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S
SJOrtega
27/11/2009 22:52
Además de quedar para conoceros los de Ligonde y tratar los problemas de vuestra comunidad, podríamos empezar a organizarnos los vecinos de todas las comunidades desde ya para contar con toda la información posible sobre censo de afectados, tipos de contratos etc y tener margen suficiente para que la gente se vaya uniendo a la iniciativa con tiempo y esto vaya cobrando fuerza en lugar de deshincharse.

Si os parece, he creado un buzón de correo, tasabasurabanif@gmail.com , podéis enviar un correo con nombre y dirección de la vivienda, y si puede ser una transcripcion de la clausula relativa a gastos/impuestos y la de servicios/suministros. No es para sustituir a este hilo, sino para empezar a recopilar información de cada uno sin exponerla públicamente en el foro, y de aquí a un plazo proponemos una fecha para quedar los que se hayan apuntado y ver en que situación se está, que respuesta ha obtenido cada uno de Testa/Banif, y cómo plantear el asunto si siguen reclamando la tasa en los siguientes recibos.

Un saludo.

 
J
JAVR_JOSITO
27/11/2009 14:43
A mí me parece muy bien, proponer un día y hora y quedamos, OK?

 
T
tarasca
27/11/2009 13:52
me parece bien quedar, aunque mejor en semana con buen tiempo, que si no, los enanos no nos dejan hacer nada, no?
 
J
JAVR_JOSITO
27/11/2009 11:17
...jajajaja...Muy bueno Coliseum....

P.D.: El mío ya no lo és....jejejeje
 
C
Coliseum
27/11/2009 11:08
Santander: "queremos ser tu banco"

...NI DE COÑA
 
J
JAVR_JOSITO
27/11/2009 10:30
¿Entonces qué me recomendáis? que me haga el ignorante y que no me ha llegado la carta o que envíe burofax...en caso de enviar burofax, ¿a Banif o a Testa?.

Yo también estoy a favor de juntarnos y juntos hacer "presión de comunidad" con todo el tema de los arreglos, piscina..etc..etc... (yo también soy de Ligonde 4).

Propongo que todos los de Ligonde 2-4 que estén por aquí quedemos una tarde, que avisemos a nuestros vecinos y hagamos algo juntos, porque la verdad es que casi ni nos conocemos. ¿Qué os parece la idea?

Un saludo.

JOSE ANGEL.
 
C
Coliseum
27/11/2009 01:18
Hola chicos y chicas, ¿que tal? ¿un pochito más tranquilos?

Yo creo (estoy seguro) que si BANIF tenia la certeza absoluda en que podía repercutir por Ley la Tasa de la Basura nos habia mandado una carta certificada y firmada donde nos comunicaba que en tal mes nos llegaba al banco un recibo de XXX € por la dicha tasa.
Es que ya que no estan tas seguros, nos han enviado una simple carta sin firma (para que nadie sea responsable) y nos enviaran un único recibo junto al alquiler para que la gente, por miedo de ser echada por impago se tragará el recibo "hinchado".

Yo por mi parte me comportaré como normalmente se comporta nuestra querida Auxiliadora, osea NI P... CASO!!!

Yo no he recibido ninguna carta
Devolveré el recibo porque no conforme con la cuota del alquiler
Haré una tranferencia a BANIF de la cuota exacta del mes de diciembre para que luego no me pueden hacer nada por impago

Desde este momento mi buzon estará habilitado solo para cartas certificadas, mi telefono no tendrá copertura en las llamadas de Auxi, BANIF o Testa en general
Y borraré todos los correo electronico de Testa, BANIF o de la dulce Auxi desde el servidor.

Es decir que si quieren ponerse en contacto conmigo para "repercutirme" la maldita TASA, será valido solo el BUROFAX o la CARTA CERTIFICADA así con un documento donde se mojan (legal delante un Juez) y contestaré con un abogado.

Quien quiere apostar que no me enviarán ningun BUROFAX?

