Hola a todos:
Acabo de recibir un correo de la Administración concursal, supongo que también os lo habrán enviado. Por si alguno os interesa lo incorporo:
Muy Sres nuestros:
"Le enviamos la respuesta generica que hemos enviado al resto de propietarios.
Tendrá que enviarlo por correo certificado a la dirección que le comunicamos posteriormente.
Habida cuenta de que recibimos numerosos emails en los que se nos solicita información al respecto de la carta que les hemos enviado les indicamos de forma generalizada la situación en la que se encuentra la mercantil COSMANI S.L. y los pasos a seguir por aquellos clientes de ésta , que hayan entregado cantidades para compra de algún inmueble.
El Auto de declaración del Concurso es de fecha 4-abril de 2008 (adjuntamos, a la presente el auto). En el referido auto se expone el nombramiento como Administradores Concursales de Dña. Cristina Jiménez Savurido y D. Juan Carlos Carazo Fernández.
El fin último de la solicitud de información que se deduce de la carta es recopilar información sobre las cuantías entregadas a cuenta, por Vds., por la compra de viviendas, a la fecha de declaración del Concurso, puesto que en tanto no les sean entregadas las viviendas, serán considerados acreedores de la sociedad por las cantidades entregadas a cuenta. Una vez que conozcamos y hayamos contrastado la información que Vds. nos remitirán con la que consta en la propia sociedad, procederemos a elaborar una lista de acreedores, conforme a lo que dispone la Ley Concursal y que deberá acompañar al Informe que la Administración Concursal debe presentar ante el Juzgado de lo Mercantil numero 7, en donde se tramita el expediente.
Les informamos que la Sociedad COSMANI SL continua desarrollando su actividad si bien bajo el control de la Administración Concursal, y que, previsiblemente, los plazos de entregas de las viviendas serán respetados.
El plazo que Vds. Tienen para comunicar sus créditos es de un mes a contar desde la publicación del edicto del Concurso. Dicha publicación tendrá lugar, previsiblemente, la semana que viene, p`robablemente el lunes, en el BOE, por lo que Vds. disponen de un mes a contar desde dicho plazo.
La documentación que deberán aportar será:
ü Fotocopia del contrato inicial suscrito con COSMANI SL. ( 1 ejemplar) ( disponemos de un original en la sede social por lo que no hace falta que nos envien copia autentica)
ü Copias auténticas de los recibos de las cantidades entregadas a cuenta (1 ejemplar por recibo)
Para autentificar un documento se precisa acudir a una notaria para que compulsen las fotocopias con los originales. Los documentos originales quedarán así en su poder, aportando escrito, junto con los documentos que se acompañen, al DECANATO, REGISTRO GENERAL DE ESCRITOS CIVILES (JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE LOS DE MADRID , Autos 171/08), sito en la calle Capitán Haya, nº 66 de Madrid (28071 Madrid).
Para aquellos que hayan formalizado escritura de compra de las viviendas, deberán comunicar dicha circunstancia en el escrito a dirigir al Juzgado, aportando exclusivamente copia de la escritura de compra-venta.
En el caso de que las entregas a cuenta para la compra de las viviendas se hayan realizado a nombre de 2 o más titulares, deberán manifestar en la carta a presentar al Juzgado, dicha circunstancia, aportando el contrato privado y los recibos de pagos a cuenta que hayan efectuado. (Debiendo ser en este caso, al igual que en los anteriores, ser copias autenticas)
Para cualquier otra aclaración que precisen pueden ustedes dirigirse a esta dirección de correo electrónico
Atentamente,
ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE COSMANI S.L.