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T
tarasca
18/11/2009 20:52

BANIF - Alquiler - Tasa Basura

¿Te puede subir el monto que pagas por la basura, es legal?

65.293 lecturas | 201 respuestas
Hola
Estamos alquilados en un piso de BANIF (junto al Kobe) y los administradores nos han mandado una "amable carta" para cobrarnos la nueva tasa de basura.
Quisiera saber si alguien ha presentado alguna reclamación o ha hecho alguna gestión en este aspecto para ver la legalidad del mismo, dado que el contrato no lo establece "perse".

Gracias de antemano

Un saludo
 
T
triacas
20/05/2013 08:37

Giesla, Imagina que en vez que un piso es un coche. Yo paso la ITV del coche el 1.01.2013 y te vendo el coche el 7.01.2013. Tú, ese mismo coche lo vuelves a vender o dar de baja o.... antes del 31.12.2013.

¿Quién ha pagado la ITV? Tú no, porque has tenido suerte y has disfrutado del bien durante el periodo de devengo de derechos pero no de abono de tasa.

Hay inspecciones técnicas de 2 meses (avión) 6 meses (taxis), de 1 año (coches) de 2 (coches), de cinco (gas), etc, etc.

En resumen, debes pagarlo si quieres disfrutar del gas. Si no, te lo cortarán.

 
G
Giesla
17/05/2013 14:15

Buenos días,

Mi problema no es exactamente con la tasa de basuras pero no he encontrado un foro mejor donde poner mi pregunta y he pensado que quizás aquí podáis ayudarme.

Yo también estoy de alquiler en un piso del Banif pero mi problema es en relación a la inspección de gas periódica (cada 5 años). Llevo de alquiler año y medio y seguramente no vuelva a renovar  por lo que al final estaría dos años como arrendataria.

Nos ha llegado una carta para avisarnos de que en unos dias se va a proceder a la inspección periódica del gas (Madrileña Red de Gas). Desde Banif me dicen que es el titular del contrato de gas el que tiene que hacerse cargo del importe de la inspección, pero mi pregunta es ¿por qué voy a pagar yo los cinco años de mantenimiento cuando solo llevo uno y seguramente termine el contrato de alquiler a los dos años? ¿y si un inquilino vive entre los años intermedios a dos revisiones? ¿entonces no paga? no se, espero que alguien me pueda aclarar este asunto porque no me parece justo y no confio nada en la persona de Banif que me ha informado. 

Muchas gracias de antemano.

 
N
nenufaryloto
15/03/2012 11:59

Buenas a todos,
Quiero compartir mi caso con todos vosotros, asi sabreis lo que os espera y a los que no tengan un piso alquilado por Banif y lo esten pensando que les ayude a tomar la decision de que no lo hagan.
Mi contrato acaba de finalizar y no he renovado. Que pasa con las tasas de basura no abonadas? Que te las descuentan de la fianza y hasta que les firmes la conformidad... tienen tu aval de rehen.
Ah! no solo eso, tambien te cobraran la parte proporcional al año que esta en curso...
Tambien les llevo pidiendo año tras año que me manden el recibo original de la tasa y que no lo cargen junto con el de la renta ¡es ilegal! por no contar que en mi contrato de arrendamiento no estoy obligado a pagar dicha tasa, ya que primero cuando yo firme el contrato esta no existia y segundo lo he consultado con dos abogados (Creo que en los actuales contratos que estan redactando ya aparece claramente)
Si alguien que tenga un contrato donde quede claro el pago de la tasa al inquilino le agradeceria que se ofreciese a enviarmelo (por supuesto sin sus datos personales), para poder ir mas al fondo con este tema contra ellos.
Tambien tened en cuenta el control exhaustivo que le hacen a la vivienda el dia de la entrega de llaves... no dejeis de informar del mas minimo rasguño que le encontreis a la casa cuando entreis a vivir ¡hasta ese que parece que no tiene importancia! que luego lo miran con lupa y os mandan un presupuesto con todos los desperfectos y el coste que tiene arreglarlos y a unos precios desorbitados... luego hay una parte que dice lo que es imputable al inquilino y lo que no. Esto creo que lo hacen, para que si el total del presupuesto es 1.000€ y tienes que pagar 200€ todavia te calles no sea que te toque pagar los 1.000€.
Conclusion... que si teneis un contrato antiguo donde no os corresponde el pago de dicha tasa y no las habeis abonado... entre que te las descuentan y luego te descuentan los arreglos de la casa, olvidaros de la fianza.
Y si estais abonando las tasas, olvidaros de la mitad de la fianza que va para los arreglos de la casa.
Por si alguien esta pensando... yo mi casa esta perfecta, es que segura que esta persona la entrego con cosas rotas... NO OS ENGAÑEIS, ESTABA PERFECTA, los unicos desperfectos que habia eran todos los que logicamente se causan por el paso de los años, sobre toda cuando las materias primas son malas, y esto nunca debe de pagarlo el inquilino.
Un saludo para todos y suerte para cuando llegue el gran dia...
 

