Por favor, a ver si alguien me puede tranquilizar: sabemos que Martinsa Fadesa está en suspensión de pagos, como MarPlus es su filial, al haber concurso de acreedores es posible que no se conceda la calificación definitiva y en consecuencia no nos entregarian las llaves. ¿Alguien puede aclararmelo?
Habiendo judicialmente admitido concurso de acreedores voluntario (no forzado, que sería peor) NO SE PUEDE CONCEDER LA CALIFICACIÓN DEFINITIVA. Al menos el plan para salir de éste debe ser aprobado, para que judicialmente no se considere concurso de acreedores, aunque el plan propuesto por Matinsa Fadesa prevé saldar todas sus deudas para el 2017. Lo importante es saber si oficialmente está o no en concurso, puesto que si lo está pueden pasar años para entregar. En el PROP el abogado me dijo, sin querer concretar los problemas, que es un riesgo comprar así.
Yo he buscado en google información actual del concurso de acreedores, he encontrado bastante, pero las más significativas son: afectados-martin-safadesa.com y sobre todo muy importante
http://www.cotizalia.com/repositorio/indice.asp?etiqueta=%20Martinsa de ELPAÍS.com de este mes de mayo. Dice así:
IMPORTANTE Martinsa prevé firmar el acuerdo de pago a acreedores y salir de concurso en 2009.
ELPAÍS.com / EP Madrid- 04/05/2009 21:29h
Martinsa Fadesa prevé firmar "dentro de 2009" un convenio de pago a sus acreedores de la deuda de unos 7.000 millones de euros que acumula la inmobiliaria, lo que supondría superar la situación de concurso de acreedores.
En virtud de la propuesta de convenio de acreedores presentada, y ya admitida por el juez, la compañía controlada y presidida por Fernando Martín pagará más de la mitad (el 58%) de su deuda a partir de 2015, según consta en el informe de auditoría de la inmobiliaria correspondiente a 2008, remitido hoy a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Martinsa propone pagar su deuda íntegra, sin quita, pero durante un periodo de ocho años (entre 2010 y 2017, ambos inclusive). La compañía ya cuenta con el visto bueno del Ministerio Economía para extender los pagos más allá del máximo de cinco años previsto en la Ley Concursal.
De hecho, el grueso de las deudas se saldarían a partir del sexto año, esto es, desde 2015. En concreto, en 2010 abonará el 2% de la deuda, otro 3% en 2011, un 7% en 2012, el 12% en 2013 y el 18% en 2014. Así en los cinco primeros años pagaría un 42%. Posteriormente, en 2015 se abonaría un 25%, otros 25% en 2016 y el 8% restante en 2017.
En caso de cumplir con este objetivo de lograr un acuerdo con los acreedores en 2009, el concurso de Martinsa se resolvería así en un plazo de un año y medio, pese a constituir la mayor suspensión de pagos de la historia, en buena medida gracias a la reforma de la Ley Concursal aprobada recientemente por el Gobierno.
En virtud de esta reforma, el juez puede resolver por escrito, y no mediante vistas como hasta ahora, las impugnaciones presentadas al informe que la administración concursal realiza sobre la empresa.
Además, la nueva norma permite que en los grandes concursos (aquellos que cuentan con más de 300 acreedores) la votación de la propuesta de convenio que realice la empresa para pagar sus deudas se realice por escrito en un plazo establecido en vez de mediante la celebración de una junta de acreedores.
En el caso del grupo inmobiliario que controla y preside Fernando Martín, el Juzgado de Mercantil de A Coruña espera cerrar el próximo mes de septiembre la fase común del proceso. Esta fase concluye con la resolución de las incidencias e impugnaciones presentadas al informe concursal, más de 800 en el caso de Martinsa.
En la actualidad, este juzgado ha resuelto ya unas 300 impugnaciones, según apuntó recientemte una de las admnistradoras concursales de Martinsa, Antonia Magdaleno.
Tras la conclusión de la fase común, se abre la de convenio, en que los acreedores de la inmobiliaria deberán votar la propuesta de pagos realizada por la compañía, que ya ha sido admitida a trámite por el juez.
Según la Ley Concursal, una vez que los acreedores ratifiquen la propuesta de convenio la empresa supera judicialmente la fase de suspensión de pagos, aunque la liquidación de las deudas se extienda después durante varios años.
Me preocupa la información de
http://www.cotizalia.com/repositorio/indice.asp?etiqueta=%20Martinsa puesto que la superación judicial de la fase de suspension de pagos en septiembre es imprescindible para la resolución de la fase común del proceso (más de 800 impugnaciones)y posteriormente se debe superar la fase de convenio, en la que los acreedores votaran, siendo imprescindible e impredecible que se ratifique la propuesta del pago de deudas hasta 2017. Si esto sale así !perfecto! no habrá ningún problema, pero si las fases a partir de septiembre de 2009 fallaran, entonces se estaria judicialmente en concurso de acreedores, no se concedería la calificación definitiva y no habría entrega de llaves !ojala no pase esto! si alguien puede darme informacion (externa a Matina Fadesa, puesto que es parte implicada)información tranquilizadora respecto a este problema lo agradecería. En el prop me dijeron que es posible tener problemas. Un saludo