Darka80 dijo:
@Irinanyk.
Sigamos… ahora con el tema de “tiempos de ejecución”.
Ahora bien… hablemos del CONTRATO. (Si el tuyo no es así, obvia mis apreciaciones).
“Contrato de Obra y Servicio”.
SÉPTIMA.- PLAZO.
El plazo previsto de entrega de la vivienda será de 18 (dieciocho) meses, a contar desde del día siguiente a la firma del acta de replanteo de la obra, en el que conste la posibilidad de su comienzo o titularidad de la parcela.
[….>
Se consideran causas justificadas de demora en la ejecución de las obras, no imputables a «LA EMPRESA CONSTRUCTURA», las siguientes:
[….>
- Las demoras administrativas siempre que se argumente su correcta tramitación.
- Será tambien causa justificada de demora en la ejecución de las obras la paralización de las mismas por decisión administrativa o de terceros no imputables a «LA EMPRESA CONSTRUCTURA» ni directa ni indirectamente.
[...>
- Falta de liquidez o impago de las obras, certificaciones o facturas o recibos emitidos por causa imputable a «COMPRADOR/A DE LA VIVIENDA» .
Es por ello que; si por ejemplo, tu acta de replanteo se firmó en Febrero del 2020..el plazo acordado y firmado (y objeto de sanción a la constructora si no está justificado) debería ser (sin penalizaciones) por Agosto del 2021.
Volvemos al tema de siempre, que la constructora con sus buenas intenciones nos comunique verbalmente que su intención es acabarlo cuanto antes, no quiere decir que tengan la obligación a ello.
Nadie tiene el poder de adivinar el futuro (bueno, salvo JoseIgnacio6 que parece que sí, que nos augura el mal a todos), solo son buenas intenciones.
Si tu situación personal estaba ligada a un plazo de finalización de obra, lo mejor antes de meterte, hubiese sido tenerlo firmado. Aun así, tampoco te hubiese garantizado el fin de obra.
@Dakar80
Efectivamente, según contrato de obra y servicios dice:
“Contrato de Obra y Servicio”.
SÉPTIMA.- PLAZO.
El plazo previsto de entrega de la vivienda será de 18 (dieciocho) meses, a contar desde del día siguiente a la firma del acta de replanteo de la obra, en el que conste la posibilidad de su comienzo o titularidad de la parcela."
@Irina, eres titular desde hace un aprox. Por tanto tú plazo sería (sin penalización) en abril del 2022, por tanto, a nivel de plazos la empresa está más que cumpliendo, si bien la misma, cosa que deberías de agradecer, inició la construccion de la vivienda y al día de hoy tiene el avance que tiene junto a las demás, todo ello siéndo costeado por la constructora (que si es verdad al día de hoy se le debe 2 certificaciones) y sin tener la certeza que tu operación fuera salir.
Pero todo esto ya se ha explicado incluso por aquí, y sigues erre que erre, bien creo que ya huelga hablar de este asunto el cual se resolverá fuera de este foro y donde tenga que resolverse.
Por otro lado se sigue agradeciendo los comentarios instructivos, explicativos y aclaratorios, para todo aquel que desee tener una información real, que no obstante la constructora seguro les informarán si tienen alguna duda, y les atenderán gustosos, siempre será mejor acudir a la fuente en tal caso.
Entre otras cosas, si fuera comprador me quedaría con comentarios como las terminaciones de las viviendas, que hasta ahora han sido positivas, la insonoridad asi como la térmica de las mismas gracias a su CONSTRUCCION INDEPENDIENTE, (que nó se realizan en chalets adosados como en municipios como pueda ser Pozuelo, Majadahonda o Boadilla, y cuyos precios superarían los 800 mil €).
Me quedo con eso!!!!