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Y
yo123321
16/01/2020 13:31

Lo único que puedo decir es que presente un recurso y aún espero respuesta

 

 
Tomas_Berengeno
Tomas_Berengeno
16/01/2020 11:14

¿Sabéis si ya han empezado a despachar recetas?…

¿Sabéis si ya ha habido alguna solicitud de baja de algún vado?…

¿Sabéis si el Mesías ha entendido ya las consecuencias de su genial idea?… ¿se lo han explicado?… ¿con dibujitos y todo eso?… ¿sí?… ¡¡¡anda ya!!!

 
fye
fye
23/12/2019 22:02

fye dijo:
Visto lo visto, además de presentar alegaciones, he presentado una petición al defensor del pueblo...

Finalment el defensor del pueblo me ha contestado y me ha pedido que lo solite por escrito a la Dirección General de Tráfico y en caso de no recibir respuesta, que les remita el escrito.

Así que ya está hecho. Si a alguien le interesa puede enviarlo desde la web de la dgt.

 
ushuaia
ushuaia
12/12/2019 23:48

molaparacuellos dijo:

Cita:

LuisRugby, entiendo que tu nick se debe a la afición por este noble deporte, de verdad, flaco favor estás haciendo a este colectivo, les dejas con tus intervenciones a la altura del betún.

En primer lugar, molaparacuellos, pedirte disculpas por cambiar tu mensaje de hilo pero es evidente que el personaje en cuestión crea un hilo nuevo cada día para evitar que se hable de temas mucho más trascendentales e importantes que no les convienen fomentar y de ahí que no quiera contribuir a seguirles el rollo.

Como ves por su inagotable e incontrolable verborrea el personaje en cuestión ya entró en bucle hace tiempo y no procesará más información de la que trae programada por defecto en el sistema.

Por mi parte, y como amante de tan noble deporte, agradezco y entiendo tus comentarios sobre lo inapropiado de su nick pero estoy completamente seguro de que la persona que se oculta detrás de ese TENDENCIOSO nick sabe perfectamente lo que hace, lo que escribe, y sobre todo lo que quiere hacer creer a la gente.

Siguiendo el procedimiento habitual el sujeto en cuestión se muestra muy participativo en hilos creados por sus alter egos o crea múltiples y variados  hilos relacionados con política al tiempo que no duda en participar en todos ellos con idéntica vehemencia para, casualmente, aportar su granito de arena a la causa.

Son ya muchos años de ver aparecer y desaparecer a este tipo de personajes y te garantizo que su comportamiento es siempre el mismo, nacen, crecen, se reproducen y MUEREN.

Unos porque NO SABEN, otros porque NO PUEDEN, muchos porque NO DAN MÁS DE SÍ, los más longevos porque tarde o temprano acaban por hablar más de la cuenta y METIENDO LA PATA  y la gran mayoría porque terminan ahogados en su propia bilis por simple y pura ESTUPIDEZ.

Lo dicho, en un tiempo no muy lejano nos abandonará y creará otro personaje para seguir difundiendo el mensaje que al fin y al cabo es para lo que le pagan. 

Mientras tanto, problemas como el de la fuura ley de vados y sus consecuencias nos seguirán afectando directamente.

Un saludo.

PD. Ahh, espera que ya te lo digo yo para ahorrarles las retahíla de siempre: ushuaia, Sebastián, ex vicepresidente de ICxP, etc, etc, 

 

 
pimpoworld
pimpoworld
25/11/2019 10:09

ushuaia dijo:

Hola Pimpoworld.

Entiendo lo que quieres decir pero por esa misma regla de tres cada mañana el Equipo de Gobierno (que no el Consistorio) estaría  supuestamente prevaricando al no aplicar las leyes que prohíben el estacionamiento de vehículos sobre los pasos de peatones, sobre las aceras, en las rotondas, la doble y triple fila, etc,etc. y todo esto con el beneplácito y consentimiento de la policía local, y por extensión de su jefe el Concejal de Seguridad, y por extensión del Alcalde, y por extensión….haciendo caso omiso de las leyes.

Pues en ese caso, estás en tu derecho en pedir el nº de placa al agente que no está haciendo cumplir la ley y ponerle una denuncia en la comisaría/juzgado más cercano.

 
fye
fye
23/11/2019 11:48

yo123321 dijo:
Cuidadito al presentar las alegaciones porque tiene que ser por medio de Registro general, y para cualquier gestión de este tipo, mínimo una hora                     Por vía telematicamente es imposible presentar alegaciones

Pues yo las he presentado telemáticamente sin ningún problema.

 
ushuaia
ushuaia
20/11/2019 23:57
Cita:

Y a este ejemplo anterior le podrían seguir decenas de situaciones cotidianas en los que la ley, A PESAR DE EXISTIR IGUALMENTE QUE EN EL CASO QUE NOS OCUPA, no se aplica por motivos de impopularidad, de dejadez o por “vaya usted a saber” que motivo.