 
D
Diznok
09/01/2012 07:30

papr dijo:

Poneros en el papel del arrendador que se encuentra de la noche a la mañana con una tasa con la que no contaba. ¿Por qué tiene que pagarla él y no el arrendatario? y máxime cuando es por un uso del que se está beneficiando el arrendatario. No todos los caseros son bancos.

Yo si fuera inquilino y firmo un contrato trataría de que lo pagara el casero y si fuera el casero lo repercutiría en el inquilino.

¿Quién tiene razón?

 

 

A ver, los impuestos se los ponen a alguien en concreto, alguien dice la ley que es el sujeto pasivo, Si el contrato establece otra cosa, se está a lo que diga el contrato (siempre que no contradiga a la ley).

La tasa de basuras creo (como el IBI) es un impuesto cuyo sujeto pasivo es el propietario. Y por tanto es él el que lo tiene que pagar, salvo que acuerden que lo pague el inquilino como parte de la contraprestación por el uso del bien.

Lo mismo que los tabajadores no pagan el Inpuesto de Sociedades, por ejemplo.

 
tabla2
tabla2
03/01/2012 20:42

Buenas tardes, quisiera saber opiniones de vuestra comunidad, si es posible. Entre otros temas me gustaría me dijeséis si tenéis piscina cubierta, padel y gimnasio.

Por otro lado , hasta qué hora tenéis sol en la piscina en verano?

Si consideráis alguna cosa más reseñable, os lo agradecería de corazòn.

Muchas gracias!

 
T
TABLERANA
14/11/2011 08:41

Me parece muy fuerte el que te descuenten algo que no tienes que pagar y que encima tengas que renunciar a reclamaciones. ¡Por favor, mantennos informados! Yo, desde luego, cuando me vaya también pienso ir a por todas. Una cosa es que sea un negocio y otra muy distinta el que sean unos estafadores.

Hago desde aquí un llamamiento para saber si ha habido más casos de estos y saber como se han resuelto.

 
infiltrao
infiltrao
13/11/2011 22:32

hay un contrato en el que (Si no me equivoco) se establece un precio al mes por el alojamiento y uso de la casa.

si al dueño del piso le suben alguna tarifa asociada a él como titular, se debe hacer cargo el titular, es lo lógico y normal no?

ejemplos (creo) bastantes graficos:

si yo alquilo un coche y mientras le tengo le suben el seguro al dueño, no aceptaria que me subiesen el precio a medio uso porque "el que lo disfrutas eres tu".

Si compro un billete de avión y tras comprarlo sube el precio del carburante no acepto que al subir al avión me cobren un plus extra pasa compensar esa subida.

 

para el proximo contrato que hagan, que suban el precio incluyendo ese nuevo impuesto y listo. pero no se puede subir el precio al inquilino según varien las tarifas que genera la casa de un dia para otro.

vamos, es lo que pienso yo.


Editado por infiltrao 13/11/2011 22:35
 
Z
zucker
11/11/2011 16:58

Hola a todos!!
Como a vosotros a nosotros nos ha hecho lo mismo. Nos han repercutido la tasa de basuras en la fianza.


Quería comentaros las tácticas mafiosas de TESTA. El otro día fuí a recoger mi aval, la ley dice que lo pueden recoger pasados 30 días, y me encuentro que no me lo devuelven hasta que no firme un papel donde renuncio a mi derecho a reclamar.


Lamentablemente me han echado, esto es literal, y he tenido que llamar a la policía porque no me devolvían el aval.


