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semerecenlacrisisxtres
21/05/2008 19:18
Si alguno de vosotros os pasais a menudo por la obra podeis hacer el favor de preguntar al constructor o a cualquier persona que esté trabajando si existe alqún problema para entregar las viviendas y si en verdad el problema radica en que CSV no paga las certificaciones de obra aseguraros por favor. Un saludo
 
A
ANCA
21/05/2008 12:20
Efectivamente, he llamado al Ayto de Nambroca y me indican que todavia no han solicitado la cedula los de CSV... sospecho que hasta septiembre nada de nada.
 
A
ANCA
21/05/2008 08:49
no os asusteis, donde he puesto año y medio, me referia mes y medio...
 
A
ANCA
21/05/2008 08:46
Bueno, eso de que tienen todo vendido....MENTIRA. De la primera fase les faltan dos por vender y de la 2ª fase les quedan dos pareados y dos adosados. De la 3º fase, les queda otras 2...
Respecto a la fecha de entrega, segun ellos dentro de un año y medio porque ya estan solicitando la cedula de habitabilidad. Asi que ya nos vamos para julio minimo...
¿Es fiable la fuente que dice que el constructor no le entrega los chalet porque no han pagado? ¿he entendido bien eso de que todavia no han pedido la cedula? ¿alguien ha llamado al Ayto? ¿que han hecho con nuestro dinero?...
 
S
Semerecenlacrisis
20/05/2008 21:55
Por cierto, yo he entregado menos de la mitad de esa cantidad que comentais. Y por cierto, puntualmente cada mes, no vayan a ejecutar alguna cláusula de esas tan graciosas que ponen en el contrato. (solo falta que nos unten vaselina).
 
S
Semerecenlacrisis
20/05/2008 21:51
Nos están metiendo en un lio que no nos corresponde. Alguna historia tienen con el constructor porque la 3ª fase ya la construye otro. Es rarisimo que los adosados según dice el calvo de los coj...estén vendidos y la construcción esté parada, nuestra obra terminada y no se entregue, ¿habrán desviado fondos de la promoción a otros fines? pfff. Yo voy a ir preparando una demandita...
Por cierto de solicitar la cédula de primera ocupación nada de nada.
POR FAVOR DAR EL COÑAZO A VER SI SE APLICAN EL CUENTO QUE SON UN PORRON DE MILLONES YO ESTOY LLAMANDO TODOS LOS DIAS Y AUNQUE ESTÉN REUNIDOS LES JODE QUE LES LLAME.
 
S
semerecenlacrisisxtres
19/05/2008 19:13
Sabéis si todos los chalet de la 2ª fase están vendidos? Ellos me dijeron que estaban todos vendidos incluso la gran mayoría de los que están construyendo en la 3ª fase. Entonces si no pagan al constructor que hacen con el dinero que hemos estado entregando. Esto es un tema que me empieza a preocupar pues bastante dinero van a sacar con los precios de estas viviendas sobrevaloradas y ahora que no paguen al constructor, esto es una vergüenza
 
N
na03
19/05/2008 16:57
Hola de nuevo, mis ultimas noticias tras hablar con un responsable de la constructora, es que ellos no van a entregar ni una casa al promotor mientras este, es decir nuestro querido Miguel, no les abone lo que les debe, de hecho esta misma mañana, 19 de mayo, en los adosados que estan al lado del camino no habia ni un solo currante y en la obra estaban solo un par de personas con los remates,............, calificativos que se me vienen a la cabeza: golfos, caraduras, prepotentes, conclusion CSV nos ha pasado puntualmente los recibos al banco para que nos los cargasen en nuestras cuentas pero ellos no deben estar acostumbrados a hacer lo mismo, que pasa con los 40000-50000 euros que ya estan en su poder?

Queridos vecinos esto va para largo y para los posibles incautos no compreis a CSV ya veis la seriedad del personal.
 
N
na03
19/05/2008 09:40
Con respecto al tema de la segunda capa de asfalto, parece ser que hasta mediados de verano no la van a aplicar, segun ellos porque funde mejor o puede ser que no tengan pasta para pagarla, tu mismo, yo ya no me creo nada

CSV = INCOMPETENTES
 
S
Semerecenlacrisis
15/05/2008 23:01
Las pistas deportivas están anunciadas en la publiciad, yo por lo menos tengo publicidad que así lo dice, y eso según yo tengo entendido o lo hacen o es publicidad engañosa.

CSV = CARADURAS
 
N
nambri
15/05/2008 20:13
Revisar la memoriad de calidades que teneís firmada en el contrato de compraventa con lo que os van a dar. A todos los de la 1º fase nos instalaron el termostato de la calefacción analógico (de ruleta vulgar y corriente) pero según la memoria de calidades debía ser digital, programable, con indicación de Tº, etc. vamos igualito que el que nos habían montado. Tuvimos que reclamar y nos los cambiaron, pero si nadie se hubiera quejado seguiamos con el análogico (ya me entiendes).

El tema de las pistas lo doy por perdido, porque que sepa no está firmado en el proyecto que hay en el ayuntamiento. Y conociendo a los promotores no lo van a hacer por iniciativa propia. Según nos dijo a nosotros el alcalde, ellos estarían encantados de mantener las pistas si la promotora las construyese!! Está claro que todo pueblo quiere infraestructuras, como van negarse si solo tiene que mantenerlas, luego la promotora miente una vez más.

¿sabeís si van a echar la 2º capa antes de entregar vuestra fase? sino os veo como nosotros todos los días subiendo el jodido escalón (parece que viene de serie con la casa)

Suerte y al toro!
 
S
Semerecenlacrisis
14/05/2008 22:57
Que cansado estoy de todo esto. Yo no conozco un sector en el que sean tan sinvergüenzas y actuen con tal impunidad.
 
S
semerecenlacrisisxtres
14/05/2008 21:06
Comprar vivienda
Todo lo que debe saber
1. Si la vivienda es nueva
Si lo que desea es adquirir una vivienda nueva pueden encontrarse ante dos posibilidades, que la vivienda esté todavía en contrucción o se encuentre ya construida y así:

La vivienda en construcción
La primera información

A la hora de comprar una vivienda nueva en construcción, o como suele denominarse, vivienda ‘sobre plano’, el promotor deberá proporcionarle la siguiente información:

Los datos de inscripción de la empresa constructora en el Registro Mercantil.
Planos generales y detallados de la vivienda.
Instrucciones sobre el uso y conservación de las instalaciones.
Una memoria de las calidades.
El precio total y la forma de pago.
La publicidad que se le entregue sobre viviendas de nueva construcción vincula a la constructora como si se tratase de un contrato, por lo que está obligada a cumplir todo lo que oferte en los mismos. Así es conveniente conservar todos los anuncios y folletos de la promoción por si deseamos efectuar después alguna reclamación en vía amistosa o judicial.



La señal y las cantidades periódicas a cuenta

Para adquirir la vivienda, Ud. deberá entregar una suma de dinero en concepto de señal (o ‘arras penitenciales’ en terminología legal) que permitirá reservarla a su favor hasta que se celebre el contrato de compraventa.

Si finalmente Ud. decide no comprar la vivienda, generalmente perderá la cantidad entregada en concepto de señal, por lo que es aconsejable que se informe al respecto.

Si decide adquirir la vivienda, es frecuente comprometerse también a la entrega de ciertas cantidades de dinero de forma periódica (mensual o semestral) mientras se construye la vivienda y hasta la firma del contrato de compra-venta. Estas cantidades se descontarán del importe total de la misma.