Ellos nos pueden demandar si no pagamos el alquiler PERO nosotros podemos hacer lo mismo si ellos no respectan el contrato


Editado por Coliseum 27/11/2009 1:21
 
T
tarasca
26/11/2009 19:48
 Hola Ligondo

Estoy bastante de acuerdo contigo, es más, creo que podríamos montar un nuevo foro/conversación o lista de distribución para nuestra urbanización (en mi caso, ligonde 4) y así aunar esfuerzos y conseguir que se arreglen bastantes cosas y/o mejores los aspectos que consideramos poco aprovechados (jornada de la piscina, arreglos en techos, etc.)
Con respecto a la piscina climatizada, ahí lo tenemos complicado; está en el contrato por escrito y nos pueden indicar que lo paguemos nosotros.

¿qué os parece la idea?
 
L
layuli
26/11/2009 17:29

Hola a todos:
Como os decia en mi anterior correo, he hecho una consulta con la agencia negociadora, y NO PUEDEN COBRARNOS LA TASA.
Asi que, ya sabeis, paguemos la mensualidad y no la tasa.
Si luego nos reclaman, espero poder unirme a vosotros en la reclamacion y hablare con mis vecinos para que se unan tambien.
Gracias a todos
 
T
TABLERANA
26/11/2009 16:31
Hemos consultado la legalidad de que nos repercutan esta tasa en la Oficina de Información de la Vivienda del Ayuntamiento de Madrid, sita en la Calle de la Cruz y nos han dicho que es totalmente ilegal, pues de acuerdo con el Artículo 20 de la Ley de Arrendamiento Urbanos (y una Ley es de rango superior a una Ordenanza) para su validez esto debe pactarse específicamente y constar por escrito determinando el importe anual de dichos gastos, porque por esa regla de tres mañana pueden decidir que pagemos el IBI o lo que se les ocurra.

Os transcribo el articulo en cuestión:



Ley de Arrendamientos Urbanos

Artículo 20. Gatos generales y de servicios individuales.

1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.

En edificios en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.

Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.




Nos han dicho también en la Oficina de Información de la Vivienda que enviemos un burofax explicando que no vamos a pagar y los motivos, y nuestro consejo es enviárselo también a Auxiliadora por e-mail, para que se vaya haciendo a la idea: agracia@gruposyv.com.







 
S
SJOrtega
26/11/2009 15:46
javr_josito, yo estoy en las mismas, he llegado tarde ya que he estado de viaje y me encuentro con el pastel ahora, asi que, cómo despues de leerme todo el hilo veo intentar comunicarse con Testa/Auxi no lleva a ningún lado, cuando me llegue la domiciliación la devolveré y les haré una transferencia.

El consenso al que se ha llegado sobre cómo actuar me parece lógico, burofax para reclamar/mostrar disconformidad, devolución del recibo, pago de la cuota por otros medios... cada uno de forma individualizada. El siguiente paso lo tendrían que dar ellos, e imagino lo darán, para eso tienen departamento juridico; en ese punto, deberíamos coordinarnos todos para hacer frente común ya que parece que somos muchos los afectados, y también parece que los contratos que tenemos firmados son muy similares sino iguales con respecto al tema de los servicios/suministros - gastos/impuestos, y en un principio parece que nos asiste la razón.

Y un comentario en relación a la pregunta que hacía un forero sobre la bajada de la cuota por el ajuste del IPC, por lo que he leido por encima en mi contrato, el ajuste de la cuota lo puede realizar tanto arrendador como arrendatario tomando como referencia el último IPC anualizado, siempre y cuando se comunique con un mes de antelación al vencimiento del año. Quicir, por ejemplo, si te vence el año en marzo, y el IPC hasta enero es negativo, el ajuste va en interes del arrendatario, por lo que lo suyo sería que el mismo arrendatario remitiese por burofax a más tardar a finales de enero la petición para que consideren la nueva cuota a liquidar a partir de marzo aplicando el último IPC anualizado publicado. Si no lo solicita el arrendatario, el arrendador no tiene obligación, igual que cuando el IPC es positivo, sólo que en este caso cómo va en su interes, si que lo hace. No hay que esperar a ver si se aplica ya que por contrato se estipula que hay que avisar en un plazo determinado antes de cada vencimiento, si cómo es normal, el arrendador ante un IPC negativo no revisa la cuota por iniciativa propia, el arrendatario pierde el derecho al no haberlo solicitado en el plazo pactado. Y si se solicita y no se tiene en cuenta a partir del vencimiento del año, mismo caso que el que nos ocupa, rechazar el recibo, y transferencia con importe recalculado y/o depósito en juzgado, ateniéndose a la petición realizada en el plazo estipulado con el burofax cómo prueba del comunicado.

