Hola bueno la verdad es que contestar a todas las preguntas es un poco complicado y no se si me explicaré bien. Bien en primer lugar , las VPO también llevan el Impuesto de Actos Jurídicos documentados porque este impuesto se aplica por hacerlo en documento público, bueno ya sabeis al tener que ahcerlo un notario, en papel timbrado o papel oficial pues es lo que grava. Los gastos de notaría suelen ser unos 300€, 250 de gestoría, 300 más si hay que hacer tasación, y el impuesto de actos jurídicos documentados, alrededor de unos 1700€ esto por la constitución de la hipoteca. Además hay que tener en cuenta, que eso es solo para la escritura de la hipoteca, con lo que al tener que hacer también una escritura de compraventa, hay que pagar los mismos gastos de notaría y gestoría, más el 7% de IVA en el caso de ser primera transmisión. Si es segunda y ulteior transmisión, entonces viene gravado por el impuesto de transmisiones patrimoniales que por norma general es un 6% del valor real del bien. Pero claro, siempre que va en documento notarial pues también se paga actos jurídicos documentados pero sólo la parte fija que son 0´30€ por pliego o 0´15€ por folio, ya que de la parte variable de actos jurídicos documentados (0´50% del valor del bien) se está exento ya que ya se ha gravado por transmisones patrimoniales onerosas. En cuanto a la subrogación hay menos gastos lógicamente, porque la hipoteca está constituida y la escritura de esa hipoteca etc.. ya está hecha y gravada, sólo hay ue pagar gastos de notaría y gestoría y el impuesto correspondiente al papel oficial, pero suelen ser unos gastos de entre 500€ y 800€ aproximadamente, además se ahorra los 300€ aprox de tasación. En cuanto subrogar y luego ampliara para gastos y tal, no suele salir muy rentable a no ser que necesites bastante dinero, porque por la ampliación, aunque sea por 1.000€ para gastso como poco te van a cobrar 580€ más y luego va aumentando según pidas más, según escalas.Por eso hay que mirar si interesa subrogar o no, dependiendo de las condiciones. Si vas al 80% del valor de tasación y tu endeudamiento no es muy alto pues puedes conseguir muy buenas condiciones y te puede merecer la pena no subrogar y constitutir una nueva,sobretodo si hay que ampliar la del promotor, pero si realmente no mejora mucho o no se necesita más dinero pues es mejro subrogar. Un saludo