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H
Halcon39
14/04/2016 16:04

Dudas de pago por coeficientes de participación en Cataluña.

¿Estoy obligado a acatar el resultado si se cambian los gastos comunes a partes iguales?

9.654 lecturas | 18 respuestas
Resulta que hemos cambiado de administrador para intentar mejorar en la comunidad, los vecinos que tienen duplex y viven en el ultimo piso le propusieron hacer los gastos comunes de la comunidad a partes iguales, a mucha gente les perjudica y el nuevo administrador dice que con los votos de 4/5 partes se podría cambiar la participación de gastos comunes a partes iguales. Yo saldría perjudicado y pagaría más. Mi pregunta es , si yo habiendo firmado en mi escritura los coeficientes de pago anuales,si saliese las 4/5 partes a favor de pagar a partes iguales,¿ estoy obligado a acatar ese resultado ? o para que salga en contra, ¿es necesario que se oponga sólo un vecino?
 
B
Borni1974
25/04/2016 11:09

Por otra parte, y puesto que el tema me interesa, he encontrado una sentencia de la audiencia provincial de Madrid, de octubre de 2014 en contra de una demanda de volver al pago por cuotas cuando previamente se había aceptado por unanimidad el pago por partes igualitarias. Los demandantes sometieron a votación en junta el cambio de pago por partes igualitarias a pago por cuotas de participación, no obtuvieron una mayoría, denunciaron y la justicia no les dio la razón porque previamente se había acordado por unanimidad el pago igualitario.

Con esta sentencia, creo que ya no queda tan claro que siempre que un vecino reclame el pago por cuotas, si se ha decidido previamente por unanimidad, es decir por todos los vecinos, que el pago se haga de forma igualitaria sea tan sencillo cambiarlo.

En definitiva y tras leer alguna sentencia más, para pasar de pagar de forma igualitaria a pagar por cuotas es necesario que haya mayoría simple, mientras que para pasar de pagar por cuotas a pagar de forma igualitaria es necesario que haya unanimidad.


Editado por Borni1974 25/04/2016 11:20
 
B
Borni1974
25/04/2016 10:06

Por este motivo, la ley dice que para finar la cuota de participación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes. Pero la realidad es que en la escritura únicamente suele aparecer el coeficiente de propiedad, que básicamente es la proporción de cada entidad con respecto al total en términos de superficie, sin tener en cuenta criterios como si el piso está en una altura u otra; y este coeficiente de propiedad es el que se equipara con la cuota de participación, cuando en mi opinión, no debería ser así, ya que como bien dice, una vivienda en una planta inferior gasta menos en ascensor, por ejemplo. Y una vivienda de 150 m2 no provoca el doble de gastos a la comunidad que una de 75 m2.

 
Y
Yamabuki
24/04/2016 11:26
Buenos dias:
Entiendo todo lo que comentáis y tal vez la mejor manera de repartir sea por coeficiente. Pero planteo una duda. Mi piso es un dúplex pero es un 1 y 2, raro pero es así. Se estropeó el ascensor y mi coeficiente es el 2 más caro cuando en casa todos subimos andando y solo utilizamos el ascensor cuando venimos con carga, y los del ático lo utilizan siempre. A mi modo de ver no es justo que no se tenga en cuenta la altura de los pisos aparte del coeficiente. Mi uso de ascensor es mínimoy ellos lo usan cada vez que salen y entran en casa. De hecho son los que siempre tienen prisa en arreglarlo cuando se estropea.
Saludos
 
Y
Yamabuki
24/04/2016 11:24
Buenos dias:
Entiendo todo lo que comentáis y tal vez la mejor manera de repartir sea por coeficiente. Pero planteo una duda. Mi piso es un dúplex pero es un 1 y 2, raro pero es así. Se estropeó el ascensor y mi coeficiente es el 2 más caro cuando en casa todos subimos andando y solo utilizamos el ascensor cuando venimos con carga, y los del ático lo utilizan siempre. A mi modo de ver no es justo que no se tenga en cuenta la altura de los pisos aparte del coeficiente. Mi uso de ascensor es mínimoy ellos lo usan cada vez que salen y entran en casa. De hecho son los que siempre tienen prisa en arreglarlo cuando se estropea.
 