Yo voy a ir a por todas, porque ya no es una cuestión de dinero,,,,


SI ALGUIEN VA ALQUILAR UN PISO CON ELLOS QUE SE LO PIENSE ….
 

 
M
miron
15/02/2011 11:02

Hola.

Lo siento pero hay poca información concreta y contrastada.

Al final lo que sabemos, por lo aquí comentado, es que te quitan la tasa de la fianza bajo amenaza de ejecutar el aval.

A mí Auxiliadora me comentó que habian ganado todos los "juicios", cosa que veo imposible por el poco tiempo que ha pasado.

Si te pones a pensar ni siquiera lo comunicaron por carta certificada, como hacen para los aumentos del alquiler, sino por correo ordinario.

Un saludo

 
P
popex
14/02/2011 01:55

Hola

El año pasado devolví el recibo, que incluía la tasa de basuras, le envié un e-mail a Auxiliadora explicandole los motivos y les hice una transferencia por importe habitual.

No he vuelto a tener noticias suyas. He tenido alguna avería en casa y  han venido a solucionarlo,por lo tanto, no estoy en ninguna lista negra, sin ningún problema (como es su obligación).

Este año, con el nacimiento de mi hija, no he podido devolverlo, se había cumplido el plazo para poder devolverlo.

Lo que me gustaría saber es ¿cómo está la situación? es decir, sin acaloramientos, sin discusiones inutiles entre profanos de las leyes, como la mayoría de nosotros, ¿hay alguna sentencia favorable? todos nos hemos leido la ordenanza y la ley de arrendamientos urbanos, y estamos convencidos de no tener que pagarla, pero ¿estamos en lo cierto?

Me gustaría recibir alguna noticia favorable, que respalde mi convencimiento de no tener que pagar y así reclamar su devolución con cierta esperanza de exito y no como pura pataleta.

Un saludo 

 

 
S
simtope97
27/11/2010 13:44

Hola,

Este es mi segundo año con este tema. El año pasado devolvi el recibo porque la cantidad pactada por contrato no coincidia. Este año pienso hacer lo mismo. Lo que dije en su dia, y seguire dicendo ... es que me envien el recibo original de la tasa. Yo no pago sin ver el recibo.

De momento, nadie me ha dicho nada pero supongo que cuando me vaya me lo quitarán del aval.
 Espero que ese dia me enseñen los justificantes.

Vaya panda de chorizos ... no me extraña que lo bancos se forren cuando los demas estamos jodidos

 
P
ppc1950
19/11/2010 14:42

Papadopulus dijo:

Estimados, en primer lugar el que la ley indique que "pueda" repercutirlo solo implica que es, siempre que se cumplan ciertos requisitos y como se ha dicho anteriormente para que esta tasa "pueda" ser repercutida, el contrato deberá tenerlo explicitamente indicado.

No me voy a molestar más en informarme e informaros para que ahora me venga Papadopulus con éstas. ¿Cómo se puede tener explícitamente indicado en en el contrato la repercusión de una tasa que no existía cuando se celebró el mismo?. Además, ¿sería lícito decir en él que cualquier nueva tasa o impuesto serán de cuenta del arrendatario o le podrán ser repercutidos por el arrendador?. ¿Estaría prestando el inquilino su consciente consentimiento a algo tan incierto?¿No seía más justo y equilibrado atenerse a lo que digan las leyes o normas que impongan esos nuevos impuestos o tasas?. ¿Por qué en la tasa de basuras, a diferencia de en el IBI, hay dos sujetos pasivos?. Seamos un poco serios y documéntemonos e informémonos bien antes de dar consejos a los demás como si fueran dogmas de fe, cuando el tema es tan discutible?. 

 
P
Papadopulus
18/11/2010 19:42

Estimados, en primer lugar el que la ley indique que "pueda" repercutirlo solo implica que es, siempre que se cumplan ciertos requisitos y como se ha dicho anteriormente para que esta tasa "pueda" ser repercutida, el contrato deberá tenerlo explicitamente indicado.

 
P
ppc1950
18/11/2010 13:35

Haced lo que queráis, pero el borrador de burofax concluye con dos argumentos que hoy no tienen ningún peso para oponerse al pago de la tasa.

Os los he señalado en otro correo anterior:

- la ley (ni la fiscal de la Ordenanza ni la LAU) no condiciona la posibilidad de repercusión a que esté expresamente pactada en el contrato; la repercusión de la tasa es un gasto claramente susceptible de individualización que no se encuadra entre los gastos de comunidad del artículo 20 de la LAU.

