RESCISION CONTRATO C/V POR CAMBIO HIPOTECA
¿Puedo cancelar un contrato de C-V si el banco cambia las condiciones del préstamo?
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Buenos días:
En el 2007 firme un contrato de C/V para la compra de una vivienda en San Juan del Viso (Toledo) con la promotora Mi Casa Direct, s.l. Dicho contrato se firmo entre la promotora y la empresa patrimonial de la que soy administrador único y de la que los accionistas son mis dos hermanas y yo
En dicho contrato figuraban las condiciones que la promotora había pactado con Bancaja, entidad que posee el préstamo promotor a un plazo de 30 años.
Dicha condición y después de confirmarlo con el gerente de la inmobiliaria, fue la razón por la que firmamos dicho contrato de C/V.
El problema surge cuando Bancaja me informa que al ser un préstamo para una
empresa, el préstamo esta concedido pero solo a 20 años.
He hablado con Bancaja quien me indica que los prestamos para empresa solo son a 20 años, por lo que en ningún caso se puede hacer un préstamo a 20; aparte de los costes que tiene añadidos por que hay que hacer una novación de la escritura.
Todos sabemos que años atrás, este tipo de operaciones se firmaban casi sin mirar, pero en los tiempos que corren los bancos y cajas no hemos puesto, digo puesto por que trabajo en una Caja de Ahorros, muy pulcros a la conceder préstamos empresas y particulares.
Mi opinión sobre este tema es que las condiciones en las que yo firme dicho contrato no son las mismas ahora, por lo que puedo solicitar la cancelación del contrato y que la promotora que me devuelva el dinero pagado.
En el contrato que firme, solo aparece una cláusula en la que indica que en caso que Bancaja no conceda el préstamo, el comprador deberá abonar el importe de la compra en un plazo de tiempo determinado, pero en ningún caso aparece que Bancaja se guarda la condición de poder cambiar dicha condiciones del préstamo.
Quisiera saber vuestra opinión al respecto y si en caso que tengamos que ir a juicio, si sabeis si existe jurisprudencia al respecto.