B
Borni1974
19/04/2016 21:11

Lo normal es que se haga por turno rotatorio, de modo que si hay 10 vecinos, en 10 años, todos hayan ejercido la presidencia una vez, a  no ser que haya alguien que quiera ejercer más de un año y a los vecinos les parezca bien, además, si tienen administrador, la labor del presidente es bastante sencilla.

 
A
angelabcn
19/04/2016 20:34

Pues es lo que digo y usted me da la razon. O al menos asi creo yo.

El cargo de presidente es obrigatorio, guste o no. Vale, dice “salvo alegaciones fundamentadas” Alegaciones a mi escaso entender puede ser por enfermedad o por edad.

En mi comunidad el que no tiene hijo, trabaja y el que no, simplemente pq no. Eso son alegaciones fundamentadas???

Mi hijo nacio en esta comunidad y yo he sido presidenta cuando me tocaba y mi hijo fue un niño enfermo desde que nacio y paso mas infancia en el hospital que en casa. Para mi nunca fue excusa suficiente para no ser presidenta cuando me tocaba, y estaba yo sola para trabajar y cuidar de mi hijo. Hay que tener en cuenta que ser presidenta es un cargo sin demasiadas cosas para hacer y menos si existe un administrador. Si pasa algo se hace una reunión y listo, se buscan presupuestos y se tira adelande. No es algo que necesites mas de 10 horas diaria que te inposibilita tu vida normal. Y eso en caso de que surja algo urgente. De no haber urgencias la presidencia pasa tranquilamente. Usted como administrador que hace el trabajo de contabilidad de una comunidad que es lo mas pesado, me dira si tengo o no razon. 

Como bien dice usted “Eso de que nadie quiere ser no sirve” Entonces pq se tiene que poner alguien como candidacto???.Pq se admiten excusas de que si mi hija, que si trabajo, que si me agobia. Por favor que es un año de presidente de comunidad y no partidos electorales para el gobierno de una nación.

Ya sé que puedo ser muy pesada, usted es quien siempre me contesta, y me ayuda a comprender las cosas y mis dudas. Le estoy muy agradecida, si alguna vez desea no contestar mas a mis preguntas, simplemente me lo dice.

Saludos

 
B
Borni1974
19/04/2016 20:21

Podríamos hablar largo y tendido sobre lo justo o lo injusto, pero en la comunidad donde vivo, los coeficientes atienden prácticamente en exclusividad a la superficie de las viviendas, ya que viviendas que están más altas tienen el mismo coeficiente que otras más bajas. Y si un ático tiene menos superficie que un primero que tenga terraza, tendrá un coeficiente menor, aunque pueda ocasionar más gastos a la comunidad de electricidad del ascensor por ejemplo.

Otro problema que hay con los mencionados coeficientes es que no hay una fórmula que indica cómo se calculan, nadie me ha sabido explicar como se calculan exactamente ,de hecho en este mismo foro se han leído opiniones de comunidades donde el  se ha quedado una vivienda y tiene un coeficiente menor de lo que en teoría le correspondía.  

En mi humilde opinión, lo justo es que todos los vecinos paguen más o menos lo mismo, ya que los gastos que suponen sus viviendas a la comunidad pueden ser aproximadamente los mismos. Y lo que paga un vecino de más, lo termina otro pagando de menos.

 
A
angelabcn
19/04/2016 18:19

Saludos jmgc1962 y de nuevo gracias-

Me he leido el  el Regimen Juridico de Cataluña y no encuentro por ningun lugar lo que usted comenta sobre el presidente de la comunidad. Leo que es obrigatorio, por tunos rotatorio o por sorteo de quien no ha ejercido el cargo. Pero por mas que he buscado y releido no pone que si alguien lo pide voluntario y pueda serlo todo los años se tenga que acepta. Por mayoria o por minima, da igual, no pone nada. Si me equivoco le ruego me indique en donde lo pone.

sé por experiencia que nadie quiere ser presidente. Pero imaginemos que en una reunión nadie quiere ser, que pasa ?? Que nos pasamos horas, dias en espera de que alguien se presente voluntario???. Es por lo que la ley menciona lo del sorteo. Sin dejar de decir en un principio que es Obligatorio.

