Entonces en IRPF no declararás un plusvalía sino una minusvalia o lo que antes se denominaba pérdida patrimonial, lo que disminuirá tu base imponible, es decir tendrás que declarar un rendimiento negativo con lo que el año que viene no esperes que mucho pero te devolverá algo más Hacienda en tu declaración del IRPF. Si la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra hubiera sido positiva, a la ganacia obtenida o plusvalía le tendrías que haber aplicado el tipo marginal (el 18% creo) y eso pagarlo en IRPF, vamos que si le ganas 18.000€ pagas a Hacienda 3240€, pero como has perdido, pues lo declaras como minusvalía. Un saludo