hako dijo:
... Sabreis que es ilegal constituir comunidad de vecinos sin todos los propieterios y si no son propietarios los que la han constituido no tiene ningun valor legal lo que decidan.¿algun comentario?
Sí, que estás completamente equivocad@ ; la comunidad ha sido constituida por TODOS los propietarios: una parte de ellos son los que firmaron el pasado 29 de diciembre las escrituras de compra-venta ante notario y recibieron las llaves (y, por lo tanto, son legalmente los propietarios de las viviendas ; otra cosa es que no hayan suscrito préstamo hipotecario todavía),y el otro propietario (del resto de pisos que aún no se han entregado) es el promotor, o sea, la EMVS.
Las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal se rigen por el artículo 396 del Código Civil, por la Ley de Propiedad Horizontal Ley 49/1960, reformada por la Ley 8/1999, y modificada por diversas Leyes.