Gracias

 
A
angelabcn
19/04/2016 08:27

Gracias otra vez jmgc1962

Que es un mafioso, lo tengo muy claro. Y no de ahora, ya desde el primer día que fue aceptado por la comunidad. Pero si de 18 vecinos, 16 estan conformes con el administrador y 2 no, no se puede hacer nada.

Tomo nota de todo la que aqui se comenta y esperaremos que decidan poner fecha para la proxima reunión.

Y si me permite le hago dos ultimas preguntas. Se supone que los presidente han de serlo cada año un vecino.Llevamos 3 con el mismo presidente. El pq nadie quiere serlo y este señor se presenta cada año como voluntario y es elegido. Es esto correcto??? Lo que el abogado dice, no el administrador. Es que si nadie se presenta para ser presidente, se queda “el voluntario” Si le dices que si nadie quere ser, se hace por sorteo. Entonce te contesta que “Los sorteos son de la O.N.C.E o las LOTERIAS” y encima con satira te dice “seamos serios señora”.

Por otro lado esta la Vicepresidenta. Sé que hasta esta ultima reforma, los vicepresidente no tenian un papel claro en la ley. Ahora te dice y marca la replesentación que puede asumir si el presidente no puede por diferente motivo, y También puede ejercer las funciones que la presidencia le haya delegado expresamente. Resulta que desde hace 3 años tenemos a la misma vicepresidenta. Esta persona dio poder de representacón a su sobrina que es la que vive en su piso, pero alto se le dio en la primera reunión, al ser la vicepresidenta el primer año y no se ha hecho mas cambios sigue igual. 

Si or algun motivo se necesita la presencia de la vicepresidenta puede su sobrina ejercer como tal???

Seguro que tendre mas dudad!!! Lo ire preguntando por aqui en el foro.

Saludos

 
A
angelabcn
18/04/2016 21:00

Muchas gracias de nuevo jmgc1962

No sabia lo del coeficiente en el seguro!!!

Otra cosa para tratar en la proxima reunión.

Sobre el cambio de la ley, lo mas gracioso es que esta en la web del administrador que lleva la comunidad. Pero, con este señor siempre hay un pero. El manifiesta, miento lo hace sus empleadas, que en la LPH no lo dice. Ahora nos enteramos que Barcelona no es Cataluya.

Una pregunta: Si este señor desde hace 3 años paga el seguro de la comunidad con el dinero de las couta, se le puede reclamar de alguna manera??? Se supone que estas cosas debe saberlo el y no los propietarios, y si encima se le pregunta y te manda a paseo o al abogado para que te calles, imagino que esta haciendo algo fuera de la legalidad.

Y unas ultimas preguntas. Sobre la cuenta del fondo de reselva, debe ir a nombre de la comunidad?? Imagino que este señor lleva varias comunidades, tiene que hacer una cartilla a cada comunidad??? O puede hacerlo como solo una cuenta de igual manera que hace con los cobros???

Perdon por lo pesada que soy y por todas las preguntas que hago, pero somos dos vecinos que estamo en alerta y en contra de este administrador, mas que nada por el hecho de enviarnos al MATÓN a mandarnos callar. Perdon quise decir al abogado.

De nuevos muchas gracias

 
A
angelabcn
18/04/2016 18:03

Mucha gracias jmgc1962

Deja las cosas muy claras repecto a las ley. 

Pues mi vecino tiene toda la que ganar, pues ademas de la LPH somos de Barcelona y se puede acoger al  Regimen Juridico de la Propiedad Horizontal de Cataluya. 

Una cosa que he leido sobre el seguro. Usted comenta que el seguro debe ir siempre por coeficiente. Pues en mi comunidad sale del dinero que se paga mensualmente, entra en los gasto anuales por parte iguales. 