-la ley (en este caso de Arrendamientos Urbanos) tampoco obliga al arrendador a emitir un recibo de la tasa separado del recibo de alquiler; lo que dice el artículo 17 (leedlo, por favor) es que el recibo (UNO SOLO, por tanto) deberá contener separadamente las cantidades abonadas por los distintos conceptos de los que se componga la totalidad del pago y específicamente, la renta en vigor.

En este tema cada vez hay más "listillos" dando consejos, pero luego cada uno actúa en función de sus particulares intereses. 
 

 
M
miron
18/11/2010 10:10

rangerLigonde dijo:

Hola 

El pasado anio tuvimos el mismo problema al respecto de la tasa de basuras. Lo que hicimos fue esperar a que nos cargasen el importe en el banco para posteriormente devolver el recibo. 

En el contrato que firme en el 2009 no pone nada relativo al pago de la tasa de basuras por parte del arrendatario. Y por lo que dice la ley, eso va a cargo del arrendador.

El burofax que enviamos y que redacto un vecino de la comunidad fue el que aparece en el link (lo siento pero no lo tengo en un documento)

Hoja 1

https://docs.google.com/drawings/pub?id=1UDPRFK2htJRqGh41awC47V_Lvbccbco17MiVTA-2WKA&w=960&h=720

 

Hoja 2

https://docs.google.com/drawings/pub?id=1B7GyidkHL9MXDA0-o8rrNfvLZo99kTRqeNeuQRRWifs&w=960&h=720


Editado por rangerLigonde 18/11/2010 0:09

 

Muchas gracias

 
P
ppc1950
16/11/2010 12:40

Más información/desinformación aquí:

http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/podra-repercutirse-arrendatario-nueva-tasa-basuras-madrid-contrato-figura-importe_12542.html

Os copio lo que allí dice un abogado:

"La ley no omite la responsabilidad fiscal del ocupante del inmueble como beneficiario del servicio de basuras y, en todo caso, faculta al propietario a repercutir sobre aquél el importe de la tasa. A estos efectos, es irrelevante que en los contratos de arrendamiento no se prevea esta repercusión. Porque, a diferencia del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el pago de la tasa es una obligación pública que en último extremo corresponde al inquilino como beneficiario del servicio local. Por ello (y salvo renuncia expresa del propietario al reembolso de la tasa), la relación privada que mantienen las partes contractuales no puede interferir en el cumplimiento de una obligación tributaria que corresponde forzosa y exclusivamente (aunque en segunda instancia y a voluntad última del dueño) al ocupante del inmueble.

 
M
miron
12/11/2010 14:48

ptriacastela4 dijo:

 

miron dijo:

 

Hola. La ley dice que el arrendador puede repercutirlo en el inquilino, pero este solo está obligado a pagar si asi lo pone en su contrato.

 

 

Sí, pero como bien ha puesto miron en su cita anterior: "los impuestos se pagan "conforme a la ley", la ley dice que hay que pagar y que el dueño puede repercutir despues la tasa en el arrendatario", en mi opinión, ese conforme a la ley es en lo q se basan para incluir las tasas.

 

Vamos a ver, se puede exigir el pago al inquilino SI ESTÁ ESCRITO EN EL CONTRATO. En el mio indica de "acuerdo a la ley", el que paga en principio es el dueño, que me lo podría repercutir a mí si en mi contrato indicara que soy yo pago los impuestos, que no es asi, pone que los paga uno u otro "de acuerdo a la ley".

 
D
Diznok
12/11/2010 14:21

 

morgan38 dijo:

 

 

mirados dijo:

 

Hola,

Soy inquilina de uno de los pisos de los edificios de Banif, al final en qué quedó este tema?, en mi contrato sí que aparece, pero por saber es legl lo que han hecho?

 

 

Si firmaste en el contrato que te haces cargo de la tasa, tienen todo el derecho a cobrártela, pero sólo en este caso. De todos modos, tienen que cumplir algunos requerimientos adicionales (emitir un recibo separado del recibo de alquiler, por ejemplo). Estas exigencias las podéis encontarar en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

 

 

 

Estoy de acuerdo con lo marcado en negrita pero con una enorme salvedad. Eso es así, siempre que un juez no declare dicha cláusula abusiva. Esto a veces se declara así cuando son cláusulas que perjudican gravemente e injustamente (en opinión del Juez) a la parte débil y que esa parte no puede negociar por estar incluídas en un contrato tipo formulario (lo tomas o lo dejas).


