Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (BOE n. 312 de 29/12/2007)
REAL DECRETO 1763/2007, de 28 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2008
D I S P O N G O :
Artículo 1. Cuantía del salario mínimo interprofesional.
El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 20 euros/día o 600 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
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En el salario mínimo se computan tanto la retribución en dinero como en especie. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.
CON ESTO EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL QUEDA EN 600 LEURITOS, MENOS MAL QUE LO HAN SUBIDO, PORQUE SI NO ME VEO VENDIENDO LA CASA ANTES DE ENTRAR.
Y EL REQUISITO ECÓNOMICO ES:
-no superar en el total de los ingresos de la unidad familiar, 5,5 veces el SMI
ASÍ QUE NO SE PUEDE SUPERAR 3.300 € MENSUALES, SEGÚN EL SMI DE ESTE AÑO QUE ESPERO QUE SEA EL DE ESTE AÑO, PORQUE SI NO, HABRÁ MUCHAS PAREJAS QUE NO LO CUMPLAN Y ESO SUPONE RETRASO DE ENTREGA DE TOOOOODA LA URBANIZACIÓN.
TODO ESTO LO HE BUSCADO EN GOOGLE, SUPONGO QUE SERÁ TODO CORRECTO. UN SALUDO