Legalmente no puedes, pero si que podrias hacerlo.
Para ello debes empadronarte en esa direccion y debe figurar como tu vivienda habitual (aunque realmente no lo sea), eso si,si alquilases ese piso a alguien y ese alguien se desgravase por alquiler tendrias problemas, ya que se descubriria no solo que no es tu residencia habitual y te estas desgravando por ello, sino que que tambien se veria que no estas declarando los ingresos por un alquiler.
jorge luis dijo:
este es mi caso:
Yo vivia en asturias, donde trabajaba y habia abierto una cuenta ahorro vivienda, incluso tenia pagada la fianza de un piso que iban a entregar en 2007. Ahora trabajo en madrid y me van a entregar el piso este mes, mi pregunta es la siguiente ¿Puedo desgrabar por este piso como vivienda habitual?
gracias