El seguro en la compraventa de vivienda y devolución de las cantidades entregadas a cuenta

Las cantidades que Ud. entregue a cuenta de forma periódica, deben ser garantizadas por los promotores de la vivienda mediante seguro o aval.

En los casos en los que la construcción no llegue a iniciarse o no se termine, la constructora estará obligada a devolver dichas cantidades incrementadas, en general, en un 6 % de penalización.

Por ello, asegúrese a la hora de firmar el precontrato de que en el mismo figura este seguro o aval.

Por su parte, el promotor deberá entregarle la póliza individual de este seguro o algún documento que acredite la existencia del aval e información sobre los mismos que también podrá obtener directamente la compañía aseguradora o la financiera, respectivamente. De esta forma podrá conocer cuál es el capital cubierto para su vivienda, la duración de la póliza... etc.

Si la vivienda no llega a construirse o no está terminada en el plazo acordado, Ud. puede exigir la devolución de las cantidades entregadas de forma periódica, formulando al promotor una petición o solicitud de devolución.

Realice esta petición de modo que quede constancia de la misma, por ejemplo, por telegrama con acuse de recibo, burofax, o mediante requerimiento notarial.

Si el promotor no contesta a dicha petición, puede dirigirse a la compañía aseguradora o entidad financiera que prestó el aval para solicitar la devolución del capital entregado a cuenta en la compra de su vivienda.



El contrato de compraventa de vivienda y la escritura pública

El contrato privado de compraventa se celebra entre Ud. (comprador) y la empresa promotora (vendedor) y en el mismo debe constar, al menos, lo siguiente:

Los datos de las partes tanto del comprador como del vendedor.
Si tienen la capacidad legal necesaria para celebrar el contrato.
Identificación de la vivienda: superficie, lindes, posibles anejos (garaje, trastero..)
El plano de la vivienda y la memoria de calidades.
El precio y las condiciones de la adquisición: La cantidad periódica a pagar así como la póliza del seguro que se presta para garantizar las cantidades entregadas, la cuenta corriente que se haya abierto para el pago de esas cantidades, las penalizaciones que se estipulan para el caso de Ud. no realice los pagos acordados o para el vendedor si no ofrece las calidades prometidas.
También figurará el importe de los impuestos que habrán de satisfacerse.
La fecha de entrega de la vivienda y la penalización que el constructor debe satisfacer al comprador por cada mes de retraso respecto a la fecha prevista para la entrega.
Firma de las partes que contratan (comprador y vendedor).
Si no se ha realizado con anterioridad, a la firma del contrato, se le deberá entregar la siguiente documentación:

Descripción de la vivienda y del edificio en que se encuentra, así como las zonas comunes y servicios accesorios.
Plano de la vivienda y de dónde está localizada. Trazado de redes eléctricas, de agua, gas y calefacción y las garantías de las mismas, así como las medidas de prevención de incendios del edificio.
Materiales empleados en la construcción de la vivienda.
Instrucciones sobre el uso y conservación de las instalaciones que necesiten algún cuidado especial y sobre la evacuación del inmueble en caso de emergencia.
Datos de la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad o mención de que no se haya inscrita en el mismo.
Copia de las autorizaciones legalmente exigidas para la construcción de la vivienda y Cédula Urbanística o certificación acreditativa de las circunstancias urbanísticas del suelo.
Generalmente, la entrega de las llaves se realiza a la firma de la Escritura Pública de compraventa de la vivienda otorgada ante Notario.


A partir del momento de la inscripción de esta Escritura en el Registro de la Propiedad (previa liquidación de los impuestos correspondientes), el contrato no sólo afectará al comprador y al vendedor sino también a terceros.

Resulta siempre conveniente, cuando no imprescindible, obtener el consejo de un abogado en función de las circunstancias de cada caso.



El préstamo hipotecario

Es bastante probable que si Ud. no dispone de la totalidad del precio de la vivienda, solicite un préstamo hipotecario.

En tal caso será más que recomendable que se informe bien sobre las condiciones y características del préstamo en diversas entidades financieras antes de su firma.

La escritura en la que conste el préstamo hipotecario también deberá ser inscrita en el Registro de la Propiedad.



Los impuestos y gastos

Los gastos e impuestos que se abonan al adquirir una vivienda son:

Los impuestos
El I.V.A (Impuesto sobre el Valor Añadido): Se abona exclusivamente en los casos de adquisición de una vivienda de nueva construcción y su tipo es el reducido del 7%.
El I.T.P.A.J.D. (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) Se abona cada vez que se suscribe por ejemplo, un documento notarial. Su importe dependerá del precio de la vivienda que se haga constar en la Escritura Pública.
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) Se trata de un impuesto municipal que grava la revalorización de la vivienda desde la última transmisión, y que corresponde abonar al vendedor.
Los gastos
Notariales por la redacción de la escritura pública de compraventa de vivienda. El importe dependerá del precio de la vivienda y de los folios en los que se extienda la escritura.
Del Registro de la Propiedad por la inscripción de la escritura pública de compraventa. Para inscribir la compraventa, debe acompañar al original de la escritura, los resguardos de haber liquidado los impuestos correspondientes.
La garantía por los desperfectos

Recibidas las llaves, es aconsejable que revise la vivienda para detectar sus posibles defectos.

Para formular reclamaciones y solicitar la reparación de estas deficiencias, el comprador dispone de los siguientes plazos:

Para las viviendas con licencia de edificación anterior a mayo de 2000:
6 meses, desde la entrega de la vivienda, para aquellos defectos que no afecten a la finalidad principal de la vivienda.
10 años, desde el día en que concluyó la construcción, por defectos en los elementos esenciales de la estructura del edificio.
15 años, para los casos en los que el constructor no haya cumplido las condiciones del contrato.
Para viviendas con licencia de edificación posterior a mayo de 2000:
1 año para los defectos que afecten al acabado de la obra (problemas de instalación eléctrica, pintura... etc.)
3 años para los defectos que afecten a las condiciones de habitabilidad (humedades...)
10 años para defectos que afecten a la estructura del edificio.
Ud., como comprador, dispondrá de 2 años para reclamar el arreglo de los posibles desperfectos siempre y cuando éstos se presenten dentro del periodo de garantía.

Un abogado podrá informarle sobre cómo hacerlo y sobre las particularidades que puede presentar su caso concreto.


La cedula de habitabilidad

El promotor, finalmente, debe entregarle una "Cédula de Habitabilidad" o "Licencia de Primera Ocupación".

Es un documento administrativo expedido por la Dirección General de la Vivienda en el que se hace constar que el inmueble es apto para su destino, esto es, la vivienda.



La vivienda nueva ya construida

A diferencia del caso anterior, Ud. puede comprobar por sí mismo las características y calidades de la vivienda, aunque no las de la propia edificación por lo que, si lo desea, puede consultar a algún experto.


Para efectuar cualquier reclamación al respecto, Ud. dispondrá de los mismos plazos de garantía que en los supuestos de las viviendas en construcción.


Es aconsejable que Ud. compruebe en el Registro de la Propiedad que la vivienda está debidamente registrada, que la persona que va a venderle la vivienda figura como propietario o titular registral en dicho registro y que sobre la casa no pesa ninguna carga de la que no estuviera informado previamente (por ejemplo, una hipoteca, un usufructo, un arrendamiento... etc.)