Editado por Diznok 12/11/2010 14:22
 
P
ppc1950
12/11/2010 13:48

Poniendo un poco de paz. O haciendo de árbitro:

Creo que tiene razón ptriacastela4, pero no entiendo el interés que puede tener en defender la postura del arrendador. Lo que los inquilinos de este foro necesitan son argumentos, si es que existen, para defender la postura de no pagar la repercusión de la tasa. 

Lo que no conviene, sin embargo, es dar informaciones erróneas o sesgadas que puedan inducir a confusión o a decisiones particulares no queridas realmente.

Y así, puntualizando a morgan38:

- la ley (ninguna) no condiciona la posibilidad de repercusión a que esté expresamente pactada en el contrato;

-la ley (en este caso de Arrendamientos Urbanos) no obliga al arrendador a emitir un recibo de la tasa separado del recibo de alquiler; lo que dice el artículo 17 es que el recibo (UNO SOLO) deberá contener separadamente las cantidades abonadas por los distintos conceptos de los que se componga la totalidad del pago y específicamente, la renta en vigor.

Bueno y a esperar, que ya tenemos encima la repercusión de la tasa del año 2010.

Saludos.

 
M
miron
12/11/2010 12:12

Hola. La ley dice que el arrendador puede repercutirlo en el inquilino, pero este solo está obligado a pagar si asi lo pone en su contrato.

 
M
miron
11/11/2010 17:43

Hola. Según parece el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos expresa que en el contrato han de constar por escrito los importes anuales de los gastos no susceptibles de individualización a cargar al arrendatario.

Siempre, claro, que en el contrato no ponga que los impuestos y tasas son a cargo del arrendatario.

En mi caso indica que los impuestos se pagan  "conforme a la ley", la ley dice que hay que pagar y que el dueño puede repercutir despues la tasa en el arrendatario, pero como en mi contrato no especifica el importe entiendo que no he de pagarlo yo.

 
M
mirados
11/11/2010 15:29

Hola,

Soy inquilina de uno de los pisos de los edificios de Banif, al final en qué quedó este tema?, en mi contrato sí que aparece, pero por saber es legl lo que han hecho?

 
M
miron
10/11/2010 11:42

Buenos días.

Siento revivir este tema.

Me dice Auxiliadora que BANIF ha ganado en las demandas que le han interpuesto a BANIF o que BANIF ha interpuesto para que sus inquilinos paguen la tasa de basuras.

¿Alguien sabe si es cierto?

 
E
erika33
08/04/2010 15:11
Hola, la verdad que si tenía esto un poco olvidado.......
Decirte que, ni he pagado la tasa, ni pienso hacerlo de momento. No me han puesto ningún problema en la renovación, supongo que es renovación tácita, acabo de cumplir el primer año de contrato y todavía no hay que firmar un contrato nuevo.
Respecto al arreglo de desperfectos, tengo que llamar, tengo una humedad en el baño, y ya veremos si me la arreglan o no, con un poco de suerte se me cae el techo encima y así mato dos pájaros de un tiro...
Ya te contaré que me cuentan esta panda de sinvergüenzas!!!!!
 
P
ppc1950
06/04/2010 11:27
Ya nadie escribe de este tema. Parece que todos han solucionado sus problemas. Pero tampoco nos dicen si han pagado ya la tasa o si es que se han olvidado de ella.  
Por las noticias que yo tengo el que no se ha olvidado es el propietario. De buena fuente me he enterado:  que sólo se han opuesto al pago de la repercusión de la tasa un 5 % de los inquilinos; que algunos de estos últimos han reconsiderado su postura  inicial y han pagado tras las carlas explicativas que han recibido y las gestiones que han hecho en organismos oficiales y de consumidores, con abogados y con amigos; que el propietario -sea BANIF o B.SABADELL- no va a iniciar ahora ningún procedimiento, porque no le trae cuenta hacerlo al ser los gastos de abogado y procurador mayores que los importes a cobrar; que al finalizar los contratos se cobra la tasa no abonada "sí o sí", descontándola de la fianza o/y de la garantía adicional; que no se renueva ni un solo contrato cuyo inquilino no haya abonado la tasa; e igual negativa recibe éste ante cualquier petición de reparaciones, cambio o alquiler de plaza de garaje, etc., por muy razonable que sea (aplican la misma medicina: que el inquilino la reclame judicialmente y se gaste los cuartos en esos profesionales). En fin, que no sé si han merecido la pena todos nuestros esfuerzos y si no será mejor claudicar y abonar cuanto antes la tasa, para que no te tengan señalado y tomen luego represalias.
 
