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ACUERDO EN JUNTA DE CONVOCAR NUEVA JUNTA

¿Qué hacer si no se convoca una Junta Extraordinaria aprobada por unanimidad?

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En una junta ordinaria, con menos del 25% de propietarios asistentes,  en el punto de Ruegos y Preguntas, se aprobó por unanimidad la convocatoria de una Junta Extraordinaria a celebrar antes del 30/09/10, para tratar la aprobación de unas obras a realizar.

A pesar de encontranos en la segunda quincena de noviembre, y de haber solicitado por escrito al Presidente informe de la fecha en que se va a convocar dicha Junta, a día de hoy no se ha convocado la misma ni se ha obtenido respuesta a los escritos.

Los escritos se enviaron a un e-mail del administrador, dado que este modo de envío se aprobó en una junta y consta en acta.

¿Qué procedería hacer en este caso?.

Saludos.

 

Por añadir algo más, hay que tener en cuenta que no es la junta de propietarios la que tiene competencias para convocar, sino el presidente.  Por lo tanto es un acuerdo ilegal, que no debería ser incluido en ningún Acta.

Por otro lado, entiendo que si los presentes  y representados en la junta fuesen más del 25% de votos y de coeficientes.  Una vez pasada la fecha y si el presidente no la convocase, cualquiera de ellos podría dar instrucciones al Administrador para que la convocase y presidirla el mismo. 

 

Saludos

 

Fin del hilo
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