El promotor o vendedor deberá entregarle la Licencia de Primera Ocupación y los certificados que garantizan que las instalaciones de electricidad, cableado, agua... etc. se adecuan a la normativa vigente.






 
S
semerecenlacrisisxtres
14/05/2008 21:03
Cláusulas abusivas
que NO debe aceptar en su contrato
La vivienda es la inversión más importante que hace el consumidor a lo largo de su vida. Por ello debemos ser especialmente cautos para que todos los pasos que demos lleven al buen fin que se desea: disfrutar de la vivienda sin que debamos soportar abusos de ninguno de los muchos agentes que intervienen en el proceso (promotoras o constructoras, entidades financieras, entidades aseguradoras, etc).

Para permitirle detectar aquellos abusos que pueden producirse en el proceso de compra, le hemos preparando este listado de cláusulas que le pueden incluir en su contrato y que, según la legislación y distintas resoluciones judiciales, se vienen considerando abusivas, siempre que el contrato esté redactado de antemano y no sea objeto de negociación individual.

¿QUÉ HACER SI NOS PROPONEN UN CONTRATO EN EL QUE SABEMOS QUE HAY CLÁUSULAS ABUSIVAS?
Es posible que nos resulte imposible rechazar una determinada cláusula ; e incluso que nuestra resistencia finalice con la negativa del vendedor a formalizar el contrato de compraventa. En estos casos debemos valorar nuestro interés en la adquisición de la vivienda, siendo conscientes que, aunque firmemos y aceptemos el contrato, podemos interponer después una reclamación a efectos sancionadores ante los Servicios de Inspección de Consumo de la localidad o Comunidad Autónoma de que se trate ; consulte con su Asociación de Consumidores.

¿Y QUÉ PASA SI EN MI CONTRATO, QUE YA ESTÁ FIRMADO, COMPRUEBO QUE HAY CLÁUSULAS ABUSIVAS?
El contrato es de obligado cumplimiento para ambas partes, pero tenga en cuenta que incluso una vez firmado, aún conteniendo cláusulas abusivas, es posible solicitar a los Tribunales de Justicia la declaración de una cláusula como abusiva, lo que puede conllevar que finalmente la cláusula no se aplique. Además, puede denunciar esta situación en los distintos organismos de atención al consumidor para que se imponga la correspondiente multa u otras sanciones a la empresa vendedora.

A continuación listamos las cláusulas abusivas más comunes:
CLÁUSULAS QUE IMPONGAN LOS COSTES DE TITULACIÓN
CLÁUSULAS QUE IMPONGAN LA SUBROGACIÓN HIPOTECARIA O SUS GASTOS DE CANCELACIÓN
CLÁUSULAS QUE NO FIJEN CON PRECISIÓN LA FECHA DE ENTREGA
CLÁUSULAS QUE PERMITAN AL VENDEDOR REALIZAR CAMBIOS EN LA VIVIENDA
CLÁUSULAS QUE EXONEREN DE RESPONSABILIDAD POR VICIOS EN LA CONSTRUCCIÓN
CLÁUSULAS QUE LIMITEN EL DERECHO DEL CONSUMIDOR A ELEGIR EL NOTARIO ACTUANTE
CLÁUSULAS QUE IMPONGAN AL CONSUMIDOR LOS GASTOS DE ESTABLECIMIENTO DE LOS ACCESOS A LOS SUMINISTROS GENERALES DE LA VIVIENDA
CLÁUSULAS QUE IMPONGAN LOS COSTES DE TITULACIÓN
LA CLÁUSULA: "EL COMPRADOR CORRERÁ CON LOS GASTOS DE DECLARACIÓN DE OBRA NUEVA, CONSTITUCIÓN DE PROPIEDAD HORIZONTAL Y POSIBLES HIPOTECAAS QUE SE CONSTITUYAN"

Se trata de gastos relacionados con la preparación de la vivienda para que esta sea utilizada como tal ; en su mayor parte son trámites administrativos y de gestión, tales como la declaración de obra nueva o la creación y puesta en marcha de la comunidad de propietarios, y su coste no puede ser trasladado al consumidor: corresponde al vendedor.

También debe rechazar aquellas cláusulas que le obliguen a asumir los costes de constitución de hipoteca y sus intereses. Si el constructor o promotor necesitan financiación para proceder con su negocio, no es el comprador quien debe asumir el coste de dichos créditos.

En cuanto a la plusvalía (Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana), es frecuente que su coste se traslade al consumidor, a pesar de ser el vendedor quien está obligado al pago, según la normativa fiscal. Aunque puede considerarse como una cláusula abusiva, los Tribunales no lo vienen considerando como tal de forma unánime. En la fecha de elaboración del presente documento, está en fase de aprobación parlamentaria un proyecto de Ley que prohibe estipulaciones que impongan al consumidor el pago de tributos en los que el sujeto pasivo es el vendedor (como sucede en la plusvalía).




CLÁUSULAS QUE IMPONGAN LA SUBROGACIÓN HIPOTECARIA O SUS GASTOS DE CANCELACIÓN
LA CLÁUSULA: "EN EL MOMENTO DE LA ENTREGA, EL COMPRADOR SE COMPROMETE A SUBROGARSE EN LA HIPOTECA QUE EXISTA SOBRE LA VIVIENDA, ACEPTANDO LAS CONDICIONES FINANCIERAS PACTADAS EN LA MISMA. PODRÁ CANCELARLA A SU CRITERIO, ACEPTANDO ASUMIR LOS GASTOS QUE DE ELLO SE DERIVEN"

Es posible que la vivienda que compremos ya esté hipotecada o se hipoteque mientras se construye. En estos casos, tenemos plena libertad de aceptar o no la hipoteca que ya exista. Si decidimos rechazarla y buscar la financiación por nuestra cuenta, no estamos obligados a asumir los costes de la cancelación de la primera hipoteca.

CLÁUSULAS QUE NO FIJEN CON PRECISIÓN LA FECHA DE ENTREGA
LA CLÁUSULA: "LA FECHA PREVISTA DE ENTREGA SERÁ EL TERCER TRIMESTRE DEL AÑO 20XX. DICHA FECHA ES MERAMENTE INDICATIVA, PUDIENDO VARIAR EN FUNCIÓN DE LA EVOLUCIÓN DEL PROCESO CONSTRUCTIVO".

Es posible que el contrato que nos propongan no determine con precisión la fecha de entrega de la vivienda, por ejemplo omitiendo una fecha concreta, indicando que la fecha es aproximada o meramente indicativa, o derivando el momento de la entrega a lo que resulte de otros procedimientos (entrega de la licencia de primera ocupación, generalmente).

Pues bien, si el comprador cumple con sus compromisos de pago puede exigir que la vivienda se entregue en la fecha consignada en el contrato, a pesar de que ésta sea meramente orientativa. Cualquier retraso que no sea por fuerza mayor permitirá exigir responsabilidad a la empresa vendedora. Rechace el contrato que no precise la fecha de entrega y compruebe si alguna publicidad se refiere a este punto.

CLÁUSULAS QUE PERMITAN AL VENDEDOR REALIZAR CAMBIOS EN LA VIVIENDA
LA CLÁUSULA: "EL COMPRADOR AUTORIZA A QUE EL VENDEDOR REALICE AQUELLOS CAMBIOS EN EL PROYECTO QUE VINIERAN JUSTIFICADOS POR MOTIVOS TÉCNICOS, JURÍDICOS O COMERCIALES"

Es posible que el vendedor incluya una cláusula que le permita realizar cambios en la vivienda, cambios que pueden tener su origen en "motivos técnicos, jurídicos o comerciales", como más habitualmente suele precisarse.

