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monteatos
18/09/2007 13:59

TEMA IVA

¿Cuál es el IVA que se aplica a las viviendas de protección y cuál es la estrategia de las promotoras para reducirlo?

2.387 lecturas | 22 respuestas
Hola de nuevo.

Acabo de hablar con Hacienda. Y os cuento.

Viviendas e IVA:

Para viviendas de protección de regimen especial: IVA. 4%

Para viviendas de(con compromiso de opción de compra) : 7%

Para viviendas (sin compromiso de opción de compra): 16%

Es decir, lo que está haciendo la promotora, es no poner el compromiso de compra, me imagino que no por ellos, si no porque quizás deduzcan que no todo el mundo lo compre a los 7 años, para que solo nos cobren el 7%, tendriamos que firmar un compromiso de compra.

Espero ayudar un poco.
 
P
paRivas
25/09/2007 15:20
A ver si con un ejemplo consigo explicar lo que dice la ley de propiedad horizontal...

Una finca con 2 plantas y 3 viviendas:
El 1º tiene el 50% de cuota
El 2º está dividido en A y B de 25% cada uno.

Se vota para ver si ponen ascensor:
2ºA y 2ºB votan Sí
1º vota No.

No se puede poner el ascensor porque aunque sean 2 propietarios contra 1 y representen el 66% de los propietarios, sus cuotas sólo representan el 50% del total y para aprobarse se necesitan las 3/5 (60%) partes del total de propietarios y de cuota de participación.

Como pone en la Ley:
"El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación "

De todas formas, como si nosotros fuéramos a ser propietarios.... ya nos preocuparemos dentro de 7 años de estas cosas.



 
M
monteatos
25/09/2007 14:39
Por cierto el voto vale por igual tengas la casa mas grande o mas pequeña, y no se tendrá en cuenta el voto de las personas que no hayan pagado.
 
M
monteatos
25/09/2007 14:38
Hola.

El pago de la comunidad va en función de la parte proporcional que corresponda a cada uno.
Una persona que tenga mas metros cuadrados pagara mas que otro que tenga menos, como bien he leido por el foro, todo lo rige la ley de propiedad horizontal.
Se puede dar el caso, de que en algunos sitios se acuerde de forma unanime que se page una unica cuota, (es decir todos lo mismo), pero eso es muy complicado que todos estén conformes, porque habrá gente que beneficie y a gente que perjudique.
Ahh. Y la parte proporcional no solo incluye la vivienda si no las zonas comunes q se hayan asignado a cada casa.

 
T
titina
25/09/2007 14:02
Hola, yo tb soy adjudicataria dl plan d vivienda joven, pro en carabanchel, y os leo de vez n cuando, quisiera decir, q mis padres viven en un piso dl ivima, y precisamente este año mi padre es el presidente, aqui todo el mundo paga lo mismo de comunidad, los q tienen 4 dormitorios, los d 3 y 2, eso si,son viviendas del ivima, pro no dl plan joven, a lo mejor en las dl plan joven si va el pago en proporción de los metros...
Saludos y paciencia q ya no os queda nada,mi parcela todavia con piedras y amapolas y no sueltan prenda d nada, vosotros ya lo teneis chupao.
 
L
lau y ru
25/09/2007 13:42
Que si que si que lo pone y te doy la razon pero no lo veo logic Por ejemplo yo 2 dormitorios en un bajo y tu 1 dormitorio en 4º. ¿Por que pago mas si no uso ascensor? (por poner un ejemplo) Y ojo yo no discuto ni quiero
 
P
paRivas
25/09/2007 12:59
Lau y Rau,

no me voy a poner aquí a discutir los motivos por los que la cuota de participación sea por metros, pero es así. Pego lo que pone la ley de propiedad horizontal:

"Artículo 5
En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o resolución judicial. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble"

Los gastos se pagan de acuerdo a la cuota:

"Artículo 9
e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble , sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización."