Upps, creo que este “de” me sobraba, que luego me tiran de las orejas y con toda la razón cheeky.

 

 
ushuaia
ushuaia
20/11/2019 23:49

medicinco dijo:

Cita:

Entonces, ¿si queremos aparcar en nuestro vado tenemos que cancelarlo y dejar de pagar?

Pues aquí se abre un debate interesante porque si la medida se pone en marcha definitivamente es muy posible que muchos vecinos se planteen esta posibilidad generando un conflicto de intereses entre vecinos Vs Ayuntamiento donde antes solo existía una situación de plena normalidad.

Desconozco quien habrá sido el “iluminado” que ha dado pie a la medida pero posiblemente no haya calculado bien sus posibles repercusiones.

Cita:

¿han puesto multas a alguien por aparcar en su propio vado?

No, el Equipo de Gobierno presentó un punto de pleno que fue aprobado con los votos a favor de todos los partidos salvo de ICxP.

Ahora el período de alegaciones está abierto hasta el día 26 del presente mes.

Si las alegaciones se tienen en cuenta podrían dejar el punto sobre la mesa y olvidarse del asunto.

Si son rechazadas lo previsible será que vuelvan a llevar el punto al pleno para su aprobación definitiva y sería a partir de esa fecha cuando podrían multar.

Y ojo, llegados a este último punto ya no habrá vuelta atrás así que por mucho que “despotriquemos” a posteriori la medida ya no tendrá camino de retorno incluso para un futuro gobierno que lo quisiera rectificar. 

A tiempo están de enmendar el error y aplicar simplemente un poco el sentido común y a tiempo están los vecinos afectados de reflexionar.

Un saludo.

 
josele3c
josele3c
20/11/2019 23:46

ushuaia dijo:

 detrás de esta medida existe algún interés particular para alguien que va más allá del simple y espontaneo deseo de cumplir escrupulosamente con todas las leyes escritas y no cumplidas.

Se admiten apuestas.

Un saludo.

+1. Tengo en mente a 2-3 candidatos del mismo equipo que tienen muchas papeletas.


Editado por josele3c 20/11/2019 23:48
 
ushuaia
ushuaia
20/11/2019 23:33

Hola Pimpoworld.

Entiendo lo que quieres decir pero por esa misma regla de tres cada mañana el Equipo de Gobierno (que no el Consistorio) estaría  supuestamente prevaricando al no aplicar las leyes que prohíben el estacionamiento de vehículos sobre los pasos de peatones, sobre las aceras, en las rotondas, la doble y triple fila, etc,etc. y todo esto con el beneplácito y consentimiento de la policía local, y por extensión de su jefe el Concejal de Seguridad, y por extensión del Alcalde, y por extensión….haciendo caso omiso de las leyes.

Y a este ejemplo anterior le podrían seguir decenas de situaciones cotidianas en los que la ley, A PESAR DE EXISTIR IGUALMENTE QUE EN EL CASO QUE NOS OCUPA, no se aplica por motivos de impopularidad, de dejadez o por “vaya usted a saber” que motivo.

El trasfondo de esta decisión es algo que de momento se me escapa pero estoy seguro de que detrás de esta medida existe algún interés particular para alguien que va más allá del simple y espontaneo deseo de cumplir escrupulosamente con todas las leyes escritas y no cumplidas.

Se admiten apuestas.

Un saludo.

 
K
Koala68
20/11/2019 16:12

ferbar dijo:

Buenos días,

 

Vaya por delante que me voy a basar en lo que en este hilo se ha ido exponiendo. No tengo tiempo para investigaciones de este tipo.

 

Centrado en el debate de la legalidad o no (sin valorar la conveniencia/oprtunidad), aquí se han ido sacando varias normas y decretos (extractos), en uno pone que nadie puede aparcar en el vado, ni el que lo paga (el decreto de rango superior) y por otro lado ha salido otro ¿decreto/norma/ley? que dice que es competencia de los ayuntamientos legislar a este respecto.

 

¿Podría ser que el real decreto estubiera invadiendo competencias que no le corersponden por lo que no sería válido?. ¿Podría ser que por eso hay muchos ayuntamientos que regulan el aparcamiento en el propio vado y ninguno está denunciado?.

 

Es solo una reflexión, porque parece que hay quien lo tiene muy claro, pero yo, con lo leído aquí, no lo tengo tan claro. Si hay algún abogado o experto en leyes que pueda aclararnos si prevalece el real decreto aunque invada competencias que no le corresponden sería de agradecer.