L
Ligondeverdad
18/02/2010 11:57
A ppc1950,

Muchas gracias ppc1950. Pero ya fuí a la oficina de consumo y allí me dijeron que ellos no podían hacer nada, pues el tema de la repercusión de la tasa a los inquilinos no estaba muy claro; que ellos incluso pensaban que era lo correcto, pues el propio Ayuntamiento así se lo había comunicado en una consulta que le habían hecho; y que prueba de lo anterior era que los inquilinos podían solicitar en el Ayuntamiento la exención, si reunían los requisitos para ello, y que cuando se la concedieran podían ir al arrendador a que les devolviera la tasa repercutida. Lo que ocurre es que yo no reúno esos requisitos. La otra opción que me dieron es la de acudir a los Juzgados de Plaza Castilla y presentar un escrito para un procedimiento llamado “monitorio” o algo parecido, que no necesita de abogado ni procurador. Pero tampoco te garantizas así nada, pues si el propietario se opone al procedimiento hay que acudir ya a un juicio normal y con esos profesionales, pues aunque por la cantidad no sería necesario el primero, a ver quién es el guapo que es capaz de articular una demanda de ese tipo. En fin, que aunque no me resigno, tampoco encuentro por dónde puedo meterles mano.
 
P
ppc1950
18/02/2010 11:22
@CuentaAlquiler:
La noticia del TSJM es mala, como dice Ligondo, la miremos por donde la miremos.
Pero lo que no deberíamos de hacer es dar consejos que no tengan ningún fundamento o informaciones erróneas.
Lo digo sobre todo por esto:
1.- la tasa y el IBI no tienen casi nada que ver, salvo que con ambos el Ayuntamiento recibe ingresos de los contribuyentes. Y que lo determinante sea la mera disponibilidad del servicio es predicable tanto para propietarios como para inquilinos; no es argumento sólo a favor nuestro.
2.- la fianza, como ya decía el Decreto de 11 marzo de 1949 (regulador del papel de fianzas. Texto refundido) , "responde tanto del cuidado y conservación de la cosa arrendada como del pago del precio del arrendamiento".
3- el aval, como le ha pasado a Ligondeverdad, sólo lo ejecutan al final del contrato de arrendamiento. Y eso es lo que le habrán dicho a Feriros, que tarde o temprano le iban a cobrar la tasa de la fianza o del aval.
4.-¿cómo sabes tú que la fianza no la depositan en la Comunidad de Madrid?. Si estás seguro, ¿por qué no lo has denunciado, si ello no tiene coste?. A mí me dieron el número de su Concierto con el IVIMA para que yo pudiera solicitar la subvención de 250 €. Y tampoco tiene nada que ver el que la hubieran o no depositado con el hecho de que a los inqulilinos no se la devuelvan y se cobren de ella la tasa. El depósito en la Comunidad sólo lo pueden retirar ellos y el IVIMA no pregunta nada, le basta con la declaración de que el contrato ha quedado resuelto. 
Mi recomendación a Ligondeverdad es que vaya a la OCU o similar, como tú dices, y que se informe. También podría denunciar directamente en las Oficinas de Consumo, que tampoco tienen coste.
 
C
Caranoe
18/02/2010 10:04
en q momento me meti yo en esta promocion .. quiero dejar el piso y no hay manera de q me den todo mi dinero sin querer quedarse con algo !!!!!!!!!!!!!!! y pague religiosamente la tasa de basuras para no tener estos problemas..............
 