En fin, a ver cómo evoluciona el tema.

Un saludo a todos.

 
Kokopelli
Kokopelli
26/11/2009 14:45
Jejejeje yo tampoco he recibido una carta? que carta?
 
J
JAVR_JOSITO
26/11/2009 13:28
Hola a todos, nunca había entrado en el foro y lo hago hoy por primera vez, y es por el tema que aquí se trata, el tema de la tasa de basuras. Vivo en un piso de BANIF en la calle Ligonde, y me ha llegado la carta al buzón como a vosotros, e intentando investigar si lo tengo que pagar o no he dado con este foro.

Estoy barajando 2 acciones, una la de la mayoría de vosotros, el envío de burofax y devolución del recibo ingresando el importe sólo del alquiler, y la otra es la de no hacer nada, hacer como si no hubiera recibido la carta en el buzón, puesto que no es una carta certificada, ni está siquiera firmada ni nada, y hacer como que no la he recibido, y cuando me pasen el recibo bancario del mes de diciembre con la tasa de basuras incluida, devolverlo y hacer un transferencia del importe del alquiler únicamente, y cuando se pongan en contacto comigo para pedirme explicaciones de porqué he devuelto el recibo y no he pagado las tasas de la basura, decir que yo he devuelto el recibo bancario porque no se correspondía con el importe del alquiler y que no tenía ni idea del tema de lo de las tasas de la basura, que si quieren que pague eso que me lo envíen pero con carta certificada y con todos los datos catastrales de mi piso, etc..etc... y que me digan porqué tengo que pagarlo yo, que dónde pone eso en mi contrato.

Bueno, ¿qué opináis? ¿qué creeís que es la mejor forma de actuar?

En cuanto al tema de juntarnos y hacer algo en grupo me parece muy bien, ya sabéis la unión ... hace la fuerza.

Espero vuestros comentarios.


Un saludo.

JOSE ANGEL
 
B
Buckcherry
26/11/2009 10:27

Gracias por el dato y la información acerca del burofax Morgan38. Respecto a los enlaces, los inserté porque creo que pueden resultar útiles pero de acuerdo contigo en lo que comentas. 

 
T
tarasca
26/11/2009 09:56
 http://meneame.net/story/tasa-basura-madrid-inquilinos-pie-guerra 
 
L
layuli
26/11/2009 00:03
Muchas gracias Coliseum, seguire encantada tus indicaciones. Te lo agradezco de verdad!!
 
C
Coliseum
25/11/2009 23:39
Hola, veo que las amenazas de Gesfon Testa producen efectos sobre algunon inquilinos...
Querido/a layuli, "A mi respuesta de que me ire a pagar la renta a la sede de Sacyr me dicen que no me la van a admitir!!!"
Queria tranquilizarte explicandote que no necesitas que te admitan nada. Tu el mismo dia que devuelves el recibo TIENES que hacer una tranferencia del importe del alquiler a la cuenta de BANIF que es: 0086 3207 46 0010056339
y en dicha tranferencia especificar que es: PAGO ALQUILER MES DE DICIEMBRE 2009 PISO CL XXX XXXX Nº XX  PTA X/X con tu nombre y si quieres numero de contrato.
Otra cosa que te permite la ley es depositar en un Juzgado (plaza Castilla) el importe del alquiler y comunicar a BANIF que el dinerito está a su disposición en el Juzgado.

No es posible que nadie se haya preguntado porqué todas las comunicaciones de BANIF con sus inquilinos vienes en cartas certificadas y firmadas por MARIA ESPINOSA DIAZ (poder 1255/06) y que esta vez haya llegado por carta simple y sin firmar...¿ y si a mi no me ha llegado la carta quien puede demostrar el contrario?

Yo simplemente devuelvo el recibo porque no conforme con el importe fijado en el contrato y sus sucesivas revisiónes de renta. (es decir incumplimento contractual por parte de BANIF).
Como ya ha dicho Ligondo: (Si es que es tan sencillo !!!!)





 
L
layuli
25/11/2009 22:20
Hola:
Yo vivo tambien en un piso de Banif. He recibido la misma carta y todos los vecinos de la casa ( al menos la mayoria) nos hemos unido para no pagar el recibo del mes, ya que no deben pasarlo junto, ni esta claro en ningun sitio que nos corresponda pagar a nosotros.

