Hola. Tengo un par de dudas que igual alguno de los expertos me las puede solventar, lo agradecería mucho muchísimo:
1- El caso es que en breves me compraré una vivienda, y la misma he visto que tiene una humedad y una grieta. Mi idea es que cuando vaya a escriturar hacerlo constar en dicha escritura ante notario, algo así como: "QUE DICHA EMPRESA SE COMPROMETE A REPARAR LOS DAÑOS DE...", lo que no sé es si incluir ese apartado en la escritura pública conllevaría algún coste adicional; igual es una tontería lo que pregunto, pero perdonen que sea tan ignorante con ésto pero es mi primera compra de vivienda, y estoy pegado con el asunto.
2- En caso de que me la reparen o no, la humedad y la grieta digo, ¿qué plazo legal es el que figura por Ley para que te la repare la promotora? (la casa lleva construida unos 4 años, y nunca estuvo habitada, o sea que yo sería su primer titular, es decir que es de obra nueva ya construida).
Por ejemplo, si son 5 años por Ley donde la empresa debe reparar esos desperfectos, ¿el plazo cuenta desde que se construyó? o ¿desde que yo la compro, independientemente del tiempo que lleve construida?
Un saludo y muchas gracias de antemano.