C
CuentaAlquiler
18/02/2010 08:59

Bueno, pues entonces, si se cobra se produzca o no basura, con más razón la tasa de basuras es identificable al IBI y no como un servicio "susceptible de individualización" ya que "El Tribunal avala el argumento municipal de que lo determinante de su hecho imponible es la mera disponibilidad del servicio, con independencia de que los contribuyentes hagan uso de la recogida de residuos o no".
Por otra parte la tasa de basuras NO te la pueden quitar de la fianza que se deposita para posibles desperfectos en el piso, no para tasas de basuras. Si tuvieran razón lo que habrían hecho es ejecutar el aval (que sí está para impagos del alquiler o cualquier otra tasa etc pactada en el contrato).  Ligondeverdad, si quieres pleitear pregunta  en la OCU  o algo por el estilo, porque la ley está de tu lado (que no se si sirve de algo la verdad)
Lo de siempre, como suponen que no vas a pleitear por poco dinero, pues te lo quitan de la fianza y en paz. (otra cosa es cuando en 5 años te quiten 1.200 euros de la fianza por la tasa de basuras. Entonces ya no son 4 duros)

Otro problema que tenemos en estos pisos es que la fianza no la han depositado en la comunidad de Madrid como es su obligación, por lo que se podría denunciar este hecho. De esta manera no podrían haber quitado la tasa de basuras de la fianza con tanta ligereza.

A Feriros le amenazaron con ejecutar el aval porque devolvió Diciembre con la tasa pero no ingresó el importe de Diciembre correcto. Éso no se debe hacer nunca.

 
P
ppc1950
16/02/2010 11:36
Hoy viene en los periódicos que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid avala el cobro del "basurazo" aunque no se generen residuos. El cobro en función del valor catastral "se ajusta a derecho" y los propietarios de pisos vacíos también deben pagar la tasa aunque no generen residuos. El Tribunal avala el argumento municipal de que lo determinante de su hecho imponible es la mera disponibilidad del servicio, con independencia de que los contribuyentes hagan uso de la recogida de residuos o no. Esta decisión judicial supone un jarro de agua fría para las asociaciones vecinales contrarias al "basurazo". Sin embargo, "seguimos pensando que es injusto", explica Francisco Caño, portavoz de Medio Ambiente de la Federación de Vecinos (Fravm). "El cobro a pisos vacíos era uno de nuestros argumentos, pero no el único. Y si el TSJM lo desestima, iremos a otra instancia superior", dice Caño. Habrá, pues, que seguir esperando y, en nuestro caso, sobre todo a ver qué pasa con las repercusiones de la tasa a los inquilinos. 
Editado por ppc1950 16/02/2010 12:36
 
P
ppc1950
10/02/2010 20:12
ptriacastela4 dijo:

Lamentablemente, esas miserias por parte del Banif me las esperaba. Es un banco, que´se puede esperar. Se las saben todas. Así va el país. !!!
Tb me comentó nuestra queridísima auxi q una plaza de alquiler de coche (no la q viene con el piso y el trastero) TB TIENE TASA !!!!! ES ESO CIERTO??? XQ SOY CAPAZ DE VACIAR LOS CENICEROS Y TIRAR EL ACEITE DEL COCHE EN MI PLAZA. PARA ESO PAGO ESA BASURA.

SON UNOS MISERABLES !!!


@ptriacastela4:
Sí, es increíble, pero eso, como dice "hereje", díselo a GALLARDÓN . que es el que ha puesto esta tasa también a las plazas de garaje y a los trasteros. Ya me dirás qué basura generan unas y otros. De ahí que se haya recurrido por muchos propietarios y asociaciones de consumidores. Lo raro es que éstas no hayan apoyado igualmente a los inquilinos.
 
F
feriros
08/02/2010 17:35
Hola a Todos,

Soy un antiguo inquilino de los pisos de Banif en San Juan de Ortega. Acabamos de dejar el piso el 31 de Enero.
Como a todos vosotros, tambien nos pasaron la tasa en el mes de Diciembre y tambien nosotros devolvimos el recibo entero, lo que no hicimos fue ingresar el importe del alquiler ni intentar pagarlo de ningun modo.

Devolvimos las llaves la semana pasada, y hoy me ha llamado Auxiliadora, a la que todos conoceis ya. Básicamente me ha dicho, que si no pagamos la tasa, además del mes de Diciembre, ejecutarán el Aval que todavía está en su poder. Y sólo una vez liquidado todo, incluida la tasa, nos devuelven el aval.
Así que no nos queda más remedio que claudicar y pagar. Mientras Banif tenga el aval, yo tengo que pagar al banco mensualmente, y como ellos pueden alargarlo indefinidamente, pues ganan.