En este sentido, comprendiendo que puede haber factores que exijan pequeños cambios en la ejecución de la obra, no debemos aceptar modificacioines de las características de la vivienda comprada, salvo que las mismas se justifiquen por causa de fuerza mayor. Podemos impugnar dichas modificaciones aunque parezca que el contrato no nos lo permite. Si dicha impugnación no fuera posible, podremos reclamar por la depreciación que haya sufrido la vivienda.

Si fuese necesario cambiar el proyecto de obra por causas diligentemente no previsibles, el promotor deberá comunicarlo al comprador, quien deberá aceptar el sobreprecio que en su caso se produzca.

CLÁUSULAS QUE EXONEREN DE RESPONSABILIDAD POR VICIOS EN LA CONSTRUCCIÓN
LA CLÁUSULA: "EL COMPRADOR DEBERÁ COMUNICAR CUALQUIER DESPERFECTO EN UN PLAZO NO SUPERIOR A LOS 15 DÍAS DESDE LA ENTREGA DE LA VIVIENDA. TRANSCURRIDO DICHO PLAZO, LA EMPRESA VENDEDORA NO ACEPTARÁ RECLAMACIONES POR ESTE MOTIVO"

La Ley de Ordenación de la Edificación marca unos plazos claros de garantía: 1 año para elementos de terminación o acabado, 3 años para defectos que afecten a la habitabilidad de la vivienda, y 10 años para los que afecten a los elementos estructurales y comprometan la resistencia y estabilidad del edificio.

Cualquier imposición de plazos distintos se entenderá abusiva, pudiendo el consumidor reclamar cualquier defecto que se manifieste dentro de dichos plazos

CLÁUSULAS QUE LIMITEN EL DERECHO DEL CONSUMIDOR A ELEGIR EL NOTARIO ACTUANTE
LA CLÁUSULA: "EL COMPRADOR ESTÁ BOLIGADO A ELEVAR A PÚBLICO EL PRESENTE CONTRATO, COMPARECIENDO EN EL LUGAR, FECHA Y HORA DESIGNADA POR LA PARTE VENDEDORA".

El comprador tiene derecho a elegir el notario de su confianza. Esto le permite la participación de un profesional muy cualificado en la operación de compraventa. Y como es un derecho irrenunciable, siempre conserva la posibilidad de designar la notaría que desee, siempre que guarde alguna relación o conexión con la operación.

CLÁUSULAS QUE IMPONGAN AL CONSUMIDOR LOS GASTOS DE ESTABLECIMIENTO DE LOS ACCESOS A LOS SUMINISTROS GENERALES DE LA VIVIENDA
LA CLÁUSULA: "EL COMPRADOR ABONARÁ A LA PARTE VENDEDORA EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LOS GASTOS DE ENGANCHE, ACOMETIDA O CUALQUIER OTROS RELACIONADOS CON LOS SUMINISTROS DEL INMUEBLE (AGUA, LUZ, ELECTRICIDAD)"

La vivienda debe entregarse en condiciones de habitabilidad y al precio establecido en el contrato. Si una vivienda no dispone de los suministros básicos (agua, luz, electricidad...), no puede ser calificada como tal. Por ello, es la empresa vendedora quien ha de asumir los gastos de establecimiento a los accesos a los suministros generales de la vivienda, sin que, de forma posterior, pueda repercutirlos al comprador alterando el precio de compra pactado.






Este documento ha sido elaborado por la Confederación de Consumidores y Usuarios, subvencionado por el Ministerio de Sanidad y Consumo - Instituto Nacional de Consumo. Su contenido es de responsabilidad exclusiva de CECU.
Reproduciendo su contenido, NuevosVecinos.com colabora para dar la máxima difusión a esta información.


 
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semerecenlacrisisxtres
14/05/2008 21:01
La entrega de vivienda
Aspectos clave Promoción
El promotor constituye el primer interlocutor de un comprador de vivienda.

En la mayoría de los casos es el promotor quien materializa la venta y, consecuentemente, es el único firmante, junto con usted, del contrato que formaliza la operación que va a realizar: la compra de su vivienda.

Este capítulo, por tanto, trata de identificar y situar en el mercado al promotor de la vivienda, para lo que es preciso que usted disponga de la siguiente información.

Información necesaria a la entrega de vivienda

Número y fecha de emisión de la cédula de habitabilidad del edificio.
Nombre del autor del proyecto. (El mayor porcentaje de la patología que ocasiona la ausencia del control de calidad radica en la elaboración del proyecto, cuyo coste ha sido financiado con parte del dinero que cuesta su vivienda).
¿Quiénes han sido los consultores de Geotecnia, Estructuras e Instalaciones?.
¿Quién compuso la Dirección de la Obra?.
Consigne el nombre e infórmese de la actividad de la Organización Independiente de Control de Calidad que ha efectuado el Control Técnico del Proyecto.
Usted debe poder examinar el ejemplar del Proyecto facilitado a la Comunidad de Vecinos (RD 515/1989) (*).
Nombre de la empresa constructora y si dispone de un Departamento de Garantía de Calidad de Producción (RD 515/1989) (*).
Conozca quiénes fueron los subcontratistas de Cimentación, Estructura, Calefacción, Aire Acondicionado, Electricidad, Fontanería… Fecha de finalización de la construcción (RD 515/1989) (*).
Asegúrese que existe una documentación que refleje el estado final del edificio construido, incluso sus instalaciones (RD 515/1989) (*).
Averigüe si existe un Manual de Mantenimiento del edificio.
Conozca en detalle la superficie útil de la vivienda y la superficie de terrazas, balcones y servicios comunes.
La información anterior es muy importante a la hora de decidir una compra. Pero es natural que también tenga constancia de que la inversión que está a punto de realizar se corresponde con el bien adquirido.

Y en este punto, la CALIDAD es imprescindible.

Asegúrese, pues de que además de la correspondiente a la empresa constructora, existe una Garantía de Calidad. Pregunte qué empresa es ésta. Finalmente, cerciórese de que se ha contratado una Póliza de Seguro Decenal para el edificio.

Estas pólizas, obligatorias en algunos países y habituales en la mayoría de los países desarrollados, han comenzado a emitirse en España por diversas Aseguradoras para algunos Promotores. Cubren los defectos de calidad del edificio durante diez años, de forma que el Comprador es indemnizado inmediatamente por la Compañía de Seguros sin necesidad de reclamar a las distintas partes que intervienen en la construcción.

Las Compañías de Seguros, para la emisión de estas pólizas exigen que el proyecto, los materiales empleados y la ejecución de obra sean controlados por una Organización Independiente de Control de Calidad aceptada por la Compañía.

Infórmese de si la Póliza cubre solamente la estanqueidad y solidez (es decir, estructura, cimentación, fachadas y cubiertas) o si es una Póliza general, cubriendo la totalidad de la construcción, incluso las instalaciones.

(*) Real Decreto de 21 de abril sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compra-venta y arrendamientos de viviendas.

Estructura
Este aspecto de la edificación resulta difícil de comprobar por el comprador de una vivienda. Sin embargo es, como los demás, básico en el conjunto de la construcción.

Para ayudarle a formarse una idea acerca de la correcta estructura de su edificio o vivienda es importante que el vendedor le dé respuesta a las siguientes preguntas:

PREGUNTAS:

¿Ha sido efectuado un estudio geotécnico del terreno?.

