Muy buenas,
En nuestro caso, al realizar la declaración de desperfectos de la nueva vivienda apuntamos que la cerradura y el marco de la puerta de acceso estaba deformada y rota.
Al llegar esta declaración a la constructora, tras ver estos daños, y teniendo en cuenta que existe otra declaración de desperfectos hecha con anterioridad por otro adjudicatario (que finalmente no adquirió la vivienda) en la que no se observaron ninguno de esos daños obvios a la puerta de acceso, nos han comunicado que no les corresponde a ellos el arreglo de estos daños por no tratarse de un defecto con origen de obra, sino que consideran que se ha producido por un intento de forzado de la puerta en el tiempo que pasó desde la primera a la segunda declaración.
Ante esto, ¿cuál sería el siguiente paso por nuestra parte para reclamar ese arreglo? ¿A quién le corresponde pagar por esos daños?
Muchas gracias