Os cuento esto por si os puede servir para el futuro.Suerte a todos en la lucha y un abrazo de un ex-vecino.
 
E
erika33
08/02/2010 14:18

!!!!!!!
Que rabia!!!! Pues yo de momento no tengo intención de irme de esta casa, espero que de aquí a que me vaya el tema esté un poco más regulado, porque me niego a que todos los años me descuento ciento y pico de euros de mi fianza!!!!
Yo si tengo que denunciar, denunciaré, pero ahora mismo no tengo ningún argumento... es decir, aún no se han quedado con un sólo euro mío, y como no han comunicado nada por escrito de lo que piensan hacer...
Alguien tiene alguna idea de qué podemos hacer??

 
P
pinan
03/02/2010 19:59
Ya han descubierto sus cartas. Eso es lo que nos espera: que nos lo descuenten del mes de fianza y como tienen el tema del aval, no nos vamos a poner a luchar.
¡Qué sinvergüenzas!.

Lo único que se me ocurre es -si supiéramos que tenemos la ley en la mano - unirnos y denunciarles.

Pero me reconozco ignorante de estas cosas...
 
L
Ligondeverdad
01/02/2010 17:09
Hola a todos, acabo de firmar la resolución de mi contrato, era inquilino de Banif en San juan de Ortega, me han metido en la liquidación de fianza la tasa de basuras, estoy rabioso, he estado apunto de no firmar y no entregar las llaves, pero si lo hacía me decían que me ejecutaban el aval, y me hacen polvo como me ejecuten el aval, que puedo hacer como puedo reclamar para que me devuelvan la fianza entera y no me cobren la tasa de basuras, a donde puedo acudir,...si alguien me puede echar una mano..
 
P
pinan
13/01/2010 22:27
Yo intenté llamar en su día a Auxi (BANIF) y no lo conseguí, bien es cierto que estaba parece ser de vacaciones.

¿Alguien ha intentado hablar con ella en estos días para aclarar?. ¿Sabéis algo? 

 Quizá podríamos llamarla
 
P
ppc1950
13/01/2010 19:58

@ erika33: Supongo que no te van a decir nada. El recibo de diciembre ha quedado pagado (e impagado) parcialmente -por razón de la repercusión de la tasa no abonada-, mientras que el de enero ha salido por el importe sólo de la renta y quedará completamente pagado. Pero eso no significa que renuncien a cobrar aquella repercusión..
Mi opinión, como os adelanté, es que el importe de la tasa tratarán de cobrarlo en la liquidación final, descontándolo de la fianza y la garantía adicional (sea ésta aval, prenda de valores o dinero). A lo que ha señalado alguno de no abonar los últimos recibos le veo el inconveniente de que no lo van a permitir, pues al segundo impagado iniciarán el procedimiento de desahucio, con los costes e inconvenientes que eso conlleva. Y haciendo destrozos en el piso, como dicen otros, tampoco se gananada, salvo el ejercer el derecho alpataleo y que no nos tomen el pelo, pero se quedarán con nuestro dinero. Lo peor, para los que les resten aún varios años de contrato, es que esto no ha hecho más que empezar y que el próximo año y los siguientes tendremos el mismo problema, aunque quizás para entonces estén las cosas algo más claras.
 
E
erika33
08/01/2010 13:14
Yo igual que vosotros, ya me han cargado el recibo por el importe correcto.
Lo que me parece muy raro, es que no he recibido noticias por la devolución del recibo anterior, y de momento tampoco parece que hayan rechazado el giro. No se que tipo de comucación tienen Testa y Sabadell, el giro lo envié al Sabadell, y la devolución supongo que les habrá llegado a ambos, no?
 
hereje
hereje
05/01/2010 13:13
Y no os olvidéis de darle las gracias a Gallardón que se ha gastado 440 millones de euros (74.000.000.000 millones de pesetas si si setenta y cuatro mil millones de pesetas) tan solo en cambiar el Ayuntamiento desde la Calle Mayor al Palacio de Correos de Cibeles).

Y, claro, eso hay que pagarlo. Perdón quería decir que, claro, eso tenemos que pagarlo.
 

Fin del hilo
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