¿Quién lo realizó?.

¿En qué fecha ha sido finalizada la estructura?.

Si la estructura es de hormigón,

a) ¿Ha sido realizado el control de calidad de materiales de estructura en cementos, armaduras y hormigones?.

b) ¿Existe la documentación sobre el estado final de la estructura y su control a que obliga la Instrucción de Hormigón EHE (*).

Si la estructura es metálica:

a) ¿Se han realizado los controles de calidad previstos? ¿Existe documentación acreditativa del control realizado?.



Una vez obtenida la anterior información, a usted le cabe aún realizar las siguientes comprobaciones:

COMPRUEBE:
Observe la posible presencia de fisuras o deformaciones en suelos, tabiquería, cerramientos de fachadas o techos. Si existen, es recomendable el asesoramiento de un técnico experto en Patología de Construcción.

(*) Este artículo obliga a entregar a la propiedad por parte de la Dirección de Obra la siguiente documentación: Planos con el estado final de la estructura, Memoria de incidencias y Documentación acreditativa de que se han llevado a cabo las operaciones de control a que obliga la Inspección de Hormigón citada.

Instalaciones
Las instalaciones resultan de fácil examen por el comprador a la entrega de vivienda. Veamos, de acuerdo con una serie de preguntas a las que habrá de responder quién vende, es estado de tres instalaciones básicas:

ELECTRICIDAD, CALEFACCIÓN Y FONTANERÍA.

Instalaciones eléctricas
PREGUNTAS

¿Cuál es el grado de electrificación previsto para la vivienda, en vatios?.
¿Existe caja para el interruptor de control de potencia (Limitador)?.
¿Se encuentra perfectamente identificado el fusible de protección de la acometida en la centralización de contadores?.
Usted puede directamente realizar las siguientes comprobaciones a la entrega de vivienda:

COMPRUEBE:
Compruebe que la instalación tiene puesta a tierra, verificando la existencia de tres orificios o patillas metálicas laterales en bases de enchufes y tres cables, uno de los cuales debe tener una envoltura verde o amarilla.
Si el grado de electrificación es MEDIO (5.500 W., el más habitual en viviendas), compruebe:
Que hay al menos un punto de alumbrado por habitación.
Que en los pasillos hay al menos un punto de alumbrado cada cinco metros.

Que hay tres bases de enchufe de 10 amperios (la placa del mecanismo debe tener grabada la expresión 10ª) en cada dormitorio, uno en el cuarto de baño, uno en el vestíbulo, dos en la cocina y uno por cada 6 m2 de superficie del salón.
Que en la cocina haya demás dos puntos de 16A y uno de 25A.
Que existen en el cuadro de la vivienda cuatro interruptores de las siguientes intensidades: 10A, 15A, 20A y 25A. estos calibres van impresos en los propios mecanismos.
Compruebe que junto a la toma de TV haya una base de enchufe con puesta a tierra.
Compruebe que en los cuartos de baño, la distancia entre la vertical del borde de la bañera y el punto de luz más próximo en pared y cualquier base de enchufe no es inferior a un metro.
Pida copia del acta de las pruebas finales de funcionamiento realizadas.
Instalación de calefacción
PREGUNTAS:

¿Qué tipo de combustible utiliza?.

COMPRUEBE:

En los radiadores:

Que existe un radiador por estancia, al menos, y preferiblemente situado debajo de las ventanas.

Que existe una válvula de reglaje.

Que existe un purgador en el radiador.

Que existe un termostato en el salón (si dispone de calefacción individual).

Si tiene calefacción individual, compruebe que en la caldera:

Existe una válvula de seguridad.

Existe un termómetro y un termostato.

Existe una adecuada salida de humos.

Tiene la placa de características.

Existe un manual de uso.

Pida copia del acta de las pruebas de funcionamiento realizadas.

Instalaciones fontanería
PREGUNTAS:

¿De qué material está hecha la red de distribución del agua? (¿cobre, acero u otro material?).

COMPRUEBE:

Existe válvula de corte (llave de paso) para agua fría y caliente identificadas mediante distintivo azul y rojo en cada estancia húmeda (baños, cocinas, etc.).

Existe además válvula de corte en, al menos, en el lavabo, inodoro y bidet de cada cuarto de baño.

Existe un bote sifónico por local para aseo o cocina (se aprecia una tapa circular en el suelo o sifón en todos los aparatos.

Haga funcionar todos los grifos de cada estancia, uno a uno. Observe el caudal de agua.

Haga funcionar simultáneamente los grifos de bañera y lavabo en los cuartos de baño, y el del fregadero de la cocina y una bañera de un cuarto de baño. Con estas simultaneidades no debe apreciarse ninguna reducción del caudal respecto al que tenían funcionando individualmente.

Al accionar los grifos no se producen ruidos ni vibraciones.

Pida copia del acta de las pruebas de funcionamiento realizadas.

Cerramientos, particiones y acabados
La estanqueidad y el aislamiento respecto a los agentes externos son dos condiciones básicas para asegurar en su vivienda la ausencia de ruidos, humedad y cualquier otra inclemencia meteorológica de las que la habitabilidad de su casa debe quedar salvaguardada.

Para conocer la necesaria calidad a la entrega de su vivienda, obtenga respuesta a las siguientes

PREGUNTAS:
Infórmese si el cerramiento de fachada tiene cámara de aire. ¿Tiene algún material de aislamiento? ¿De qué clase?.

¿Qué tipo de cubierta tiene el edificio y, en su caso, tipo de aislante térmico e impermeabilización?.

¿Se ha hecho una prueba de estanqueidad al agua de la carpintería de fachada (ventanas, etc.) y de la cubierta por una Organización Independiente de Control de Calidad?.

Si las fachadas son de ladrillo visto, infórmese de si la hoja exterior está enfoscada interiormente. (El enfoscado es un revestimiento de mortero de cemento, aplicado sobre la hoja exterior del cerramiento, pero por su cara interior, es decir, la que limita con la cámara de aire, no es observable una vez terminada la obra. Es importante para la impermeabilidad de la fachada.).

COMPRUEBE:

Compruebe que las juntas de pavimento son uniformes en ancho y sin desniveles en altura (cejas).

Compruebe diferencia de color en pavimentos.

Use los nudillos para golpear, con el fin de detectar mal agarre en aplacados verticales cerámicos (azulejos) en estancias húmedas (baños y cocina) y en solados de baldosas.

Compruebe que el viento no penetra por la carpintería exterior (ventanas).

Compruebe que no hay manchas de humedad en el entorno de la carpintería exterior.

Compruebe que el perímetro de la carpintería exterior está sellado.

Compruebe que las hojas de ventanas (especialmente correderas) no se alabean al aplicar una fuerza perpendicular a su plano.

Compruebe el funcionamiento de las persianas.

Compruebe que las puertas interiores llevan recercado en el borde superior (basta pasar los dedos por ese borde) y en la inferior (es simple desmontar una hoja).

Compruebe que las puertas no giran solas o rozan en el suelo

Compruebe que el número de bisagras es, como mínimo, tres en cada puerta.

Presione con los nudillos el yeso de las paredes, con el fin de detectar una insuficiente dureza en éste.

Compruebe que la pintura de las paredes y techos no presenta abombamientos.

