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siulseleg
16/01/2012 21:58

Aval Bancario

¿Cómo funcionan los avales bancarios en la compra de vivienda en planos?

3.936 lecturas | 1 respuestas

Hola, ante todo un saludo y paso a expone mi tema:

He comprado vivienda nueva en planos y ya he entregado tres cantidades:

- Una primera cantidad que servia como reserva

- Una segunda cantidad entregada al firmar el contrato compravente

- Una tercera cantidad.

De la primera cantidad tengo escrito de entrega pero no aval bancario

De la segunda cantidad tengo aval bancario en el que consta que se trata de aval "a primer requerimiento" con fecha de caducidad  o antes coincidiendo con la firma de escrituras de compraventa. Este aval tiene firma pero no sello de la entidad bancaria

De la tercera cantidad se realiza tambien aval pero camban los terminos, por lo que me crean dudas, pues pienso que el primer aval esta bien redactado, En este segundo aval no figura lo de "a primer requerimiento".

Exactamente dice esto:

Avala

A: promotora

Ante : Compradores vivienda

Por la cantidad de XXXXX para responder de las obligaciones contraidad por el avalado , comoo consecuencia de las entregas a cuenta de cantidades, que realicen los beneficiarios del aval, en virtud de contrato de fecha XX-XX-XX firmado entre las partes y relativo a la compra de los siguientes elementos

PORTAL : xx

TRASTERO: xx

PARCELA: xx

correspondiente a la promoción inmobiliaria denominada XXXX para el caso de que su construccion no llegara a buen fin o no fueran entregadas en los plazso convenidos en el contrato citado.

El presente aval garantiza unica y exclusivamente la devolución de aquellos pagos que hubieran  sido efectivamente realizados por los compradores.

La presenta garantia, estara vigente hasta el XX-XX-XXXX, o anteriormente, una vez sea acreditada por el promotor la entrega de los elementos , antes detallados, al comprador, por cualquiera de los métodos admitidos en Derecho, quedano , a partir de dicha fecha y a todos lo efectos , cancelada la valides de la misma y el derecho del beneficiario cadudado, sin que pueda ser reclamada a la Entidad por cualquier concepto cantidad alguna.

El presente aval ha sido inscrito en el Registro. etc. etc.

Como he indicado anteriormente los dos avales tienen firma pero no sello de la entidad.

Gracias, espero alguna respuestas.

 

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
17/01/2012 21:04

Efectivamente, la falta de determinados requisitos formales, resulta en el caso de los avales de cierta importancia en sede Judicial, pero quizás los señalados son salvables, aun así es justo  perseguirla correcta formalidad de los mismos. Igualmente el tema de fechas es importante y ha de ponerse en consonancia con el contrato.

Hable con su entidad y promotora en cualquier caso.

Un saludo desde CRITERIO ABOGADOS

CRITERIO ABOGADOS
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Tlf: 626 77 43 63
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