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T
tabuco
11/06/2022 17:57

PODER DE RUINA

2.484 lecturas | 14 respuestas

Buenas tardes.

Una propietaria de 90 años, ha hecho poder de ruina a favor de su única hija.

Parece que la hija desea formar parte de la junta directiva como presidenta. ¿es posible esta figura?.

Saludos.

 
R
RA-07
12/06/2022 19:22

El poder de ruina es un poder general, es un recurso fácil que a menudo utiliza el poderdante para dar un poder a alguien de su confianza y no tiene del todo claro cuáles son las facultades que quiere incluir en el poder

El cargo de presidente en una comunidad de vecinos no es delegable, por ello no se incluye en este poder este supuesto, igual que la donación, el apoderado no puede donar los bienes del poderdante, (es la misma situación). Hay facultades que se incluyen, otras se incluyen de forma restrictiva, y otras que no se incluyen, esta en concreto no se incluye porque en una comunidad ya hay otros propietarios para ocuparse de esta función.

 

Fin del hilo
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