Compruebe que todos los tabiques que forman las paredes de cuartos de baño y cocina, con instalaciones de fontanería empotradas, tienen un espesor (incluidos los revestimientos) no menor de 12 cm.

Solicite por escrito el nivel de aislamiento acústico de las paredes de separación con los pisos contiguos. El aislamiento debería ser, al menos, igual a 45 dB A, lo que equivale a un muro de ladrillo macizo (espesor con revestimiento incluido de unos 15 cm) y no de tabique (7 cm) o tabicón (12 cm).

Compruebe si la cámara de aire de los cerramientos de fachada tiene los correspondientes lagrimeros en fachada. Observará desde el exterior orificios o tubos para desaguar las condensaciones de agua en la cámara.

Compruebe que los mecanismos de apertura y cierre de ventanas y puertas funcionan correctamente.

Compruebe que todos los conductos de ventilación (shunt) de cuartos de baño y cocina funcionan correctamente (basta aproximar un cigarrillo encendido y observar que desaparece el humo).

Servicios Comunes
Los servicios comunes (antenas, escaleras, ascensores, etcétera) no son con frecuencia excesivamente visibles hasta que la reparación de sus defectos obliga al establecimiento de derramas extraordinarias.

A la entrega de su vivivienda, procure obtener respuestas a las siguientes preguntas:

PREGUNTAS:

¿Están hechas las conexiones definitivas de las instalaciones de servicios (agua, gas, electricidad y teléfono?.

El contrato de los servicios comunes ¿se ha efectuado a nombre de la Comunidad de Propietarios?.

¿Se conocen los nombres y direcciones de los instaladores respectivos, en su caso? (bocas de tubería en las que los bomberos empalmen mangueras para el suministro de agua a todas las plantas).

¿Existe contrato de mantenimiento de las instalaciones? ¿Con quién?.

¿De qué tipo es la antena colectiva de TV? ¿Parabólica o normal?.

Si es exigible o conveniente en la zona, ¿se ha dispuesto grupo de presión para el suministro de agua?.

Solicite documentación escrita sobre el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales relativas a garajes.

Solicite justificante de la entrega del Expediente de Industria correspondiente a los servicios de agua.

Solicite Certificado de la instalación individual de gas, emitido por el instalador autorizado.

Solicite Boletín del instalador autorizado, correspondiente a la instalación eléctrica.

COMPRUEBE:

Si es correcto el funcionamiento de alumbrado de la escalera.

Tienen piloto de señalización los interruptores de los rellanos.

Si el edificio es de más de 24 m de altura, hay un extintor por planta en los rellanos de la escalera y cuenta con columna seca.

Si el edificio es de más de 12 m de altura o de más de 30 viviendas, cuenta con alumbrado de emergencia en la escalera.

Si el edificio es de más de 50 m de altura, cuenta con detección de incendios.

Funciona el portero electrónico.

Compruebe que en el cuarto general de contadores existen rótulos claros para cada contador.

Compruebe el acceso a la plaza de garaje con su vehículo.

Las dimensiones de la plaza de garaje son, como mínimo, de 2,20 x 4,50 m.

Compruebe que no hay humedades en las paredes del garaje.

Compruebe en el garaje que tiene:

Rejillas en el pavimento para evacuar el agua.

Alumbrado general bajo tubo con desconexión temporizada en un tiempo razonable.

Alumbrado permanente de señalización.

Pulsadores de alumbrado con luz piloto.

Puerta resistente al fuego en accesos.

Extintores y mangueras con sistemas de presión de 3,5 Atm.

Sistema de detección de monóxido de carbono y ventilación forzosa si el garaje no tiene ventilación natural.

Alumbrado de emergencia sobre puertas de salida con indicación de la palabra SALIDA.

Recomendaciones adicionales
Siete cuestiones clave en la entrega de vivienda:

El precio se olvida, la calidad queda.

Es importante que usted no tenga, una vez comprado el piso, gastos anormales de mantenimiento o adicionales de correcciones de defectos o mejoras que, en definitiva, constituyen un sobrecoste y deben ser considerados al decidir entre diferentes ofertas.

No olvide que usted NO ES un comprador profesional de pisos. El promotor SI ES un vendedor profesional. A la menor duda, aconséjese de un profesional de la Construcción.

No compre nunca un piso sin asesoramiento jurídico.

Procure no introducir modificaciones en el piso. Si son imprescindibles, establezca por escrito, para cada una, su definición y conserve el coste adicional acordado por escrito con el PROMOTOR.

No olvide que la garantía más eficaz que usted puede recibir es la POLIZA DECENAL DE SEGURO que se describe en el apartado PROMOCION, y que significa, para el piso (quizá la compra más importante de su vida), una garantía de gran eficacia, tan segura como la garantía que usted recibe al comprar un electrodoméstico o una cámara fotográfica. Este tipo de pólizas ya es ofrecida por algunos PROMOTORES y está en rápida expansión en España. Su repercusión en el coste del piso es de muy poca entidad.

Recuerda que la base de la calidad es la evidencia documental de que se han realizado actuaciones preventivas, como las que representa un Sistema de Calidad que incluye, además del autocontrol de los fabricantes y del constructor, la realización de un Control de Recepción, independiente de quienes intervienen en el proceso de construcción y afectando al proyecto, los materiales y la ejecución.

Hasta aquí un compendio de sugerencias y orientaciones que pueden ayudarle a decidir la compra de una vivienda con ciertas garantías de que la calidad se corresponde con la inversión.



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N
nambri
14/05/2008 19:50
Desde luego que los promotores tienen más prisas que vosotros en firmar y mientras no lo hagáis tenéis la sartén cogida por el mango.

Como veo que os interesa os diré algunas cosillas más:

- Si podéis, intentar que os arreglen los defectos antes de escriturar, luego es una ODISEA para que te los arreglen. Nosotros entramos a ver los defectos unos días antes de escriturar y después de hacer una lista detallada, cuando entramos con nuestras llaves después de la escritura nos llevamos la sorpresa, no habían hecho practicamente nada, a si que el "pastel" nos lo quedamos nosotros (a día de hoy seguimos esperando algunos arreglos).

- No se que os habrán dicho de los contadores de agua y gas, a nosotros nos vendieron que los habían comprado ellos (los promotores) y que "nos los regalaban" ¡vaya detallazo! pero por más que se lo he exigido a Gas Natural nos dicen que estamos equivocados y nos cobran el correspondiente ALQUILER y el del agua pone en el contrato que es propiedad del ayuntamiento. Así que pedir por escrito un documento que avale la propiedad.

- No os dejéis camelar por las teóricas "mejoras", vease los radiadores toalleros de los cuartos de baño, la pintura del garaje o cuantas cosas se les puedan ocurrir, son "CORTINAS DE HUMO". Si realmente le hubieran supuesto un sobreprecio al promotor ya nos lo hubieran cobrado, nadie regala nada que somos mayorcitos.