Otra cosa me he enterado que en la ultima modificación del 13 de Mayo en el libro quinto del codigo civil. Sobre el fonde de reselva se ha de contavilizar separada  y debe ser depositada en una cuenta bancaria especial a nombre de la comunidad. 

Mi pregunta es, si el administrador tiene la obrigación de hacerlo?? Con el pasotismo de este señor (administrador) y si se lo comentas al presidente, este contesta que el administrador puede hacer lo que le de la gana, bueno emplea otras palabras. Si se lo pregunta al administrador te dice que la LPH no dice nada de eso.

Gracias por responder a mis preguntas.

Saludos 

 
H
Halcon39
18/04/2016 14:06
Hombre, en las escrituras del bloque ya viene constituido el coeficiente de cada piso y el coeficiente de escalera, yo creo que el compra ya sabe lo que compra y la constitución de los porcentajes de hace según la ley. Una persona que vive en un ático gasta más de luz que una que vive en un primero en el tema ascensor (un ejemplo), también si hay que hacer una derrama por fachada o cualquier avería de tubería, también es más costoso, el que vive en un ático quiere tranquilidad y eso se paga, también el seguro del bloque, y así un montón de etc.....hay que saber lo que se compra y atenerse a las consecuencias.

Un saludo.
 
B
Borni1974
18/04/2016 09:51

La LPH dice que la división de gastos se  hará por cuotas de participación. ¿Cúal es el problema? Que en la mayor parte de los casos se iguala cuota de participación con coeficiente de propiedad y ya hay alguna sentencia que dice que no tiene por qué ser lo mismo. Un piso de 150 m2 no ocasiona el doble de gastos a la comunidad que un piso de 75 m2, por lo que no es justo que pague el doble de gastos de comunidad. Yo tengo un problema con una vivienda nueva, donde pago casi el triple de lo que yo creo que sería lo justo. Está recurrido por vía judicial, pero todavía no ha salido el juicio, ya os informaré. Los vecinos se acogen al coeficiente que aparece en la escritura y ese coeficiente no es más que un coeficiente que indica la parte en metros cuadrados de mi dependencia sobre el total, pero no se ha tenido en cuenta que el uso para el que está destinado. Con respecto al comentario de que el que venda el duplex obtendrá más dinero que el que venda una vivienda normal y por eso debe pagar más, creo que no es un ejemplo muy afortunado, ya que también hay que tener en cuenta que el que compró el dúplex también pagó más por esta vivienda que el que compró un piso normal, además por ese motivo también paga más IBI, pero eso no significa, en mi opinión que deba contribuir en mayor medida a los gastos de la comunidad al menos de una forma que únicamente atiende a las superficies de las viviendas.

La LPH dice: “En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o resolución judicial. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.”

Es decir, los metros de la vivienda influyen, pero también en su última línea dice que habrá que tener en cuenta el usuo de los servicios o elementos comunes.

Lo fácil y sencillo es tener en cuenta los metros y fuera, de modo que se perjudica a los propietarios que tengan una vivienda más grande, de modo que cuanto más grande sea más paga, cuando muchos de los gastos de una comunidad, como puedan ser el seguro, el vado del garaje, el mantenimiento de los extintores, la limpieza del portal, el mantenimiento periódico del ascensor, los gastos de administración, etc. no dependen para nada del tamaño de las viviendas de los vecinos, por lo que deberían ser soportados por todos igual. Sin embargo otros, como el consumo de electricidad de los elementos comunes, entre otros, sí sería más facilmente justificable que sean repercutidos en función del tamaño de las viviendas, porque a mayor tamaño puede haber mayor ocupación.

En definitiva, que lo legal o la aplicación que se hace de lo legal, no siempre es lo justo.

En una comunidad anterior, con 30 vecinos, siempre hemos pagado todos lo mismo y nadie se ha quejado, porque pensamos que es lo justo, ya que todos hacemos más o menos el mismo uso de los servicios y elementos de la comunidad.

 
A
angelabcn
18/04/2016 08:24

Gracias por las respuestas.

