Volver al foro

Dudas de pago por coeficientes de participación en Cataluña.

¿Estoy obligado a acatar el resultado si se cambian los gastos comunes a partes iguales?

10.111 lecturas | 18 respuestas
Resulta que hemos cambiado de administrador para intentar mejorar en la comunidad, los vecinos que tienen duplex y viven en el ultimo piso le propusieron hacer los gastos comunes de la comunidad a partes iguales, a mucha gente les perjudica y el nuevo administrador dice que con los votos de 4/5 partes se podría cambiar la participación de gastos comunes a partes iguales. Yo saldría perjudicado y pagaría más. Mi pregunta es , si yo habiendo firmado en mi escritura los coeficientes de pago anuales,si saliese las 4/5 partes a favor de pagar a partes iguales,¿ estoy obligado a acatar ese resultado ? o para que salga en contra, ¿es necesario que se oponga sólo un vecino?
 

Gracias otra vez jmgc1962

Que es un mafioso, lo tengo muy claro. Y no de ahora, ya desde el primer día que fue aceptado por la comunidad. Pero si de 18 vecinos, 16 estan conformes con el administrador y 2 no, no se puede hacer nada.

Tomo nota de todo la que aqui se comenta y esperaremos que decidan poner fecha para la proxima reunión.

Y si me permite le hago dos ultimas preguntas. Se supone que los presidente han de serlo cada año un vecino.Llevamos 3 con el mismo presidente. El pq nadie quiere serlo y este señor se presenta cada año como voluntario y es elegido. Es esto correcto??? Lo que el abogado dice, no el administrador. Es que si nadie se presenta para ser presidente, se queda “el voluntario” Si le dices que si nadie quere ser, se hace por sorteo. Entonce te contesta que “Los sorteos son de la O.N.C.E o las LOTERIAS” y encima con satira te dice “seamos serios señora”.

Por otro lado esta la Vicepresidenta. Sé que hasta esta ultima reforma, los vicepresidente no tenian un papel claro en la ley. Ahora te dice y marca la replesentación que puede asumir si el presidente no puede por diferente motivo, y También puede ejercer las funciones que la presidencia le haya delegado expresamente. Resulta que desde hace 3 años tenemos a la misma vicepresidenta. Esta persona dio poder de representacón a su sobrina que es la que vive en su piso, pero alto se le dio en la primera reunión, al ser la vicepresidenta el primer año y no se ha hecho mas cambios sigue igual. 

Si or algun motivo se necesita la presencia de la vicepresidenta puede su sobrina ejercer como tal???

Seguro que tendre mas dudad!!! Lo ire preguntando por aqui en el foro.

Saludos

 

Fin del hilo
© 2002-2025 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento