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NV75
NV75
02/03/2010 19:19

emv

¿Qué condición debe tener nuestra vivienda para pagar el 7% en lugar del 4%?

1.305 lecturas | 4 respuestas
Hola,

creo que no va a servir para mucho, pero he encontrado este link en otro hilo,

que condición tiene nuestra vivienda para que paguemos el 7%, y no el 4%?

www.agenciatributaria.es/wps/portal/Informacion
(si este no lleva directamente probad con el de abajo)

http://www.agenciatributaria.es/wps/portal/Informacion?channel=a78bd78d9d528010VgnVCM10000050f01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=2&img=7

un saludo vecin@s

 
A
atiladba
02/03/2010 19:28
Buenas,

según el enlance:

Los tipos impositivos establecidos actualmente son:

* 7% con carácter general
* 4% cuando se trate de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública.

¿Nos afecta un 4%? no se había comentado que era un 7%?

Salu2"

 

Fin del hilo
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