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D
Dreams
19/04/2007 18:00

Hipotecas

¿Cuáles son las condiciones de subrogación en Banesto para septiembre?

7.622 lecturas | 74 respuestas
Tal y como cómenta Benisamar yo también estuve en Banesto aprovechando las fiestas de pascua,los de la fase S nos ha tocado este banco,también me hablaron de fecha aproximada Septiembre y me dierón estas condiciones aproximadas de subrogación en esta fecha(abril 07):

Ejemplo Importe prestamo aprox.......190000 euros
Total gastos aprox con subrogación..........2800 euros
Total gastos aprox sin subrogación..........7800 euros
Tipo inicial :Resultante
Tipo intereses:Euribor+0.75%(con bonificaciones nóminas,seguro hogar,vida,tarjetas hasta 0.50%)
Comisión estudio:0%
Comisión cancelación anticipada:0%
Comisión cancelación total: 1%
Yo intentaré sondear más presupuestos en diferentes bancos pero la deducción por subrogación es importante.

Espero haber aportado información que os haga reflexionar esta noche en la cama...Esto, ya esta aquí!!!!!!


 
S
Sacaribe
03/11/2007 10:52
Tengo entendido que la única "subrogación" posible es en la hipoteca promotor.

Si no nos subrogamos en ella, no somos titulares y por tanto no la podemos pasar a otro banco.

Ir a otro banco significa pedir una hipoteca completamente nueva. Situación esta que puede ser muy conveniente.

Tened en cuenta que los tipos que los bancos ofrecen a la baja están vinculados a la contratación de productos, domiciliación de nóminas, recibos,seguros de vida, hogar, etc... y que esas vinculaciones se comprueban al menos cada vez que hay que hacer un ajuste de tipos.

En el caso de no mantenerlas el banco automáticamente incrementará el tipo de interés en la misma proporción en que se rebajó por cada producto a la hora de contratar.

Esto significa una atadura que debe durar toda la vida del préstamo, nos convenga en un futuro o no.

Los impuestos adicionales a pagar en caso de contratar un ptmo. en bancos diferentes a los de Fadesa no son tan elevados, pueden compensarse con mejores condiciones en cuanto a tipos de referencia, plazos, carencia, etc...y sin tener que gastar en seguros nuevos ni comprometernos en exclusiva durante 30 años con una entidad financiera y su compañia de seguros.

Hay entidades bancarias que ofrecen euribor + 0,40% hasta el 100% de tasacion, hasta 50 años y SIN NINGUN TIPO DE VINCULACION, SEGUROS,NOMINAS,ETC...

Con respecto al impuesto sobre AJD EL TIPO A APLICAR SIEMPRE ES EL 1% SOBRE EL IMPORTE FIJADO COMO GARANTIA HIPOTECARIA, ES DECIR EL PRINCIPAL DEL PRESTAMO MAS LOS IMPORTES DE COBERTURA SOBRE INTERESES, ETC. (RESPONSABILIDAD HIPOTECARIA).

En escritura de compra-venta se paga además el 0,1% sobre el importe de la venta SIN IVA.

Saludos.
 

Fin del hilo
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