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RATIA
23/12/2016 16:29

Me siento engañado, que puedo hacer?

Subrogación o Novación ¿cuál es mejor alternativa?

4.204 lecturas | 5 respuestas
Despues de intentar llevarme mediante subrogación del bbva a la rural, bbva me iguala la oferta vinculante de la rural, en bbva tenia la hipoteca fija al 5.4 e intenté llevarmela a la rural al 1.5 variable, me llama el BBVA diciendo que enervan la oferta y me igualan las condiciones por lo que tendría que firmar con ellos la modificación de la hipoteca y los gastos de notario y de novacion....


No entiendo mucho del tema, saldré beneficiado? Suelen ser altos dichos costos? Con la rural me dijeron que los gastos ascendian sobre los 1500 euros el cambiar la hipoteca de un banco a otro, ahora seran mayores o peores, en unos dias me dicen que volveran a llamar para firmar la novacion.
 
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Dados1971
13/09/2017 14:07

Hola

Quizá sea tarde, pero BBVA debería justificar el motivo por el cual necesitas volver a tasar la vivienda. 

El motivo de los coste elevados de la novación reduciendo el tipo es debido a que si se tasase de nuevo y se aportase la tasación en la escritura de novación, deberías pagar el impuesto cogiendo como base el capital pendiente de pagar (unos 50.000) sumándole la responsabilidad hipotecaria.

En el caso solo se modifique el tipo de interés y NO se incorporase nueva tasación y se mantuviese la tasación inicial (que se empleó cuando otorgaron el préstamo) no tendrías más allá de unos 800 o 1000 €  de gastos (notaría y gestoría, pues los costes de registro los asume BBVA)

En resumen. Que aclaren qué necesidad hay de solicitar nueva tasación, si ello no es necesario, pues ya han enervado la oferta de Caja Rural. 

Espero que estés a tiempo. El Euribor sigue como está y por supuesto no llegará a los 5 puntos. Y si subiese ya estarías más cerca de cancelar.

Por cierto, como recurso de pataleta, puedes preguntarl escómo funciona en BBVA la reclamación de gastos a cargo de la entidad, pare ver qué puedes hacer para reclamar los que tuviste en su día.

Un saludo.

 

 


Editado por Dados1971 13/09/2017 14:18
 
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RATIA
02/01/2017 16:59
Nadie domina este tema?
 
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RATIA
28/12/2016 14:28
Le informamos que ha contactado con el Centro de Información y Atención Tributaria de la Junta de Andalucía, cuya misión se concreta en prestar al ciudadano información tributaria de carácter general sobre la legislación vigente, sin comprometer el análisis de la realidad del supuesto concreto planteado ni prestar asesoramiento jurídico. Por motivos de confidencialidad, este servicio no ofrece información telefónica ni por correo electrónico sobre asuntos concretos de los obligados tributarios, limitándose su función de suministro de información, a la información tributaria de carácter general.

 

Le indicamos que  en relación con el acto de novación de préstamo hipotecario,  de acuerdo  con el 31.2 Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, estarán sujetas a la cuota gradual de la modalidad “actos jurídicos documentados, las primeras copias de escrituras y actas notariales (gravamen variable), cuando se den tres condiciones:

1-Que tengan por objeto cantidad o cosa valuable.

2-Que contengan actos o contratos inscribibles en los Registros de la Propiedad, Mercantil y de la Propiedad Industrial.

3-Que estén no sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ni a Transmisiones Patrimoniales Onerosas ni a Operaciones Societarias.

En cuanto a una posible exención de esta cuota gradual; el artículo 9 de la Ley 2/1994, de 30 de Marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, prevé dicha exención para las escrituras públicas de novación modificativa de préstamos hipotecarios, pactados de común acuerdo entre deudor y acreedor, siempre que el acreedor sea una entidad financiera de las definidas en el artículo 1 de la misma Ley, y la modificación se refiera a las condiciones del tipo de interés, inicialmente pactado o vigente, o a la alteración del plazo del préstamo o a ambas.

Por otra parte, según la Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos V1221/14, la escritura pública que documente la modificación del valor de tasación del inmueble hipotecado estará sujeta a la cuota gradual de actos jurídicos documentados, documentos notariales, del ITPAJD, por concurrir en ella los cuatro requisitos exigidos por el artículo 31.2 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, no siendo aplicable la exención establecida en el artículo 9 de la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.
 
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RATIA
23/12/2016 16:35
Las opciones que veo que me quedan es llevarme la hipoteca a otro banco con todo lo que conlleva (casi 4000€ en gastos) mas todo el problema de cambios de nomina, seguros nuevos vida, hogar, papeleos, domiciliaciones....) o bien invertir mis ahorros en seguir amortizando en tiempo o en capital, ahora mismo con estos 4000 podria rebajar la cuota en 40€ al mes o bien quitarme 1 año y medio de hipoteca. Y mi banco actual lógicamente me asegura que igualara toda oferta ya que como siempre «la banca gana».

Preguntaré en ing a ver que me pueden ofrecer por cambiarla aunque me fastidia estar pillado por todos lados (ya aprendí que la mejor hipoteca es no tener ninguna), y fastidia tener una hipoteca firmada fija al 5.4 desde 2007 (daba seguridad en aquellos tiempos), pero nadie imaginaba un euribor como esta dia de hoy en términos negativos

La gestora de Caja Rural dice que son unos sinvergüenzas los del BBVA y que los denuncie, ya que en mi situación para realizar la novacion con ellos solo tendria que pagar la Comisión de novacion que es del 2%, gestoría y notario, y no una tasación de vivienda y el IAJD ya que en la hipoteca solo se va modificar el interes, sin modificar capital hipotecario o tiempo de amortización

http://www.consultingdms.com/impuest...or-novaciones/

Esta en lo cierto? Debo denunciar al bbva? Lo que encuentro por Internet me confirma lo que me dicen en la caja rural y es que no hay que pagar el IAJD que son casi 2000 euros.


Saludos
 
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RATIA
23/12/2016 16:31

La odisea continua.... no esperaba menos de estos HP de BBVA...

Ahora me piden tasación mas pago de impuesto (3600 euros en total) antes me pedian 1500, por la penalizacion de novacion gastos de notaria y gestoria
O lo que es igual hacer la novacion me sale igual que cancelar e irme a otro banco, ya les dije de todo ya que la tasacion y pago de impuestos no es obligatorio para la novacion, pero se agarran a que cuando compré el piso a la promotora en contruccion no se hizo tasacion...

Ahora las opciones son:
- quedarme como estoy con el interes fijo al 5.4%
- novacion y pagar 3600 por pasar el interes al 1.25 + euribor.
- cancelación y pagar 3600 por irme a otro banco y sacar la hipoteca variable.

Cambiar condiciones me interesa ya que me ahorro 100€ al mes, pero y si cambia el euribor... no siempre va a estar como lo esta ahora...

Me han dejado claro que toda subrogación la van a volver a igualar.

Me quedan 12 años de hipoteca y 53000 euros de los 100.000 originales, estoy quedarme como estoy e ur amortizando 10.000 cada año y que les jodan por usureros
 

Fin del hilo
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