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Juanki19
14/08/2006 10:35

Consejo Compra-Venta vivienda

¿Qué es más rentable, vender mi casa antigua a un familiar este año o esperar hasta el próximo año cuando me mude a mi nueva casa?

3.590 lecturas | 7 respuestas
Muy Buenas, necesitaría consejo acerca de la compra-venta de un vivienda: En octubre me entregan una casa nuevo pero no tengo pensado vivir en ella hasta junio del 2007. Mi casa antigua la voy a vender a un familiar.

¿Qué nos sale mas rentable a ambos, venderle la casa antigua este año, aunque mi familiar no se vaya a vivir a ella hasta junio-2007 o bien esperar al año que viene y vendérsela justo cuando me mude a la nueva ?

Ni que decir tiene que la nueva casa es mas cara que la antigua y que tendré que pedir hipoteca para poder pagarla.

Alomejor da lo mismo hacerlo de una forma o de otra, no se... cualquier consejo me vendría muy bien.

Un saludo y gracias por adelantado
 
J
Juanki19
02/09/2006 16:35
Pero... hay algo que todavía no entiendo: Si yo compro este año una nueva casa (y no vendo la actual hasta el verano que viene), cuando el año que viene haga la declaración, tendré que poner que compré una nueva vivienda y sin embargo todavía no he vendido la actual ?

Alomejor lo que debo hacer en la próxima declaración es poner la nueva casa como vivienda habitual, aunque todavía no se verdad ?

Saludos a ambos (soniaFlores y zentral) y muchas gracias !
 
Z
zentral
24/08/2006 14:53
De nada, ya he hecho mi buena obra del día.
 
SoniaFlores
SoniaFlores
24/08/2006 14:15
Ok, gracias por la información.
 
Z
zentral
24/08/2006 14:06
www.aeat.es

REINVERSIÓN DE VIVIENDA HABITUAL

REFERENCIA: 124553-REQUISITOS



PREGUNTA: Un contribuyente vende su vivienda habitual obteniendo una ganancia patrimonial. ¿Cuáles son los requisitos exigidos para poder aplicar la exención por reinversión?



RESPUESTA: Podrán gozar de exención las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto en la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente cuando el importe total obtenido se reinvierta, de una sola vez o sucesivamente en un período no superior a dos años, en la adquisición de una nueva vivienda habitual. Igualmente podrá aplicarse la exención por reinversión cuando las cantidades obtenidas en la venta se destinen a satisfacer el precio de una nueva vivienda habitual adquirida en los dos años anteriores a dicha adquisición.

Cuando para adquirir la vivienda transmitida el contribuyente hubiera utilizado financiación ajena, se considerará, exclusivamente a estos efectos, como importe total obtenido el resultante de minorar el valor de transmisión en el principal del préstamo que se encuentre pendiente de amortizar en el momento de la transmisión.

SI VAS A COMPRAR OTRA VIVIENDA HABITUAL NO DEBES DECLARAR LA VENTA EN EL PERIODO EN QUE LO HAGAS SINO CUANDO REALICES LA OPERACION DE COMPRA CON EL FIN DE ACOGERTE A LA EXENCION POR REINVERSION.


 
SoniaFlores
SoniaFlores
24/08/2006 14:01
¿Estás seguro? Si realizas la venta de un inmueble tienes la obligación de declararlo en la Declaración de la Renta de ese año. En ese momento no tienes manera de justificar que reinviertes los beneficios en vivienda habitual, con lo que deberás pagar.

Otra cosa es que en la declaración del año siguiente, una vez hecha la compra del nuevo, te lo puedas desgravar. Pero dime: ¿a quién interesa pagar a Hacienda para luego tener que esperar a que nos lo devuelvan?
 
Z
zentral
24/08/2006 13:52
Creo que lo que te han dicho antes no es correcto, entre la compra y la venta debe haber un máximo de 2 años de diferencia para que puedas acogerte a la reinversión, no es necesario que sea en el mismo año.
 
SoniaFlores
SoniaFlores
24/08/2006 13:46
De cara a Hacienda es mejor que hagas la venta de tu piso el mismo año que haces la compra de tu nuevo piso, ya que, de vender tu vivienda este año y comprar la otra el siguiente, el año que viene, en la declaración, tendrás que declarar a Hacienda la venta, y tendrás que pagar un 15% del beneficio obtenido por venta de inmueble.

De la otra forma, tendrás que declararlo también, pero el beneficio obtenido lo declararás como "reinversión en vivienda habitual", con lo que no tendrás que pagar este 15%
 

Fin del hilo
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