Por mi parte, he enviado ya un burofax y lo he dirigido al remitente de la carta, que como venia sin firmar, es el remite de la misma. Ya lo han recibido y se han puesto en contacto telefonico conmigo, diciendome que me corresponde y bla bla bla, que me enviarian un correo electronico contestandome pero no me ha llegado nada. Que no nos lo pasan en recibo aparte porque seria mas caro hacernos la reclamacion en el Juzgado, claro, asi dicen que no pagamos la renta, y les es mas facil cualquier accion judicial. A mi respuesta de que me ire a pagar la renta a la sede de Sacyr me dicen que no me la van a admitir!!!

He hecho una consulta a la agencia negociadora de la que estoy esperando respuesta, pero en internet aparece esta respuesta de la misma, que podeis consultar :
  http://www.idealista.com/news/archivo/2009/10/14/0108487-tasa-basuras-tiene-pagarla-inquilino-propietario

Creo que cuantos mas seamos, mas facil sera que no nos sigan tomando el pelo y amenazandonos con que nos lo van a quitar del Aval o de la fianza. Lo que debemos hacer es un burofax comun, asi que los que querais y quien querais, hagamos algo real a la mayor brevedad posible
 
B
Buckcherry
25/11/2009 15:51
... Y otro enlace más con información general acerca del tema, con las preguntas 'más frecuentes'...

http://www.munimadrid.es/portal/site/munimadrid/menuitem.e4769de34f71b0aa7d245f019fc08a0c/?vgnextoid=4aa7f784bd6fd110VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=8db7566813946010VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD#e6


... lo voy a dejar por un rato, que me está hinchando la vena...
 
B
Buckcherry
25/11/2009 15:44
...Por si fuera el caso de alguien y le interesara solicitar la reducción del 100% (ya que Banif ni nos ha preguntado...) eso sí, asumiendo que corresponde pagar...

"Respecto de la vivienda habitual, podrán solicitar la reducción cuando la Tasa recaiga, en concepto de contribuyente, en quienes en el momento de la solicitud tengan la condición de parados, pensionistas, asalariados o autónomos que cumplan los requisitos".

Más información: http://www.avaluche.com/IMG/pdf/ExencionTasabasura.pdf
 
T
tarasca
25/11/2009 11:43
 Hola Morgan38

 muchas gracias, creo que has hecho un gran trabajo con la carta.
¿nos puedes informar si tiene alguna revisión legal o bien la has tenido que redactar tú en base a la información que has ido recopilando?

gracias
 
B
Buckcherry
25/11/2009 10:09

Otra cosilla más, ¿no sería mejor enviarlo a la atención de alguien en concreto? ¿Llegará a la persona indicada, teniendo en cuenta el tamaño de la empresa de que hablamos?
Sería una lástima que después de todas las molestias que nos estamos tomando se acogieran a que no hemos enviado los burofax a la dirección correcta.
 

 
C
Cornelius
25/11/2009 10:02
Coliseum dijo:

Así es, Morgan38...

Pero para el Burofax no necesitamos de un numero de Fax? ...¿alguien lo tiene?
porque no creo tenemos tiempo para una carta certificada...



No, no es necesario un numero de Fax. Puedes enviarlo a la direccion y alli se lo entregan o les remiten aviso para que lo recojan en correos (depende de las opciones que escojas al enviarlo). Incluso puedes solicitar acuse de recibo
 
C
Coliseum
25/11/2009 01:59
Así es, Morgan38...

Pero para el Burofax no necesitamos de un numero de Fax? ...¿alguien lo tiene?
porque no creo tenemos tiempo para una carta certificada...
 