Y con respecto a algunas votaciones también es lo que os he dicho:

"Artículo 17
Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes normas:
[...>
El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación "


 
L
lau y ru
25/09/2007 12:57
Pos si,teneis razon. Pero sigo sin encontrarle la logica
 
D
DxS
25/09/2007 12:24
Hola, Lau y Ru:

A mí tb. me parecía raro lo de pagar la comunidad por metros, pero creo que es así. Lo dice la Ley de Propiedad Horizontal, que es por la que se rigen las comunidades de vecinos.

http://www.comunidades.com/comunidades/legislacion/reforma_lph.htm

De todas formas, serán cosas que habrá que hablar pues eso, cuando seamos vecinos ;)
Cuidarsus
 
L
lau y ru
25/09/2007 12:07
Pero como va ser logico que se pague la comunidad por metros?? La comunidad son gastos de limpieza, mantenimiento y demas cosas que se hacen de puertas para fuera,da igual los metros. Segun el razonamiento que en mas metros cabe mas gente,si en un piso de 100 m vive un soltero,y si en uno de 50 viven pareja y 3 niños,el soltero paga mas,¿por que?¿si esta solo hara menos uso de todo que la familia?¿no? La comunidad se paga a partes iguales entre todos los vecinos,da igual los metros. Y el voto en reuniones de vecinos tiene el mismo peso el que tiene un dormitorio que el que tiene 4.
 
P
paRivas
25/09/2007 09:04
La verdad es que el IVA sería una pasta y bastante injusto que lo tengamos que pagar porque lo gestione una empresa en vez de un particular (¿de dónde carajo sale el "Valor Añadido"?). Hace tiempo que en el foro de Bigeco hablaban del tema y lo último que vi (hace tiempo que no lo miro) es que la Comunidad de Madrid había hecho una cosulta formal a Hacienda para que resolviera el tema y por el momento había que irlo pagando... pero insisto en que hace tiempo que no lo miro y no sé en qué quedó la cosa.

Por otra parte, es lógico que la comunidad se pague según metros. Imaginad que hubiera algunos pisos de 50 metros y otros de 100 metros, no sería justo que pagaran lo mismo porque en 100 metros cabe más gente y sí que harían más uso de las escaleras, ascensores, luces,... de alguna forma lo tienen que hacer. Si tienes más parte proporcional de la finca, es normal que pagues más por los servicios comunes de la finca (al igual que tu voto tiene más peso en algunas votaciones de la comunidad de vecinos)



 
M
monteatos
24/09/2007 23:07
Hola.

Se me a ido la mano.

Es art. 20. Punto.23, letra B.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l37-1992.t2.html#a20

Efectivamente existe un punto que no deja claridad, si se debe cobrar y cuales son los supuestos en los que si que se aplica.

Mañana llamaré de nuevo a hacienda, a ver que dicen, de todas formas si conoceis a algun abogado o a alguien de vuestra empresa que lo pueda saber, preguntarlo. Ya que toda información es poca.

Tened en cuenta que aplicando el 16% mensual, nos supone 6.000 € a los 7 años.Mas el IVA que nos cobraran cuando lo compremos. (pagariamos un doble IVA, por el cual no podemos desgravarnos)-. Hay que mirarlo muy bien.
 
T
terapeuta
24/09/2007 20:38
Hola

Yo estuve el jueves por la tarde alí entregando mi listado y me atendió Carolina.
Me dijo, q lo de la comunidad aun no se sabía cuanto iba a ser pq estaban analizando presupuestos de varias posibles gestoras q nos lo llevasen. Pero q calculaban unos 70-75. Q de todas maneras era posible q los dos prieros meses nos cobrasen una cantidad y luego esa cantidad se ajustara a las necesidades reales.

Y Elena, creo q si se paga por los metros, vamos, por el coeficiente de piso, q viee a ser lo mismo...

No me ha quedado claro lo del IVA. Nos timan si nos cobran el 16% o están en su derecho???

Queda menos chicos...
 
