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J
javierai
08/09/2010 21:34

Reclamacion a la Promotora

¿Debo entrar a vivir en un apartamento con retrasos en la entrega y una cláusula abusiva?

3.306 lecturas | 10 respuestas

Hola a todos,

La situacion es la siguinte, he comprado un apartamento con los siguientes datos:

Fecha cont. compraventa: 27-9-2006

Licencia de obras:19-9-2006

Plazo de entrega :30 meses a partir de la L. de obras :19-3-2009

Penalizacion: 6 meses desde el plazo de entrega : 19-9-2009

Ante los repetidos retrasos le comunico por Burofax  el 15-4-2010 la intencion de reclamar el cumplimiento del contrato (el interes legal de los importes entregados que asciende a mas de 10.000 €), a lo que me responde que no lo hiciese y que montaria los armarios empotrados y algún otro mueble.El 5-7-2010 me comunica que debido a que la Constructora le ha reclamado una deuda y le ha embargado sobre la Finca , no puede escriturar pero nos dejaria tomar posesion del apartamento sin pagar lo que falta pero firmando un anexo al contrato en el que renunciamos a todo tipo de reclamacion por incumplimiento en el plazo de entrega, a lo cual nos negamos. Creo que esta es una clausula abusiva que quizas no tenga validez aunque la firmemos pero aun asi no lo hemos hecho.

Deberia entrar a vivir ( ya hay algun vecino que ha entrado ) y luego hacer la reclamacion despues de escriturar?Una duda que tengo es que si tengo que reclamar judicialmente la indemnización a quien le corresponderian las costas del jucio y a cuanto puede ascender suponiendo que haya que hacer un embargo sobre la finca.

Gracias de antemano

 

 

 
CRITERIOABOGADOS
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02/11/2010 10:42

Mucha suerte, cualquier cosa que necesites, ya sabes donde estamos.

Un saludo

CRITERIO ABOGADOS
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Tlf: 626 77 43 63
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J
javierai
01/11/2010 20:02

Hola CA

Intentaré seguir vuestro consejo de ir en plan amistoso hasta donde pueda, de momento sigo esperando a que alguien se ponga en contacto conmigo( La Junta Concursal ó el Juez ) ya que lo último que me dijeron es que seguian recogiendo datos.

Gracias de nuevo

 
J
javierai
01/11/2010 19:57

Gracias por tu respuesta

Por lo que me dices tu optaste por la reclamación de las cantidades mas los intereses pero renunciastes a la compra; el problema es que lo de la devolucion de las cantidades entregadas lo veo muy dificil y la idea es hacer la compra y negociar la indemnizacion y por tanto no se si podré negarme a escriturar cuando me llamen.

 
CRITERIOABOGADOS
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27/10/2010 16:57

Nuestro consejo es efectivamente negociar, aunque cuidado pues el generalizar es un error muy común en estos casos y , por ejemplo, el tema de costas es algo que dependerá del procedimiento y argumentación. Esto no quita que efectivamente la demanda siempre es orientada a la solicitud de condena en costas, pero es algo que estima el Juzgado y nadie más.

Insistir que esta debe ser la ultima via y ha de trabajarse en el orden amistoso, lógicamente, hasta un correcto limite.

Cualquier otro aspecto no dudes en plantearlo. Mucha suerte. 

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javierai
23/10/2010 17:20

Gracias de nuevo CA

La situación en este momento es que he teneido que enviar las facturas originales al Juzgado Mercatil que se ha hecho cargo del caso. Actualmente me quedan de pagar unos 18.000€ y he hecho un calculo de la indemnización con el interes legal de los 5 pagos realizados hasta el dia 7 de Set del 2010 que es cuando pasó a concurso voluntario y me sale un importe de unos 11.925€. Con el Promotor ya no puedo hablar entonces cual seria el camino a seguir, a mi logicamente lo que más me interesa es negociar esta rebaja sin llegar a juicio. Se puede negociar con la Junta Concursal? y sino si tengo que pagar luego como deberia realizar la reclamación ?

Gracias de antemano

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
11/10/2010 14:00

Estimado Javierai:

Lo primero es preguntarte...con el piso te quieres quedar, verdad?

Lo segundo, si te quedases con la vivienda o la quisieses efectivamente debes de hacerlo lo antes posible y también te pude servir el retraso como argumento para renegociar el precio.

El tema de daños y perjuicios suele ser  un declarativo, en especial, un ordinario o un verbal, pero depende de cuantías que vamos a dar por hecho nos llevan a un ordinario.

Las costas en este caso, a falta de estudiar causas del retraso, etc... suponen una imposición expresa segun 394 LEC a la demandada de contrario.

Esperamos haber solucionado las cuestiones, saludos muy cordiales.

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J
javierai
10/10/2010 12:02

Gracias C A

Perdonar por no haber respondido a vuestro mensaje antes ya que  he estado muy liado  intentando contacta con el Promotor ya que no atendia a los telefonos ni correo y la oficina que tiene en S. Sebastin estaba cerrada. Ahora he recibido comunicacion del juzgado Mercantil de S.S. diciendome que el Promotor ha entrado en Concurso voluntario y que ahora se hace cargo de todo una Administración Concursal formada por 1 abogado y 2 economistas, los cuales me han pedido comprobante original de los pagos realizados .Me he puesto en contacto con el abogado de la A.C. y me comenta que ha hablado con el juez y que le parce bien escriturar cuanto antes las viviendas que se puedan ya que están acabadas e incluso hay gente que esta viviendo.

Ahora la duda que tengo es si puedo plantear una rebaja en el precio por el retraso ó si debo pagar el dinero pendiente y despues reclamar por el incumplimiento de contrato. En este último caso , de que tipo de juicio estariamos hablando ( ordinario, ...etc ) , quien pagaria las costas y de que importe aprox. estamos hablando

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
13/09/2010 18:59

Es evidente que con el retraso, y la situación acaeciente lo que debes tener muy claro es si mantienes el interes por la vivienda o si por el contrario lo has perdido a nivel economico, etc...si lo has perdido no debes escriturar pues tu interes es recuperar las cantidades aportadas, y escriturar supone quedartelo. Incluso te correponderia, tras cotejo previo, una indemnización por D y P.

Esa indemnización igualmente te corresponde si escrituras pero en menos de un año desde que se generan hay que reclamarlos

Recibe un cordial saludo

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javierai
09/09/2010 18:43

Gracias MRV

 
M
MRV
09/09/2010 10:46

El problema que tienes es que el vendedor no puede vender el piso porque lo tiene embargado por la constructora.  Mientras no se liquide esa deuda y se levante el embargo, no te lo puede vender a ti.

Por lo tanto los intereses por incumplimiento del plazo de entrega son el menor de los problemas porque si el vendedor no paga la deuda por la que piso está embargado, el piso puede salir a subasta y a ti ponerte en la calle, sin recuperar tu inversión porque tu no eres el propietario en escritura.

Si tienes que ir a juicio para cualquier reclamación, lo mas frecuente es que cada parte pague sus costas, excepto si el juez aprecia que por las circumstancias del caso, cabe condenar en costas a una de las partes.  Eso no puede saberse por adelantado.

Yo que tu exigiría que se liquide la deuda por la que el piso está embargado y que te lo escriture a tu nombre antes de pagar nada más y antes de entrar a vivir en el mismo.  Luego si quieres reclamarle lo que te debe por el retraso, lo haces, pero con la tranquilidad de que el piso es tuyo y nadie te lo puede quitar.

 

 

Fin del hilo
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