Buenos días.
Les presento mi caso para que me ayuden y me aclaren en la medida de los posible unas dudas:
Tengo desde el año 2.007 un contrato de compraventa firmado por una vivienda + garaje + trastero.
Según contrato la entraga sería:
Cita:
"La comprendida entre los meses de mayo y julio de 2009 incluido este último en su totalidad. Si llegado el 31/07/2009 no se ha hecho la entrega, el comprador podrá optar por la resolución del presente contrato o por exigir, el cumplimiento de la obligación, concediendo en tal caso a la entidad vendedora una prórroga de tres meses.
En el supuesto de que el comprador, en aplicación de lo previsto en el párrafo anterior, optase por la resolución del contrato, se fija como cláusula penal por incumplimiento, la indemnización al comprador del 10% de las cantidades que este hubiera satisfecho hasta el momento de la resolución y ello, sin perjuicio del reintegro de las cantidades entregadas a cuenta, más los intereses legales.
Se entenderá que el comprador concede la prórroga de tres meses antes citada por el hecho de no ejercitar por escrito y de manera fehaciente su opción de resolver el contrato en el plazo de quince (15) días desde la fecha pactada de entrega, y en el plazo de tres meses ya referido le será entregada al comprador vivienda, garaje y trastero, salvo que medie justa causa y siempre que el comprador haya cumplido las obligaciones que le incumben."
También según contrato tengo esta cláusula:
Cita:
"El comprador notificará por escrito y de manera fehaciente a la entidad vendedora antes del día 28/02/2009 (tres meses antes de la entrega) si se subroga o no en el préstamo hipotecario que tenga concertado por la entidad vendedora. Si el comprador no comunicase su decisión a la entidad vendedora en el plazo indicado, se entenderá que opta por subrogarse en el referido préstamo."
Hasta aquí es más o menos normal. El problema viene a comienzos de noviembre de 2.008 donde se recibe una comunicación de la entidad vendedora que textualmente dice:
Cita:
"Nos dirigimos a usted para comunicarle que han finalizado las obras de la promoción X en la que ha adquirido su vivienda.
Este hecho permite el comienzo de los trámites legales y de obtención y preparación de la documentación que se necesita para proceder a la futura entrega de las viviendas. El que primero ha de realizarse es la división del Préstamo que a día de hoy grava en el Registro de la Propiedad toda la parcela sobre la que se ha construido la promoción. Se deberán dejar hipotecadas las viviendas y garajes de quienes desean subrogarse según contrato, o bien dejar libres de cargas en el Registro las de aquellos que no quieran subrogarse.
Para este trámite serán necesarios dos meses desde que tengamos la contestación de todos y cara unos de ustedes, por lo que les rogamos nos remitan los Anexos I y II que se adjunta, si es de su interés subrogarse en el mencionado préstamo y por qué importe, o si por el contrario no desean subrogarse a la hipoteca, con anterioridad al día 9 de enero de 2009. De esta forma podría estar en orden el Registro de la Propiedad para aproximadamente principios de marzo."
Mis dudas son las siguientes:
1.- Si como dicen en el contrato estos papeles se les deben de facilitar tres meses antes de la entrega de la vivienda, ¿el 9 de abril de 2.009 deben entregarme mi vivienda no?
2.- Al comunicarnos por escrito 2 veces que la promoción está terminada ¿no cabe demora alguna en la entrega de la vivienda no?
3.- Si alguna persona se ha negado a entregar los anexos solicitados por querer atenerse a la fecha de contrato que es el 28/02/2009 la constructora amenaza con no empezar los trátimes necesarios para la entrega de las viviendas, con lo cual amenazan con que podría retrasarse la entrega de los pisos hasta el mes de julio. ¿Que derechos tenemos los que hemos entregado el 3 de enero la carta?
Te lo digo porque es un tema muy serio, pues hay gente que no nos subrogamos a su hipoteca y claro las hipotecas del resto de bancos tienen una validez que en mi caso es hasta finales de Abril. Al pedirle a la constructora que me asegurase que en tres mesees tal como dice el contrato me entregarían el piso se ha negado. Me dice que no me lo decia, que los bancos me mentian y que tuviera cuidado con lo que hacia que a ver si me entregaban la vivienda en julio y perdía mi oferta en el banco escogido. Que lo que tenía que hacer era subrogarme a la hipoteca que ya tenia la promoción que causalmente pertenece a un banco con intereses en la empresa vendedora.
Gracias