 

Un saludo

 

Buena reflexion, pues si, es cierto, cabe esa posibilidad. Mirando, no ya las leyes de trafico en si, sino tambien la de competencias en materia de trafico, aparece lo siguiente:

Real Decreto-Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, cuyo articulado del 4 al 7 se ocupa de efectuar el reparto de competencias entre Adminsitracion General del Estado, Ministerio del Interior y Municipios:

Art 7 Le corresponde a los Municipios: (Punto 2): La regulación mediante ordenanza municipal de circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer su integración social.

Dice que el ayuntamiento tiene la potestad para regular el uso de la vía urbana y el uso peatonal de las calles, con lo que es posible que pueda regular como autorizar el uso privativo de la acera publica (vado)

Pero por otro lado, tambien dice que tiene potestad para establecer las medidas de estacionamiento limitado. Como lo de estacionamiento limitado lo menciona expresamente, sin referirse a otros tipos de estacionamiento, no se si tendria tambien la potestad de establecer medidas de estacionamiento permanente, que seria lo de autorizar a aparcar siempre y no solo de manera limitada delante del vado de uno.

Alguno dirá que al mencionar el aparcamiento de los minusvalidos, este es permanente y sin embargo está contemplado. Aunque tenga razon en eso, para un resevado de minusvalidos no hay titular, sino que puede ser usado por cualquier minusvalido con la correspondiente tarjeta acreditativa. Es decir, no hay un uso privativo, sino un uso comun a un colectivo determinado.

¿Si se hiciera lo mismo con el vado, para que no sea privativo, podrian tener acceso a aparcar delante de el a cualquiera que tenga la tarjeta autorizante de aparcar en vado? Eso no funcionaría. ya que tendriamos garajes bloqueados por potenciales desconocidos.

(Vaya pajas mentales me acabo haciendo y que complicado es esto de la interpretacion de las leyes!  jajaja!)

Asi que si como dices @ferbar, si algun abogado experto nos lo pudiera aclarar, mejor que mejor!


Editado por Koala68 20/11/2019 16:14


Editado por Koala68 20/11/2019 16:15
 
F
ferbar
20/11/2019 12:58

Buenos días,

 

Vaya por delante que me voy a basar en lo que en este hilo se ha ido exponiendo. No tengo tiempo para investigaciones de este tipo.

 

Centrado en el debate de la legalidad o no (sin valorar la conveniencia/oprtunidad), aquí se han ido sacando varias normas y decretos (extractos), en uno pone que nadie puede aparcar en el vado, ni el que lo paga (el decreto de rango superior) y por otro lado ha salido otro ¿decreto/norma/ley? que dice que es competencia de los ayuntamientos legislar a este respecto.

 

¿Podría ser que el real decreto estubiera invadiendo competencias que no le corersponden por lo que no sería válido?. ¿Podría ser que por eso hay muchos ayuntamientos que regulan el aparcamiento en el propio vado y ninguno está denunciado?.

 

Es solo una reflexión, porque parece que hay quien lo tiene muy claro, pero yo, con lo leído aquí, no lo tengo tan claro. Si hay algún abogado o experto en leyes que pueda aclararnos si prevalece el real decreto aunque invada competencias que no le corresponden sería de agradecer.

 

Un saludo

 
Y
yo123321
20/11/2019 12:05

Cuidadito al presentar las alegaciones porque tiene que ser por medio de Registro general, y para cualquier gestión de este tipo, mínimo una hora                     Por vía telematicamente es imposible presentar alegaciones

 

 

 

 
M
medicinco
20/11/2019 12:00

Entonces, ¿si queremos aparcar en nuestro vado tenemos que cancelarlo y dejar de pagar?

¿han puesto multas a alguien por aparcar en su propio vado?

 
K
Koala68
20/11/2019 09:41

jouymj4xxx dijo:

jouymj4xxx dijo:

jouymj4xxx dijo:

En torrejón, artículo 2 de la Ordenanza.

Artículo 2. Hecho Imponible. 

Constituye el hecho imponible de la tasa el aprovechamiento especial que consiste en la entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamientos particulares y aparcamientos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, especificado en las tarifas de la siguiente Ordenanza. 

Nota: Se aplicará la tarifa primera regulada en esta Ordenanza a las reservas autorizadas para estacionamiento a los propietarios de viviendas unifamiliares frente a los garajes de las mismas para un vehículo de su titularidad siempre que la zona en la que se encuentre dicho vado se permita el estacionamiento y previos los informes técnicos favorables de las Concejalías con competencias afectadas. Una vez obtenida la autorización se entregará la acreditación que identifique el número de placa y la matrícula del vehículo autorizado. Independientemente de la obtención o no de la autorización anterior, permanece la obligación de satisfacer la cuota por el vado. 

Repito, en Torrejón de Ardoz, gobernado por el PP.

Repito, Torrejón y varios municipios lo hacen, quizás se tenga que modificar la Ley, que supongo que no será la primera vez ni la última que se hace.

El que muchos hagan algo mal, no significa que esté bien. La ley es la ley, nos guste o no y las instituciones tienen obligacion no solo de cumplirlas, sino de hacerlas cumplir.

