Vecinos! otra cosa me estoy empapando pero bien de contratos de compra-venta y hay dos cosas importantes
1. Tener las cantidades avaladas
2. Contrato público y no privado como pone en la reserva. A si que si quereis un consejo..... exigir que es nuestro total derecho que el contarto sea publico, es decir, ante notario.
Os dejo la ley que regula esto ( es cortito)
R.D. 515-1989
VIVIENDAS. Protección de los consumidores en cuanto a la información a
suministrar en la compraventa y arrendamiento
MINISTERIO SANIDAD Y CONSUMO
BOE 17 mayo 1989, núm. 117