Un saludo
 
S
semerecenlacrisisxtres
14/05/2008 18:21
No sé cuando pretenden escriturar pero NO DEBEMOS FIRMAR LA ESCRITURA MIENTRAS NO ESTÉ TODO EN REGLA Y NOS LO ACREDITEN CON DOCUMENTACION OFICIAL.
A todos los promotores les urge firmar escrituras para formalizar la subrogación del préstamo que ellos tienen con la entidad financiera y algunos de ellos junto con el banco te presionan para escriturar, ¿Quien son ellos para obligarte mientras no esté todo bien? DEBEMOS TENER CUIDADO, que sea CSV el que siga pagando los intereses de su préstamo a Caja Madrid hasta que lo deje todo en condiciones y escrituremos de lo contrario, seremos nosotros los que empecemos a pagar el préstamo sin habernos dejado las viviendas y la urbanización en condiciones.
Algún problema tendrán cuando a todo promotor le urge escriturar y éstos no dan señales de vida
Conozco un caso de una promotora(y no me refiero a csv) que junto con el banco presionaba para escriturar y la razón era que de por medio había un embargo preventivo en la obra nueva.
Pero estando informado de varios casos no estaría demás que nos pasáramos por el registro de la propiedad y solicitar información de la finca registral por si tuviera alguna carga y a su vez pedir información en el registro mercantil independientemente de toda la información que podamos tener en el ayuntamiento. Este comentario no es por asustar sino como se ven tantos casos que es mejor curarse en salud y tener la certeza de que todo está bien pues de ellos me espero cualquier cosa (ojalá me sorprendan con algo bueno..)
 
S
Semerecenlacrisis
14/05/2008 17:57
http://www.erres.com/swiche/csv/index.htm
 
S
Semerecenlacrisis
13/05/2008 22:40
Lo que tenemos que hacer es quedar y presentarnos en la oficina todos juntos a ver que mentira nueva se le ocurre.
Hoy he estado por la urbanización, lo del asfalto teneis razon porque parece ser que no hay intención de echar la segunda capa que falta.(NI RASTRO DE MAQUINAS). Y las pistas?, y las zonas verdes? En el precio que pagamos por nuestas casas también va incluido todo eso y se lo piensan pasar por el forro.
Cuando pretende escriturar? en en vacaciones??
QUEDEMOS UN DIA PARA IR A VER AL SINVERGÜENZA DE MIGUEL, POR NO DECIR EL CALVO DE LOS COJONES.

PROMOTORES EN GENERAL SOIS TODOS UNOS SINVERGÜENZAS OS MERECEIS NO VENDER UNA PUTA CASA CABRONES.
 
S
semerecenlacrisisxtres
13/05/2008 20:56
Desde luego que nos toman por tontos o ellos se creen demasiado listos y lo que demuestran es que quieren engañar ¿cómo pueden decir que con la solicitud de licencia de primera ocupación de la vivienda es suficiente? ¿Y si esa solicitud la deniegan por no reunir la condiciones la vivienda?
LO QUE IMPORTA ES LA CONCESION DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACION, DOCUMENTO QUE NOS DEBEN ENTREGAR ANTES DE LA FIRMA DE ESCRITURA (OJO: la solicitud no implica concesión)
 
S
semerecenlacrisisxtres
13/05/2008 20:49
Gracias Nambri por aconsejarnos pues a nosostros nos han engañado en varias ocasiones y quiero evitar que me engañen en la entrega de vivienda pues si firmamos escrituras aceptamos la vivienda como esté con licencia o sin ella entre otras cosas. Si nos puedes abrir los ojos en algo más a tener en cuenta te lo agradeceríamos. Saludos
 
N
nambri
13/05/2008 20:13
Como propietario de la 1º fase os aconsejo a los de la 2ª que:

-Bajo ningún concepto firméis sin la licencia, ya que efectivamente a nosotros nos engañaron y nos dijeron que con "solicitud de la licencia" bastaba para pedir el agua en el ayuntamiento y gas a Gas Natural, pero como podréis imaginar fue una de las tantas mentiras que nos hicieron creer.

- Busquéis un notario de vuestra confianza porque el que os propondrán los promotores desde luego que no velará por vuestros intereses (sino de que estaríamos nosotros escribiendo esto).

- Vayáis al ayuntamiento (aunque vayáis tener licencia)a informaros por si hubiera alguna pega con las viviendas o la urbanización que desconozcáis, por ejemplo el alumbrado no es del ayuntamiento, porque la urbanización no está entregada aún a aquel y sino tuvierais luz, como nos ha pasado, vete tú a buscar a los promotores para que te lo arreglen (estarán reunidos como dicen en otros).

Por cierto si pensáis utilizar el GARAJE pedir que nos asfalten las calles definitivamente porque tendréis que estar forzando vuestros propios vehículos para subir el puñetero escalón que nos han dejado tan gentilmente.
 
S
semerecenlacrisisxtres
13/05/2008 19:40
(Para los que tienen aval, otros han firmado el contrato y han ido entregando las cantidades a cuenta sin aval....¡como engaña Miguel)

SEGÚN LA LEY:

El seguro en la compraventa de vivienda y devolución de las cantidades entregadas a cuenta

Las cantidades que Ud. entregue a cuenta de forma periódica, deben ser garantizadas por los promotores de la vivienda mediante seguro o aval.

En los casos en los que la construcción no llegue a iniciarse o no se termine, la constructora estará obligada a devolver dichas cantidades incrementadas, en general, en un 6 % de penalización.

Por ello, asegúrese a la hora de firmar el precontrato de que en el mismo figura este seguro o aval.

Por su parte, el promotor deberá entregarle la póliza individual de este seguro o algún documento que acredite la existencia del aval e información sobre los mismos que también podrá obtener directamente la compañía aseguradora o la financiera, respectivamente. De esta forma podrá conocer cuál es el capital cubierto para su vivienda, la duración de la póliza... etc.

Si la vivienda no llega a construirse o NO ESTA TERMINADA EN EL PLAZO ACORDADO, Ud. puede exigir la devolución de las cantidades entregadas de forma periódica, formulando al promotor una petición o solicitud de devolución.

Realice esta petición de modo que quede constancia de la misma, por ejemplo, por telegrama con acuse de recibo, burofax, o mediante requerimiento notarial.

Si el promotor no contesta a dicha petición, puede dirigirse a la compañía aseguradora o entidad financiera que prestó el aval para solicitar la devolución del capital entregado a cuenta en la compra de su vivienda.

 
S
semerecenlacrisisxtres
13/05/2008 19:23
NO ESCRITUREIS SIN:

LA CEDULA DE HABITABILIDAD

El promotor, finalmente, debe entregarle una "Cédula de Habitabilidad" o "Licencia de Primera Ocupación".

Es un documento administrativo expedido por la Dirección General de la Vivienda en el que se hace constar que el inmueble es apto para su destino, esto es, la vivienda.

Según dicen los de la 1ª fase, escrituraron sin cedula de habitabilidad,
 
S
semerecenlacrisisxtres
13/05/2008 19:14
Al día de hoy, al menos nosotros, no sabemos fecha definitiva de entrega, lo que es cierto y eso lo tengo muy claro no pienso firmar escritura mientras no esté todo en regla y no porque me lo diga Miguel que está todo bien sino que me lo acredite con documentación, porque al firmar escrituras estaríamos aceptando la vivienda según como esté. NO QUEREMOS QUE NOS PASE LO MISMO QUE LES PASÓ A LA PRIMERA FASE.... sin agua, sin luz, sin calefacción y todos los sin... que vengan.
Por cierto las reuniones de Miguel se deben alargar toda la mañana durante todos los dias de lunes a viernes...nunca está.
 
A
ANCA
13/05/2008 08:44
Me dijeron que para finales de mayo, ,principio de junio empezabamos a escriturar... pero viendo la fecha a la que estamos y que todavia no hayan dado señales de vida, me da la sensacion que va para julio. ¿alguien ha conseguido hablar con Miguel para confirmar fecha de entrega definitiva?.
 