C
Coliseum
25/11/2009 00:05
Hola, quería aclarar algunas cosa, en particular a nuestro amigo "Jovalver" que dice:
"Hola, os mando lo que me ha contestado el servicio juridico de Sacyr- Vallehermoso en relacion a mi insistencia de que no me corresponde pagar la dichosa tasa de Basuras."
Es igual que entrar en un restaurante y preguntar si se come bien... ¿alguna vez el dueño te ha dicho que se come mal?
... y en otra intervencion: "Acabo de hablar con otro abogado y me recomienda que hagamos lo posible para llegar a una via amistosa."
Yo también queria llegar a una via amistosa, pero tu crees de verdad que puedes conversar con una entidad que te envia una carta con: "... vamos a repercutirle el importe de la tasa de la basura en el proximo recibo del alquiler..." si o si.
Vamos yo la pagaria la dichosa tasa pero me tienen que mandad el valor catastral del piso donde estoy en alquiler (para controlar si el importe es corecto) y el recibo del pago de la tasa a MI NOMBRE, porque yo no quiero pagar la tasa a nombre de Fulano.
Y como siguen así estoy dispuesto a  esperar que me lo explique un Juez, no me vale el abogado de Sacyr (es decir Gesfon Testa) y tampoco me vale tampoco el abogado de Banif o del Santander.

Mañana le voy a enviar una carta NO CERTIFICADA y NO FIRMADA donde voy a repercutir mi IRPF a Gesfon Testa porque no puedo desgravarme el importe del alquiler en mi declaración de la renta... (es decir pago impuestos sobre dinero que he dato a BANIF).

Vuelvo a repetir pago cualquier Tasa o Impuesto que sean a MI NOMBRE.
Y si el Alcalde ha hecho mal el ordenanza que protesten los proprietarios y no se quedan tan panchos con el solo hecho de ...REPERCUTIR...

Ahora voy a tomarme una tisana para calmarme un poquito...
Buenas noches a todos.. (excluida Auxiliadora y sus amiguitos)


Editado por Coliseum 25/11/2009 0:28
Editado por Coliseum 25/11/2009 0:29
 
B
Buckcherry
24/11/2009 23:46
Hola de nuevo,

cuantos más mensajes leo más tengo el convencimiento de que nos enviaron la carta en un "a ver si cuela". Lo que no tengo tan claro es cuál es la mejor manera para tratar de que esto acabe con un resultado favorable para nosotros.

En fin, por mi parte, enviaré el burofax, mostrando mi no conformidad al pago de la tasa -que no de la mensualidad en concepto de alquiler- y acogiéndome a lo establecido en el contrato firmado y en la LAU. Asimismo, expresaré el defecto de forma en el que han incurrido al enviarme una carta en la que se me indica que debo hacer el pago pero no señala el número identificador que estas cartas llevan, avisan de que suman el importe a la mensualidad del piso sin más, no se comprometen a enviar recibo, no me ofrecen otra posibilidad de pago, etc.

Resumiendo, pienso que deberíamos ir preparándonos para actuar de forma conjunta una vez hagan caso omiso de nuestras solicitudes y, en unos días, 'secuestren' de nuestras cuentas el importe de la tasa. ¿Qué hacer entonces, cuando nos echen a los Porres? ¿Qué opinais?
 
T
tarasca
24/11/2009 20:40
 Perdonad, otro inciso que me gustaría añadir.
he visto un par de comentarios en esta entrada, pero creo que nadie lo ha preguntado en serio.
¿Hay alguien en el foro al que le haya llegado la famosa carta y que NO sea de BANIF?

pq a lo mejor es que los únicos "tonticos" somos nosotros, no?

saludos
 
T
tarasca
24/11/2009 20:36
 Hola a todos

Creo , y gracias al esfuerzo de todos, que casi todos tenemos muy claro el/los procedimiento/s a iniciar y entra dentro de cada uno si pagar, devolver el recibo, etc.
Yo por mi parte tengo muy claro el tema del burofax, pero y he aquí el problema, ¿a quién se la enviamos para que quede constancia escrita?
Pq como bien han dicho algunos, en la carta que nos enviaron no se han atrevido a 
firmar.
No obstante, revisando la documentación creo que he encontrado los posibles destinatarios:
.- Srta Mª Auxiliadora, como persona de contacto en GesfonTesta (según el papel entregado a la firma del contrato).
.- Srta. Mª Espinosa Díaz (como representante de BANIF), tal y como aparece en la firma del contrato y en  el documento de actualización de la renta.

Me gustaría iniciar una nueva discusión acerca de este punto, vuestras opiniones y comentarios.

saludos
.- Gesfontesta (genérico
 
J
jovalver
24/11/2009 18:50
Yo cada vez lo tengo menos claro. Acabo de hablar con otro abogado y me recomienda que hagamos lo posible para llegar a una via amistosa. Porque segun la ordenanza municipal la dichosa tasa me la pueden reclamar. Porque es un servicio que me baneficio.

