A día de la fecha es factible que coincidan en el tiempo la apertura de cuenta vivienda y la entrega a cuenta de cantidades al promotor ; pero hay que tener en cuenta que el total de lo que se aporte por ambos conceptos (ingresos en CV + pagos al promotor) no supere la cantidad de 9015 euros, que es el topo máximo por el que podrá deducirse.
En resumen, si usted realiza en el ejercicio 2008 pagos al promotor por importe de 9015 euros o más, no tiene sentido abrir una cuenta vivienda ; en cambio, si el total de los pagos es por una cantidad inferior, la diferencia podrá ingresarla en una CV, a fin de poder desgravarse por el máximo posible en dicho ejercicio.
Ejemplo:
Supongamos que usted hace pagos al promotor en 2008 por un importe total de 6000 euros.
La diferencia hasta 9015 euros (es decir, 3015 euros)podrá ingresarlo en una CV para así poderse desgravar por el máximo.