Precisamente, en España tenemos el patio como lo tenemos porque unos cargos electos ni cumplen, ni hacen cumplir la ley en Cataluña, lo que hace que se les tenga que acabar inhabilitando, cesando por instancias del gobierno central amparado en la legislacion magna, que es la Constitucion.

Si la ley no es buena, necesitará ser cambiada y para ellos habra que seguir los cauces reglados para ello, pero mientras siga en vigor la actual, tendra que ser respetada por todos, mal que nos pese.

Me encantaria que se cambiase la ley, pues me parece que permitir aparcar en tu propio vado, debe de ser algo que pueda regular el ayuntamiento de manera legal.

Y para cambiar dicha ley hay varios canales. Desde los partidos politicos locales, pueden pedir que sus organos nacionales, o desde el gobierno si son del partido que gobierna, propongan dicho cambio en el congreso y senado via una iniciativa legislativa.

Por otro lado, los ciudadanos tambien pueden perdirlo directamente via una Iniciativa legislativa popular, sumando el numero necesario de firmas, que tambien está delimitado por ley. Esto es un derecho amparado por la Constitucion.

Para modificar una ley nacional, se necesita recabar 500.000 firmas para que se pueda aceptar a tramite en el Congreso, que evaluara si es admisible o no (no se pueden presentar iniciativas de ley que sean contrarias a la Constitucion o sobre ciertas leyes, como la Ley General Tributaria, la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley sobre el IRPF, la Ley del IVA.

Si es admitida, entonces el Congreso lo debatira y finalmente lo aprobará o no. Si es admitida, el Estado resarcirá los gastos incurridos en la recoleccion de las firmas a los organizadores de la iniciativa legislativa.

¿Qué todo esto es un camino endemoniado para conseguir cambiar un articulito de la actual ley de trafico? Pues si, pero es la manera de hacerlo, con lo cual, veo dificil que se cambie.

No se si habrá otras formulas legales para poder seguir permitiendo que se pueda aparcar delante de la puerta de tu propio garaje. Igual hay que anular los vados y crear zonas de aparcamiento restringido en los metros de la entrada del garaje bajo pago de una tasa que sustituya la del vado, pues esto si puede regularlo el ayuntamiento de manera legal. Pero por otro lado, eso no cubriría el problema del uso privativo de via publica (acera) para acceder de la calzada al garaje. No se, complicado, pero los expertos en legislación igual encuentran una formula admisible.

Lo que si está claro es que si hay vado como tal, no puede aparcar nadie y que el ayuntamiento no tiene potestad para modificar esto mientras la actual ley siga en vigor y el vado sea vado.

Lo dicho, complicado...!

 
J
jouymj4xxx
20/11/2019 09:09

jouymj4xxx dijo:

jouymj4xxx dijo:

En torrejón, artículo 2 de la Ordenanza.

Artículo 2. Hecho Imponible. 

Constituye el hecho imponible de la tasa el aprovechamiento especial que consiste en la entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamientos particulares y aparcamientos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, especificado en las tarifas de la siguiente Ordenanza. 

Nota: Se aplicará la tarifa primera regulada en esta Ordenanza a las reservas autorizadas para estacionamiento a los propietarios de viviendas unifamiliares frente a los garajes de las mismas para un vehículo de su titularidad siempre que la zona en la que se encuentre dicho vado se permita el estacionamiento y previos los informes técnicos favorables de las Concejalías con competencias afectadas. Una vez obtenida la autorización se entregará la acreditación que identifique el número de placa y la matrícula del vehículo autorizado. Independientemente de la obtención o no de la autorización anterior, permanece la obligación de satisfacer la cuota por el vado. 

Repito, en Torrejón de Ardoz, gobernado por el PP.

Repito, Torrejón y varios municipios lo hacen, quizás se tenga que modificar la Ley, que supongo que no será la primera vez ni la última que se hace.

 
pimpoworld
pimpoworld
20/11/2019 08:58

No estoy muy puesto en leyes, y vaya por delante que estoy en total desacuerdo con que no se pueda aparcar delante de tu vado en este caso por el poco espacio de aparcamiento que quedaría en muchas zonas de Paracuellos, pero: ¿no estaría incurriendo el consistorio en prevaricación si no aplica las leyes?
 

 
josele3c
josele3c
19/11/2019 20:20

Icaro2000 dijo:
Que es un concejal por Dios, menudos delirios de grandeza. Un concejal u otro cargo electo tiene obligación de aplicar la ley. Por eso se juran los cargos. Si quiere cambiar un Decreto Legislativo porque no le viene bien, es legítimo pero ha de seguir los cauces especificados para ello. Mientras eso no ocurra tiene obligación de cumplir la ley, y si no le gusta, debe dejar el cargo.

