AVISO IMPORTANTE
¿Qué gastos son de cuenta del vendedor en un contrato de compromiso de venta?
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Mi abogado me ha dicho lo siguiente respecto del contrato de compromiso de venta que firmamos en su día.
Esto teneis que intentar que lo modifiquen todo, estipulación novena del contrato:
- Los gastos de la escritura son de cuenta del vendedor (salvo pacto en contrario, como es nuestro caso ya lo hemos firmado). Art 1455 Código Civil.
- El sujeto pasivo del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía) es el vendedor.
- Los gastos de obra nueva y división horizontal son de cuenta del vendedor. DA 1ª Clausulas 21ª y 22ª de la Ley 7/1998 de 13 de abril sobre condiciones generales de la contratación. Esto es lo más importante la Ley prohíbe expresamente repercutir estos gastos al comprador, son nulos de pleno derecho, son clausulas abusivas y el Notario se debe negar a firmar esto.
RECAPITULANDO, los otros gastos que nos han "colocado" son una práctica habitual en el tráfico mercantil, pero los gastos de obra nueva y división horizontal no nos los pueden cobrar ni de broma. Así que tomad buena nota del punto 3 que he puesto y el día de la firma ante el Notario se lo decís.
Un saludo vecinos.