El responsable sobre la tasa  es Banif, pero nos la puede repercutir legalmente.

Saludos
 
C
Cornelius
24/11/2009 18:44
Ahora tengo que irme, pero mañana si puedo llamare tambien al 012 a ver que me dicen.
 
C
Cornelius
24/11/2009 18:31
Bien, acabo de llamar al 010 Informacion del Ayuntamiento y la respuesta que me dan es la siguiente:

El recibo va a nombre del propietario del inmueble, este pude repercutirle el pago de la tasa siempre que se refleje expresamente en el contrato o que se llegue a un acuerdo si el contrato es anterior (como es el caso).

Coño, mas claro el agua. Si no se especifica, que es el caso, y no hay acuerdo,  quien paga es Banif.

Y lo que dice el articulo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es :

ARTICULO 20. Gastos generales y de servicios individuales

1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sosteni­miento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.

En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.

En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie. Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.

2. Durante los cinco primeros años de vigencia del contrato, la suma que el arrendatario haya de abonar por el concepto a que se refiere el apartado anterior, con excepción de los tributos, sólo podrá incrementarse anualmente, y nunca en un porcentaje superior al doble de aquél en que pueda incrementarse la renta conforme a lo dispuesto en el artículo 18.1.

3. Los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individua­licen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendata­rio.

4. El pago de los gastos a que se refiere el presente artículo se acreditará en la forma prevista en el artículo 17.4.


Editado por cornelius 24/11/2009 18:33
 
C
Cornelius
24/11/2009 18:17
http://www.elmundo.es/encuentros/invitados/2009/10/3849/

Mirad la pregunta nº 10, y la respuesta de las abogadas Echeandía & Alevito, especialistas en estos temas

 
J
jovalver
24/11/2009 17:47
Hola, os mando lo que me ha contestado el servicio juridico de Sacyr- Vallehermoso en relacion a mi insistencia de que no me corresponde pagar la dichosa tasa de Basuras.

Querida Auxi:



No tengo ningún inconveniente en hablar con quien me digas.



Pero entre tú y él os estáis haciendo un buen lío:



- Tú le hablas de que le insertas la Ordenanza del Ayuntamiento, cuando lo que le adjuntas es la nota informativa que el Ayuntamiento envía a los propietarios cuando les notifica la tasa; aunque dicha nota, efectivamente, está basada e incluso transcribe literalmente parte de la Ordenanza. Pero deja, por favor, de hablar sin fundamento de "decisiones corporativas". La tasa se repercute en el recibo de alquiler, debidamente detallada, junto con los demás conceptos que por pacto y por Ley son a cargo del arrendatario y, por tanto, pueden incluirse en el mismo.



- Pero es que él se refiere a la LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL (e insiste en ello), que nada tiene que ver en este tema, cuando en realidad copia lo que dispone el artículo 20 de la LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS de 1994.



Lo mejor será que le remitas a los servicios de información tanto municipal (010) como de la Comunidad de Madrid (012), los cuales ya han unificado la interpretación de los artículos 7 y 8 de la Ordenanza reguladora de esta tasa.



Y es que en este tema, la clave está en la naturaleza jurídico-tributaria que tiene la tasa, en la que no existe un único sujeto pasivo, como ocurre por el ejemplo en el caso del IBI, sino un sujeto pasivo contribuyente (el beneficiario del servicio que constituye el hecho imponible de la tasa: recogida, tratamiento y eliminación de los residuos sólidos urbanos -"basuras"- y que, en los casos de arrendamiento, no es otro que el arrendatario) y un sustituto del contribuyente (el propietario-arrendador). A ellos se refiere la Ordenanza y, transcribiendo ésta, la nota informativa del Ayuntamiento concluyendo que la Administración municipal debe exigir el pago a este último, como obligado al pago, si bien la normativa permite que el citado propietario pueda repercutir la cuota sobre el beneficiario (contribuyente).