Nadie habla de cambiar ningún decreto legislativo pero ya que lo mencionas me gustaría que expusieras cuáles son los cauces especificados para que un concejal pueda cambiar un Decreto Legislativo. 

 
I
Icaro2000
19/11/2019 18:57
Que es un concejal por Dios, menudos delirios de grandeza. Un concejal u otro cargo electo tiene obligación de aplicar la ley. Por eso se juran los cargos. Si quiere cambiar un Decreto Legislativo porque no le viene bien, es legítimo pero ha de seguir los cauces especificados para ello.
Mientras eso no ocurra tiene obligación de cumplir la ley, y si no le gusta, debe dejar el cargo.
 
ushuaia
ushuaia
19/11/2019 18:11

Icaro2000 dijo:

Cita:

Cómo es posible que un concejal esté pidiendo o haciendo alegaciones que vayan en contra de la legislación vigente. No me lo explico.

Si, entiendo que te cueste encontrar una explicación, es normal.

Según tu filosofía los Concejales deberían de ser entes superiores ajenos a todo contacto con la realidad y afanarse en legislar aunque no tengan ni idea de porqué y para qué hacerlo.

Según la filosofía de jouymj4xxx los Concejales deben de trabajar para mejorar la vida de los vecinos y no para dificultarla aplicando leyes absurdas e innecesarias.

Como ves son dos puntos de vista muy distintos pero ambos respetables ¿o no?.

Un saludo.

 
ushuaia
ushuaia
19/11/2019 18:08

Hola.

A juzgar por algunos de los comentarios que aquí se han escrito parece que la fórmula de “Sostenella y no enmendalla” se ha convertido en el modus operandi preferido para un nuevo Equipo de Gobierno que hasta el momento solo ha demostrado su capacidad para rescatar leyes que generen conflictos en lugar de hacerlo para facilitar y mejorar la vida de los vecinos de Paracuellos.

Conociendo la extrema soberbia que atesoran algunos de los integrantes de dicho equipo estoy prácticamente seguro de que las alegaciones serán rechazadas sin tan siquiera ser valoradas lo cual no significa que los vecinos debamos renunciar a este derecho para dejarles claro que muchos de nosotros no estamos en absoluto de acuerdo con tan inoportuna y absurda medida.

En este sentido hace unos días preparé unas alegaciones que me disponía a presentar y compartir por este medio pero conversando a pie de calle con un vecino afectado me propuso trabajar en otro borrador más elaborado aportando datos que a buen seguro resultarán muy útiles para entender cual será la repercusión negativa que tendrá su aplicación.

Igual si los que defienden a capa y espada la legalidad de la medida fueran conscientes del gran trastorno y el nulo beneficio que tendrá para los vecinos se cuestionarían su validez o al menos su idoneidad lo cual no sería eximente para que siguieran ilustrándonos con sus profundos conocimientos sobre las leyes Vs ordenanzas locales.

Espero que en breve podamos compartir esas alegaciones aquí mismo e incluso en RRSS para que todo el mundo pueda disponer de ellas y presentarlas antes del próximo día 26 que es cuando espira el plazo.

Un saludo.

 
J
jouymj4xxx
19/11/2019 13:15

jouymj4xxx dijo:

En torrejón, artículo 2 de la Ordenanza.

Artículo 2. Hecho Imponible. 

Constituye el hecho imponible de la tasa el aprovechamiento especial que consiste en la entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamientos particulares y aparcamientos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, especificado en las tarifas de la siguiente Ordenanza. 

Nota: Se aplicará la tarifa primera regulada en esta Ordenanza a las reservas autorizadas para estacionamiento a los propietarios de viviendas unifamiliares frente a los garajes de las mismas para un vehículo de su titularidad siempre que la zona en la que se encuentre dicho vado se permita el estacionamiento y previos los informes técnicos favorables de las Concejalías con competencias afectadas. Una vez obtenida la autorización se entregará la acreditación que identifique el número de placa y la matrícula del vehículo autorizado. Independientemente de la obtención o no de la autorización anterior, permanece la obligación de satisfacer la cuota por el vado. 

Repito, en Torrejón de Ardoz, gobernado por el PP.

 
fye
fye
19/11/2019 08:54

Icaro2000 dijo:
Vete, vete que ya verás las risas en el defensor del pueblo cuando le digas lo injusto que es no poder aparcar en el Vado jaaaaaaajajajjajajaja. Qué pena no verlo.

Quien sabe, como da la casualidad que las normas las hacemos personas y no estamos exentas de hacerlas mal (por ejemplo la ordenanza actual, que va en contra de una ley superior y pasó los mismos trámites que está pasando ésta modificación y quedó aprobada), lo mismo al leerlo el Defensor del Pueblo, decide pasar el RD a quien legisla, para que lo modifique.

