Según este articulo de la Ley de Economia Sostenible, si ya estás entregando cantidades para la construcción de tu vivienda a la cooperativa, te podrás seguir deducción como hasta ahora.
Se añade una nueva disposición transitoria decimoctava, con el siguiente contenido:
«Disposición transitoria decimoctava. Deducción por inversión en vivienda
habitual adquirida con anterioridad a 1 de enero de 2011.
1. Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta Ley en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2010, aún cuando su base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales.
El tener dinero en una cuenta vivienda, para adquirir una futura vivienda, se entiende que no te daría derecho a las deducciones, si no has comprado o entregado cantidades al promotor para la construcción de la vivienda.
Saludos