pasacero dijo:
Las salvedades estatutarias que están registradas, son de obligado cumplimiento. Para cambiarlas es necesario unanimidad y registrarlas nuevamente.
Léete bien los estatutos, por que lo que comentas no es normal que sea así.
Exactamente tengo delante mio los estatutos y entre otras cosas dice así:
Los gastos de mantenimiento,conservación,alumbrado y limpieza del vestíbulo, la escalera de acceso al edificio , y el ascensor, serán de cuenta de las vivendas, por partes iguales entre ellas independientemente de sus coeficientes.
-Esto según me dijo el constructor los hizo el así.
-Por lo tanto si quieren modificarlo ha de haber unanimidad verdad....osea que si hay uno que no está de acuerdo no se cambia, no??
gracias.