 
I
Icaro2000
18/11/2019 10:41
Vete, vete que ya verás las risas en el defensor del pueblo cuando le digas lo injusto que es no poder aparcar en el Vado jaaaaaaajajajjajajaja. Qué pena no verlo.
 
Y
yo123321
17/11/2019 13:39

Tiene leche la cosa, que haya que recurrir al Defensor del Pueblo para que estos eruditos vean la necesidad de no tocar ciertos temas

Por cierto que también he presentado alegaciones

 
fye
fye
17/11/2019 12:54

Visto lo visto, además de presentar alegaciones, he presentado una petición al defensor del pueblo en la página https://www.defensordelpueblo.es/tu-queja/01-description/ con el siguiente texto:

Quiero presentar una queja porque....
Según el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en su "Artículo
40. Prohibiciones", dice que queda prohibido estacionar delante de los vados señalizados
correctamente.
Entendiendo que el Real Decreto lo que pretende es que al propietario de un vado no se le
estacionen en el mismo, impidiendo la correcta maniobra del mismo, entendemos que podría
permitirse el estacionamiento en él, al propio dueño, de manera que queden libres más
aparcamientos en los alrededores, por esos vehículos que ocuparían sus vados. Ésto, en zonas de
viviendas unifamiliares es muy importante, sobre todo en nuevos desarrollos, que hay calles con muy
pocas plazas.

Solicito la ayuda del Defensor del Pueblo
Para intentar que se pueda modificar el Real Decreto, delegando la potestad del estacionamiento en
un vado, estimando las condiciones necesarias para hacerlo, en los Ayuntamientos, que conocen
mejor las diferentes problemáticas de sus municipios.
Así el artículo 40 - 2 - f, podría redactarse del siguiente modo: ‘Delante de los vados señalizados
correctamente, salvo que la ordenanza municipal especifique alguna salvedad.’”

De momento me han contestado que ha quedado registrada, espero que al menos lo lean y lo trasladen para su estudio. Quizá si escribimos muchos, se lo planteen, la modifiquen y sea potestad de los Ayuntamiento permitirlo como estimen oportuno.

 

 
caballitos
caballitos
16/11/2019 19:30

jouymj4xxx dijo:

caballitos dijo:

Yo creo que es una cuestión más de la calidad de las alegaciones en su fundamento jurídico que de la cantidad de alegaciones que se presenten.

Oye, ¿no podríais contratar a un abogado experto en la materia para que os asesorara y os redactara unas buenas alegaciones?.

La otra opción sería proponer dejar el punto sobre la mesa y no votar la ratificación de la ordenanza.

Se puede valorar, si. Aunque pienso que es buscar un problema donde no lo había y nadie se había quejado.

Sobre dejarlo sobre la mesa, en este momento solo habría 4 votos en contra, los de ICxP, el resto de la corporación votó a favor del cambio.

Estamos de acuerdo en que la orientación hacia el vecino del actual equipo de gobierno, y los que le apoyan en este tema, deja mucho que desear. Pero el problema que han creado está ahí y hay que resolverlo.

Yo veo dos opciones;

Opción Legal; Se preparan una buenas alegaciones con ayuda profesional.

Opción Política; Se propone dejar el tema sobre la mesa.

Para cualquiera de las dos opciones anteriores haría falta buscar apoyos de otros partidos, incluido el que ostenta la alcaldía que, tras el batacazo electoral, lo mismo está ahora más sensible a los problemas reales de sus vecinos.

Por otro lado, echo en falta en las alegaciones alguna propuesta para facilitar la baja del VADO, ya que actualmente es una auténtica odisea administrativa. Tal y como está el panorama posiblemente muchos vecinos opten por esta opción.

PD Lo de plantear una tasa adicional para solucionar el problema me ha dejado a cuadros, además sin avisar. La verdad es que no se como tomármelo.


Editado por caballitos 16/11/2019 22:09
 
J
jouymj4xxx
16/11/2019 00:39

caballitos dijo:

Yo creo que es una cuestión más de la calidad de las alegaciones en su fundamento jurídico que de la cantidad de alegaciones que se presenten.

Oye, ¿no podríais contratar a un abogado experto en la materia para que os asesorara y os redactara unas buenas alegaciones?.

La otra opción sería proponer dejar el punto sobre la mesa y no votar la ratificación de la ordenanza.


Editado por caballitos 15/11/2019 23:56 [/quote>

Se puede valorar, si. Aunque pienso que es buscar un problema donde no lo había y nadie se había quejado.

Sobre dejarlo sobre la mesa, en este momento solo habría 4 votos en contra, los de ICxP, el resto de la corporación votó a favor del cambio.

 
caballitos
caballitos
15/11/2019 23:55

jouymj4xxx dijo:

caballitos dijo:
Cita:

En consecuencia, esta solicitud se basa en que junto a los dos derechos que otorga el impuesto de vado (de reserva de espacio necesario delante de la puerta de garaje y de derecho de paso sobre la acera con un vehículo), se podría crear un tercer concepto de «derecho de aparcamiento en vado propio», justificado en la necesidad urgente del municipio de optimización del espacio disponible para aparcamiento público en vías urbanas, que puede llevar la obligación de pagar una tasa adicional.