Y est posibilidad de repercusión (o derecho del arrendador a la misma) no la condiciona a que exista un pacto al respecto en el propio contrato de arrendamiento, entre otras razones, porque cuando se celebró el contrato y, por tanto, las partes podían prestar su libre consentimiento a las respectivas prestaciones, la citada tasa no existía. Pero insisto, incluso en los contratos que ahora se celebren -cuando ya las partes conocen que dicha tasa existe- no sería necesario pactar la posibilidad de repercusión, porque ésta existe por así disponerlo la Ordenanza y resultar sin lugar a dudas de la propia naturaleza jurídica de dicha tasa (con el "juego" fiscal de los conceptos de sujeto pasivo contribuyente y sustituto del contribuyente). Sí sería necesario, en cambio, si esa fuera la voluntad de las partes, pactar la exclusión de la repercusión o, dicho de otra manera, la renuncia de la parte propietaria-arrendadora a efectuarla.



En fin, que me reitero en mi disposición a hablar con quién consideres oportuno, pese a no disponer de mucho tiempo para ello.



Afetuosamente,

José Porres







JOSÉ PORRES CUBERO

SACYR VALLEHERMOSO, S.A.

Dirección de Asesoría Jurídica

Jefe Dpto. Patrimonio

Pº de la Castellana, 83-85 planta 4ª (28046-Madrid)

( 91 5455000 91 5455034

 
C
Cornelius
24/11/2009 10:44
Gracias por el nº de cuenta
 
L
ludamara
24/11/2009 10:24
muy buenas a todos, nosotros llevamos varios años y no nos pasan recibo sino que realizamos una tranferencia periodica, os adjunto el email con la cuenta que me envio auxiliadora:

El número de cuenta es:



0086 3207 46 0010056339.



Un saludo,



Auxiliadora García-Ferriol

Gestión de Patrimonio



Gesfontesta S.A.U.

Grupo Sacyr-Vallehermoso

Pº Castellana 83-85 4ª planta

28046 Madrid

Tel: 91 545 58 11

Fax:91 556 75 62

E-mail: agarciaf@gruposyv.com


a nosotros nos revisaron el contrato hace poco y nos bajaron lo correspondientea este año, en cambio no nos indicaron nada de un pago por la tasa de basuras.

un saludo
 
T
tarasca
23/11/2009 23:58
 
0086-3207-46-0010056339

sin comentarios ......
 
P
piratawali
23/11/2009 23:37
Hola,

La verdad es que la cosa no está muy clara. Por un lado, la claúsula de SERVICIOS y SUMINISTROS relaciona una serie de servicios que debe pagar el arrendatario. Pero no dice que sean exclusivamente esos los que tiene que pagar.

Por otra parte, puede que una tasa no sea un impuesto, pero la clausula octava no se refiere exclusivamente a impuestos, sino a impuestos y gastos. Así que es posible que sea esta claúsula la que se le aplica a la dichosa tasa. Osea, que lo pactado sería pagarla según lo que diga la ley.

Y ¿qué dice la ley?. Pues eso yo se lo preguntaría a un abogado, aunque parece que es opinión muy extendida que lo que dice la ley es que todo depende de lo pactado entre las partes. Así que el contrato remitiría a la ley y ésta, a su vez, al contrato. Menudo lío.

Yo, por mi parte, sigo opinando que a mí este año no me tocaría pagar. Así que, si este mes me cobran de más, es posible que les demande. Y no lo hago por capricho, sino porque el año que deje el piso el propietario estaría en todo su derecho de cobrarme el año entero, por ser yo el inquilino el día 1 de enero. Y lo que no pienso hacer es pagar dos veces. Y aquí ni Testa, ni Banif, ni nadie está en posición de garantizarme nada, ya que a saber quién será el administrador a esas alturas, por no decir que nadie sabe quien leches será entonces el propietario.

Resumen: yo, de momento, pago y luego demando
 
C
Coliseum
23/11/2009 23:14
Mas ayuda

me he encontrado un papelito que me habian dato al momento de la estipulación del contrato con un numero de cuenta para ingresarle el importe del aval.
De todas formas tendriamos que controlar si todavía es este:

SANTANDER BANIF INMOBILIARIO F.I.I.

0086 3207 46 0010056339




 
J
jovalver
23/11/2009 22:41
asi que con amenazas....
 
S
sioque
23/11/2009 22:39
Buenas,

yo le pedi a "Auxi" el nº de c/c para hacer la transfer de la cuota de alquiler, porque devolvería el recibo, y no me la dio. Me dijo que ya hablaríamos cuando les llegase el recibo devuelto.
 

Fin del hilo
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