Como dice elbonsai, faltan algunos detalles. Pero en general NO se puede hacer. Colgar una lista en el tablón de anuncios independiente o no si es de morosidad, según la LOPD, se considera una Cesion de Datos, ya que cualquiera que pase por ahí puede verlo, puede conocerlos. Pues bien, solo se pueden ceder los datos si el interesado lo permite, o sea que permita que se muestren a todas las personas que pasen por el vestíbulo de la finca.
Existen excepciones (como en toda regla) y una de ellas es que si hay una Ley que autorice a la exposición de esos datos, la LOPD queda en un segundo termino. Y esa Ley existe que es cuando se demanda a un propietario moroso por via judicial y no se ha podido informar a dicho propietario por la vías "normales" (que es entregando la citación en su domicilio de residencia) se dice que colgando el acta donde se muestra que se le demanda en el tablón de anuncios, el interesado queda enterado.