Las alegaciones me parecen bastante flojas

Lo que no entiendo es que como solución al problema se proponga pagar una nueva tasa.

No es una solución, es una posibilidad, que también han pedido bastantes vecinos. Cada vecino puede presentar las suyas y es lo que deberiamos hacer, ICxP presentará unas y cuantas más se reciban en el Ayuntamiento más posibilidades hay de que se retracten, sería suficiente con dejarla como está, en esos puntos.

Yo creo que es una cuestión más de la calidad de las alegaciones en su fundamento jurídico que de la cantidad de alegaciones que se presenten.

Oye, ¿no podríais contratar a un abogado experto en la materia para que os asesorara y os redactara unas buenas alegaciones?.

La otra opción sería proponer dejar el punto sobre la mesa y no votar la ratificación de la ordenanza.


Editado por caballitos 15/11/2019 23:56
 
I
Icaro2000
15/11/2019 21:06
Cómo es posible que un concejal esté pidiendo o haciendo alegaciones que vayan en contra de la legislación vigente. No me lo explico.
 
J
jouymj4xxx
15/11/2019 17:56

caballitos dijo:
Cita:

En consecuencia, esta solicitud se basa en que junto a los dos derechos que otorga el impuesto de vado (de reserva de espacio necesario delante de la puerta de garaje y de derecho de paso sobre la acera con un vehículo), se podría crear un tercer concepto de «derecho de aparcamiento en vado propio», justificado en la necesidad urgente del municipio de optimización del espacio disponible para aparcamiento público en vías urbanas, que puede llevar la obligación de pagar una tasa adicional.

Las alegaciones me parecen bastante flojas

Lo que no entiendo es que como solución al problema se proponga pagar una nueva tasa.

No es una solución, es una posibilidad, que también han pedido bastantes vecinos. Cada vecino puede presentar las suyas y es lo que deberiamos hacer, ICxP presentará unas y cuantas más se reciban en el Ayuntamiento más posibilidades hay de que se retracten, sería suficiente con dejarla como está, en esos puntos.

 
caballitos
caballitos
15/11/2019 17:39

Cita:

En consecuencia, esta solicitud se basa en que junto a los dos derechos que otorga el impuesto de vado (de reserva de espacio necesario delante de la puerta de garaje y de derecho de paso sobre la acera con un vehículo), se podría crear un tercer concepto de «derecho de aparcamiento en vado propio», justificado en la necesidad urgente del municipio de optimización del espacio disponible para aparcamiento público en vías urbanas, que puede llevar la obligación de pagar una tasa adicional.

Las alegaciones me parecen bastante flojas

Lo que no entiendo es que, como solución al problema, se proponga, en el párrafo de arriba, pagar una nueva tasa.


Editado por caballitos 15/11/2019 17:40
 
J
jouymj4xxx
15/11/2019 16:39

En torrejón, artículo 2 de la Ordenanza.

Artículo 2. Hecho Imponible. 

Constituye el hecho imponible de la tasa el aprovechamiento especial que consiste en la entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamientos particulares y aparcamientos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, especificado en las tarifas de la siguiente Ordenanza. 

Nota: Se aplicará la tarifa primera regulada en esta Ordenanza a las reservas autorizadas para estacionamiento a los propietarios de viviendas unifamiliares frente a los garajes de las mismas para un vehículo de su titularidad siempre que la zona en la que se encuentre dicho vado se permita el estacionamiento y previos los informes técnicos favorables de las Concejalías con competencias afectadas. Una vez obtenida la autorización se entregará la acreditación que identifique el número de placa y la matrícula del vehículo autorizado. Independientemente de la obtención o no de la autorización anterior, permanece la obligación de satisfacer la cuota por el vado. 

 
J
jouymj4xxx
15/11/2019 15:36
A
AmstronSector9
10/11/2019 14:18

jouymj4xxx dijo:

AmstronSector9 dijo:

[quote=jouymj4xxx>

Lo vecinos que lo que quieran pueden presentar alegaciones a la modificación de la Ordenanza.

En la web de ICxP hemos puesto la información.

 

En tu opinión... ¿surtirá algún efecto positivo o se limitará el preboste a llevar a sus agentes a los domicilios de los replicantes para que les masacren a multas?... porque tal parece su talante.

[/quote

No creo que sea una medida recaudatoria, pero lo que no termino de entender es el motivo de meterse en este jardín. ICxP, ha sido el único partido que ha votado en contra de esta modificación.

Hay que recordar que el gobierno está en minoria y si la oposición decide que no se modifique, no se hará.

Si finalmente se aprueba, será por el equipo de gobierno y alguno/os de la oposición.

