteca ya está firmada, el hipotecado o no les hace ni caso a la entidad financiera, o los denuncia en la oficina del consumidor por intentar engañarles (el banco te hace ver que ese impuesto lo tienes que pagar tú)
Otro caso son los que van a firmar ahora: lo normal es que te hagan esa provisión de ese dinero, y te lo exijan a tí. ¿Por qué lo hacen así?. Pues muy sencillo: hoy día el obtener una hipoteca está muy complicado, y cuando por fin te la conceden con avalista, saben que es porque no la puedes obtener de otra forma, y todos los bancos te van a pasar a tí ese impuesto. Así que, como aún no has firmado, si quieres la hipoteca, pagas, y si no pagas, no hay hipoteca (es como lo de los seguros de hogar, tarjetas de crédito,... que te obligan a tener, y no es legal, pero lo que hacen es beneficiarte en el diferencial del euribor por esos productos, dejando ver en la escritura da la hipoteca que no es una obligación, sino una elección tuya para obtener el diferencial más bajo que te pueden ofrecer).
En resumen, como nos cuesta trabajo que nos den una hipoteca y sobre todo si nos piden avalistas es xq no estamos demasiado desahogados ahora "APLICAN ESTE IMPUESTO".
Con respecto a tema del impuesto de transmisiones onerosas. Este impuesto no viene reflejado en ningún punto de la hipoteca, de la misma forma que no figura el impuesto de actos jurídicos documentados, que este sí que debes pagar tú. El modo de proceder del banco, es que en ese mismo día de la firma de la escritura, "te sacan" de la cuenta la provisión de fondos, donde va incluído el impuesto de transmisiones onerosas. Otra cosa es que una vez firmada la hipoteca, tú les devuelvas la jugada, y no permitas la retirada de tu cuenta la provisión de fondos hasta que tú la autorizes, y en ese momento no permitas que te retiren ese impuesto. En ese supuesto, estarías en el caso de toda esa gente que han firmado hace menos de 4 años su hipoteca, y a la que les están reclamando este impuesto, y ellos están denunciando ante la oficina del consumidor, etc etc . Pero una vez liquidado ese impuesto, a nadie le importa quién lo ha pagado, solo que ya está pagado, y llegados a este punto, ya no hay nada que hacer.
el tema del "seguro de vida" y si su contratación lleva asignada una reducción del diferencial del euribor. Como tú dices, así debe constar en la escritura de la hipoteca. Si aún en la Notaría no te han entregado dicha escritura, tú puedes solicitarles "la minuta de la hipoteca": son las condiciones de tú hipoteca, importe, plazos, titulares, fecha de comienzo, fecha de fin, comisiones de apertura, amortización parcial, diferencial aplicado, etc etc y lo que aquí nos interesa, requisitos para mantener ese diferencial y en caso de no cumplirlos, el diferencial que se te aplica. En este documento ya puedes ver si consta dicho "seguro de vida", y por tanto, si para tener el diferencial indicado, debes contratarlo.
Sobre el tema de la lectura del Notario: pues hay como en todos los sitios, desde el que no te lee nada, pues lo da todo por supuesto, y te manda firmar y punto ; hasta el que incluso te explica con palabras que todos entendemos, lo que estás firmando, y puede durar la firma casi 1 hora. Que nunca te "de corte" preguntar a un notario en una firma, ya que precisamente ese el momento de tenerlo todo claro. Pídele que te lea la escritura para saber que es lo que estás firmando (habrás escuchado mil veces eso de: nunca firmes nada sin antes leerlo, pues bien, la notaría es el lugar para hacerlo más que en ningún otro sitio). Pregunta incluso en la notaría cuando recogas la escritura o la minuta esa duda del seguro de vida, o cualquier otra referente a lo que pone en la escritura, que el oficial de notaria te la resolverá (aunque ya no tenga vuelta para atrás, pues lo firmado, firmado está, pero al menos resuelves tus dudas).
Perdon por la biblia que he escrito