La desgravación de entregas a cuenta a la constructora o las de cuentas ahorro vivienda son porque lo que vas a comprar será primera vivienda y vivienda habitual.
Se supone que durante un plazo determinado (cuando yo me fuí a informar eran 3 o 4 años no me acuerdo) no se podía alquilar ni vender porque tendrías que devolver parte de lo que te has desgravado, si te pillan haciendo eso.
Pero si alquilas algo nuevo sin contrato tú asumes los riesgos de que no te pillen pero de que tengas problemas con los inquilinos y que éstos si que quieran desgravar por el importe de alquiler como gastos deducibles!!
Pregunta en Hacienda para que te informen bien de los plazos a partir de los cuales no te penalizarían, para que tengas claro todo.
Porque si además has firmado hipoteca en ese piso si no es tu domicilio habitual no podrías usar las cuotas para deducirte nada fiscalmente.