S
semerecenlacrisisxtres
10/05/2008 14:27
CSV como la mayoría de los promotores son unos caraduras y Miguel se lleva la palma, está como demostrando que antes de ser promotor ha sido POLITICO y se le da muy bien las buenas palabras y echar la culpa e los demás pero lo cierto y verdad es que después hace lo que le interesa a él como político que es.
 
S
Semerecenlacrisis
06/05/2008 22:59
Hoy ojeando el periódico, (La Tribuna), aparece un anuncio de venta de chalets en Urbanización Don Quijote desde 240.000 con amplias zonas verdes (se deben referir a los pinchos junto a la urbanización) y pistas deportivas ¿cuales?, en fin...
 
N
na03
05/05/2008 13:41
Lo de estos señores, por decir algo, clama al cielo, vaya panda de tahures, solo espero que en la gestoria hagan mejor su trabajo, por que este tema esta claro que les viene grande, Miguel es un profesional de la tomadura de pelo, harto estoy de sus retrasos y de sus justificaciones, nunca es culpa de ellos siempre hay otro al que echarle las culpas.

Querido amigo comprador te sugiero que pases de CSV si no quieres sentirte como un idiota y perder tu tiempo con personajes de esta calaña.

Con el tema de las pistas nos tocara ir de abogados y si no al tiempo, que estos por las buenas no van a hacer nada, pero que las hacen por las buenas o por las malas seguro.
 
A
ANCA
05/05/2008 09:00
yo solo digo, que si se hacen las pistas no es solo para nuestra urbanizacion, sino para todo el pueblo.
Y que segun me dijo Miguel, no las iban a construir si el ayuntamiento no les aseguraban que las iban a mantener.
 
S
semerecenlacrisisxtres
04/05/2008 21:56
Anca, entonces si ellos no las iban a construir, ¿porqué te las venden y las especifican en la publicidad? Muy claro lo pone :"dos pistas de tenis y una de padel". Que es lo que hace CSV vender algo que ellos no van a construir. Que se dejen de tonterias y lo que deben hacer es construirlas que bastante nos cobran ya por los chalet
 
A
ANCA
02/05/2008 08:37
Insito CSV y Sanchez Asesores, son los mismos.Una asesoria/gestoria se ha metido en el tema de la construccion o porque tenian un terreno o porque daba dinero hace un par de años.
Creo que CSV son varios socios, y dos son Miguel y Juan Carlos.
A mi de siempre me han dicho, que el terreno de las pistas es dotacional. Es decir, que ceden el terreno al ayuntamiento por ley para que construyan servicios para la comunidad. No es exclusivo para nosotros.
Segun hable con Miguel, ellos no iban a construir las pistas si el ayuntamiento no les aseguraba que las iban a mantener.
Respecto a la entrega, lo ultimo que me dijeron es para junio... a ver si para septiembre las tenemos.
De todas formas, han fallado en muchas cosas los de CSV...
 
S
semerecenlacrisisxtres
30/04/2008 23:27
No entiendo que CSV siga echando la culpa al Ayuntamiento de las pistas deportivas, nos están tomando por idiotas y lo que están demostrando no es ni más ni menos que lo que son....
Si una promotora vende chalets incluidas pistas de tenis dentro de una urbanización privada ¿cómo es posible que digan que eso le corresponde al Ayuntamiento? ¿en qué municipio se ha visto que se encargue el Ayuntamiento de pistas deportivas dentro de una urbanización privada, si realmente es privada, pues así nos vendieron la moto? ¿dónde está el proyecto para ejecutar las obras de esas pistas o es que sólo existen dibujadas en la publicidad? ¿sabéis algo? ¿os han aclarado algo en el Ayuntamiento?
 
S
Semerecenlacrisis
30/04/2008 17:41
Yo sigo insistiendo, cuando y dónde piensan hacer las pistas deportivas?? cuando les preguntas siempre salen con la excusa del ayutamiento.

Y por cierto, lo del plazo de entrega ya es un cachondeo, y lo de gestoría metida a promotora no sé si es cierto del todo...
 
A
ANCA
27/04/2008 21:53
Teneis mucha razon, cada vez que llamo, o no estan, o estan reunidos o estan con algun cliente.
Es una pena, la verdad es que nos vendieron muy bien la moto, chalet muy cuidados, urbanizacion con instalaciones, pero al final se nota la poca experiencia, profesionalidad de CSV. Una gestoria que se mete a promotor... no es poco que nos entreguen las casas.
 
S
semerecenlacrisisxtres
23/04/2008 22:46
CSV no da la cara, no es posible hablar con ellos,!están ocupados! !están reunidos! Muchas reuniones pero pocas soluciones. Y.........me crispan los nervios!
 
S
semerecenlacrisisxtres
23/04/2008 22:30
Yo estoy hasta las narices de la mentiras de CSV, si tuviera que ser ahora no les compraba ni un chupachu.
 
S
Semerecenlacrisis
23/04/2008 21:48
Por cierto, que pasa con las PISTAS DEPORTIVAS?? yo tengo un triptico en el que se publicitan una pista de padel y una polideportiva. Que no nos tomen el pelo, eso lo tienen que hacer, y si no, se denuncia y punto. Publicidad engañosa. La publicidad en ciertos aspectos como éste tiene validez contractual.
 
N
nambri
23/04/2008 19:41
Bueno, lo que quería deciros...Ahora tenemos el problemas de las farolas. Aún no se cual es la razon pero ya llevamos varias noches sin luz en las FAROLAS.
Tras 2 noches seguidad fuí al ayuntamiento, y aquí me dijeron que como CSV no ha entragado la urbanización que ellos NI son responsable NI pueden hacer nada, que reclamara a CSV. Muy bien, llamo a CSV y ... No puedo hablar con ningún responsable porque no hay nadie...La chica que me atiende toma nota y ya me llamarán, eso si, no me llama nadie.
La BASURA...No sólo hay alguien que se dedica a sacar y tirar las bolsas fuera del cubo... (Una cosa de la que por supueso CSV no por UNA vez no tiene nada que ver)Sino que no pasan todos los días a recogerla y en cuenta viene un poco de viento... ya no están en su sitio. Contestación del ayt. "Tomamos nota".
 
N
nambri
23/04/2008 19:31
Hola a todos! Yo soy uno de los sufridores de la 1ªFase. Ya hemos pasado el no tener luz, ni agua, ni GAS!Y más o menos nos has arreglado los defectos. Pero desde luego que aún seguimos teniendo algunos problemillas...
Por una parte a mi ya me han pasado la factura del gas, y desde luego que ni por parte de Gas Natural o Gas Castilla la mancha, ni por supuesto CSV!!! he recibido ningún tipo de compensación o indemnización por los daños y perjuicios sufridos durante el tiempo que he usado las botella de propano.
Claro que ahora tendria que llamar a CSV por supuesto que Mariam ya no se acordaría de lo que me dijo a primeros de enero "Hasta que sea posible dar de alta el gas vamos a realizar un cambio en la instaláción para que podais usar botellas de propano, máximo 10 días. Todo ello no tendrá ningún gasto para vosotros. El alta con cepsa son 70€,pero no hay ningún problema porque luego gas natural lo descontará" MENTIRA, todo mentira. Tuvimos que pagar el alta con cepsa, cargar con las bottellas...Y luego la odisea hasta que consiguieron arrancar las calederas los de gas natural. No he recibido, no ya una indemnización, sino ni un simple disculpe las molestias.
 

Fin del hilo
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