Sobre el pago por parte iguales en mi comunidad es desde hace mas de 30 años. La comunidad se formo cuando los pisos que eran de alquiler la inmobiliaria decidio vender. De donde salio el pago iguales se desconoce, lo cierto es que siempre se ha hecho de esta manera. Me imagino que por falta de información o por comunidad se hizo de esta manera.

En la comunidad no tenemos ni estatutos creados, ni las actas estan todas pasadas al libro. Hasta hace 4 años la gestion de la comunidad era llevada por los vecinos sin ningun tipo de problemas. Pero en el 2012 se decidio poner un administardor, he de decir que la mayoria de vecinos eran nuevos y antiguos quedabamos unos 5 propietarios. y somos 18 vecinos en la comunidad. Nadie queria ser presidente ni llevar nada de cuentas ni temas de ningun tipo.

Sibre el tema de las reuniones es otra cosa. Como digo nadie quiere ser presidente y saber de lios comunitarios. El administrador y abogado de la comunidad a los vecinos los tienen acobardados y los manipulan como quieren. Asi que como a ellos les interesa (administrador y abogado) tener al mismo presidente, que lleva 3 años sin cambio y nadie se atreve a solicitar o pedir nada. La cuestion es que los vecinos pasan, el presidente pasa, el administardor pasa y si solicitas algo al administrador contesta el abogado y dejas de solicitar nada.

Y asi anda la comunidad.

Saludos

 
H
Halcon39
17/04/2016 22:26
Gracias por las respuestas, pero aquí se ve que en la última reunión se habló de solidaridad, de justicia, de humanidad ..... Cuando nos compramos el piso, lo primero que hice es estudiar los gastos que se pueden asumir de la vivienda, me daba para un piso mejor,pero claro, hay que mirar en el futuro y decidimos comprar pues uno acorde a nuestro hogar familiar. Y los vecinos del duplex lo compraron sin mirar en el futuro, ¿que pas?, que de IBI pagan una pasta, que de comunidad otra y así gasto más gasto. Yo no puedo hacerme responsable de las imprudencias de otro y ser solidarios con vecinos que no lo van a ser conmigo, así que yo votaré lo que tengo en mi escritura, votaré por coeficientes.

Gracias otra vez y perdonad el rollo.

Un saludo.
 
H
huertanosol
17/04/2016 18:00

Porqué se paga a partes iguales?

Se acordó en alguna reunión?

Su vecino tiene razón, pero hay que saber porqué se realiza así, lea la LPH art. 9-1E
 

 
A
angelabcn
17/04/2016 11:32

Buenos días.

Aprovecho este hilo para hacer una consulta.

En mi comunidad se paga a parte iguales, da lo mismo que un piso sea grandioso o un atico diminuto. En la ultima reunion un vecino dijo de pagar por coeficiente. No vea como se lio el tema, los vecinos casi se lo comen y no he de estrañar pq lo solicito el dueño del atico enano. Esta persona se acogio a la ley, pero no le hicieron caso, aunque quedo constancia en el libro de acta de su petición de su petición.

Este vecino puede hacer algo para reclamar su derecho de pagar por coeficiente???

Una consulta mas. Las reuniones se han de hacer cada año por fecha. Me explico. El año pasado se hizo la reunión en Febrero. Este año aun no hay fecha para hacerla. Si preguntas te dicen que el 2016 tiene 12 meses (vamos que no tratan como idiotas que no sabemos) y que hasta Diciembre hay tiempo. Yo creo que si la hacen en diciembre se tendran que hacer las cuentas de los 2 años. O se pueden comer las cuentas de un año???

Muchisimas gracias

Saludos

 
H
huertanosol
14/04/2016 21:38

para cambiar la forma de pago de coeficientes por partes iguales es necesario la unanimidad

se ha votado en junta ya?

Si no es así en la junta usted salve su voto, diga que no está de acuerdo con dicha votación y que que vota que no.

eso es un acuerdo nulo per se

leasé la LPH catalana , o le dice al administrador que le demuestre el escrito donde viene eso

 

 

Fin del hilo
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