Y esto lo digo muy en serio, el perjuicio que se va causar con esta medida (sin ningún motivo para cambiarla), creo que algunos todavía no lo han evaluado correctamente.

Bienvenido Antiquo2, si, me hubiese gustado ver la respuesta en este foro si los que llevan esa medida son los “otros” seguro que no hubiese sido la misma.

 

No me he explicado bien, a lo mejor porque quería incluir algo de retranca.

Por supuesto que no creo que esta cagada esté movida por un ánimo recaudador, entre otras cosas porque puede dar lugar a una baja masiva de vados. Hay que entenderla como una reacción reverencial al "imperio de la ley", el mismo imperio que ha dejado indiferente al Ministerio Fiscal durante este etapa de caos y atropello legislativo, tal vez porque a nadie se le ha ocurrido denunciarlo, o porque no les ha merecido la pena actuar de oficio.

Yo creo que algún idiota ha mencionado algo de ilegalidades y todos se han apresurado a quitarse de en medio, sin darse cuenta de las consecuencias que esto va a traer.

Aparte de eso, me han informado que las habilidades sociales no son el mejor activo de Moisés, por lo que tiene la tolerancia justa al discrepante, de ahí que sugiriera, más o menos en broma, que lanzaría a sus huestes policiales contra quienes osaran manifestar su desacuerdo para con sus bandos y ordenanzas (como uno tiene que poner su domicilio, pues eso... vamos, que yo sigo sin fiarme un pelo, por eso no voy a cursar alegaciones).

Pero lo cierto es que el culo de nuestros gobernantes podría relajarse si dictaran la ordenanza en cuestión y añadieran: "para optimizar las labores preventivas y de vigilancia de la policía local de este municipio, cualquier actuación dirigida a hacer cumplir la presente ordenanza habrá de partir del requerimiento del titular del vado"; pero claro, eso no satisfaría los más bajos instintos de esta nuestra querida población.

 
B
bade
10/11/2019 14:03

Gracias por tu confesión. Pero francamente, creo que tus intimidades no creo que sean de interés general. El respeto y la educación si. Que pases buen día y por favor, si no es con educación y sin faltar, te ruego por respeto hacia mi y el resto de lectores, quetengaa la contención de las persona que saben vivir en comunidad. 

 
B
bade
10/11/2019 13:37

Si. La reserva de estacionamiento en la calzada a particulares limita el uso de la vía otros usuarios impidiendo su derecho a parar o detener el vehículo en esa zona. Lo que daría un uso privativo y exclusivo de la calzada. 

Los vados son derechos de paso y en ningún caso dan derechos de usos privativos, algo que de darse podría hacer el titular concesionario el uso que considerase por ser privativo, como por ejemplo aparcar. Si el titular devun vado quisiera aparcar en esa zona por considerar el vado un uso privativo, la policia podría multar y retirar el vehículo por ser una infracción tipificada como grave. Ley nacional de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial

Ningún titular de las vías podrán regular en contra de la citada Ley  es decir; si la velocidad maxima establecida para una vía d e dentro de poblado es de 50 km/h, el titular (en este caso c el ayuntamiento) no podrá regular dicha vía por encima de dicha velocidad, salvo travesías (que son vías interurbanas que discurren por suelo urbano), cuyo titular no es el Ayutamiento, autopistas y autovías, que disponen de velocidades máximas distintas. 

 

 

 
aavmm
aavmm
10/11/2019 13:00

bade dijo:

Los casos no dan derecho a un uso privativo. No se puede usar ese espacio al antojo. Solo da derecho de paso. Si el titular del vado optará por dejar ahí su vehículo podría ser multado por para o estacionar en la parte de la vía destinada a los peatones...

Se habla de dejar el coche en la calzada. No en la acera.

Saludos.

 
B
bade
10/11/2019 12:05

Por otro lado, la reserva temporal de las vías está permitida bajo autorización de los titulares de las vias. Pero solo puede ser temporal y motivada individualmente (el rodaje de una película o mudanza) que será un periodo condicionado a la actividad. El paso no puede ser considerado una actividad. 

En cuanto a que esa parte no puede ser utilizad no se ajusta a los derechos de circulación del la ley, ya que delante de los Vados debidamente señalizados está permitida la parada y la detención por emergencia de todos los usuarios de la via. Y es este punto el que hace de la ordenanza vaya en contra de los derechos fundamentales de conductores y usuarios

 
B
bade
10/11/2019 11:57

Los casos no dan derecho a un uso privativo. No se puede usar ese espacio al antojo. Solo da derecho de paso. Si el titular del vado optará por dejar ahí su vehículo podría ser multado por para o estacionar en la parte de la vía destinada a los peatones, que el reglamento general de circulación lo regula como falta grave que además conllevaría la retirada del vehículo de la vía pública (grúa)

 

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