E
elena mtnez
24/09/2007 20:27
buenas,a mime dijeron e inpafer que la cmunidad giraria en torno a unos 60 euros(no lo tenia muy claro,como todo)¿QUE PASA?¿a cada uno nos dicen una cosa diferente?esto es de risa absoluta.Otra cosa,¿como se va a pagar la comunidad en funcion de los metros que tenga la casa?es la primera vez que oigo esto.La comunidad (queyo sepa)sepaga de puertas para afuera no de puertas pa dentro)¿o no? esq un piso de 1 dormitorio no va a usar el ascensor igual q el que tiene 2?o.....¿no va a manchar la escalea igual?o tampoco se va a bañar en la piscina,esq no me parece logico.Primer vez que oigo esto(insisto)
 
P
paRivas
24/09/2007 19:21
Pues yo siento ser más pesimista con el tema del IVA, además de lo que he leído en el foro de Bigeco que por el momento lo tienen que pagar y si eso ya se devolverá, en la misma ley pone:

"La exención no comprenderá:
d´. Los arrendamientos con opción de compra de terrenos o viviendas cuya entrega estuviese sujeta y no exenta al impuesto."

Sinceramente no sé cómo podemos interpretar eso de "cuya entrega estuviese sujeta y no exenta al impuesto"... pero por el momento prefiero ponerme en lo peor.

Otra cosa en Inpafer me dijeron que la comunidad serían unos 70-75 euros y sí depende de los m2 que tenga el piso.


 
A
AlbertoJovellanos
24/09/2007 18:25
Tema IVA: Según lo que dice Monteatos (gracias) definitivamente están mal los precios del Dossier (ponía que incluía IVA) que nos mandaron. Hay que mirar el contrato con lupa para ver lo que dice del IVA, si viene el precio y que éste sólo se incremente como máximo cada año el IPC. Si no nos gusta lo que pone habrá que discutirlo y/o agregar un anexo con nuestro comentario al respecto haciendo referencia a la Ley del IVA en vigor, Art.20, punto 32, letra B (a lo mejor se puede poner un No Conforme con el IVA al lado de la firma). El caso es que no nos puedan decir luego que nos lo tragamos porque hemos firmado un Contrato, porque la Ley DEBE cumplirse.

Tema Seguro: en algún hilo he leído que los de Bigeco tienen asegurado el continente (por Mapfre) y que asegurar el contenido NO es obligatorio (en Mapfre unos 80€/año). Conviene confirmarlo.

Tema Fianza: dado que es una fianza (a los de Bigeco ya se la han hecho pagar y justificar con el recibo del Banco, pero a nosotros no porque todavía no nos han confirmado piso), deben aclarar su cuantía (1 mes de alquiler los de Bigeco) y condiciones de devolución.

Tema Gastos Comunidad: a los de Bigeco les han dicho que 42€/mes. ¿Sabe alguien a cuánto nos sale a los de Martinsa? Tal vez dependa también del número de habitaciones del piso (no sé).
 
A
AlbertoJovellanos
24/09/2007 18:03
En este caso, seg
 
D
doggeres
24/09/2007 17:29
MONTEATOS:

ERES UN CRACK!!!!!!
 
M
monteatos
24/09/2007 17:24
Pongo unos cuantos enlaces que tratan el tema del IVA:

http://www.eurosur.org/CONSUVEC/contenidos/economia/iva/iva.html

http://www.consumer.es/web/es/vivienda/alquiler/2004/11/17/111970.php

http://es.answers.yahoo.com/question/index?qid=20070724022752AANaV4l&show=7

http://www.forosuvivienda.com/2007/03/iva-en-alquiler-de-vpo.html



BUENO DESPUES DE MAREARME MIRANDO FOROS Y NOTICIAS SOBRE EL TEMA DEL IVA, HE LLAMADO A HACIENDA 901 33 55 33

Y HE PREGUNTADO, LO SIGUIENTE-

"¿UNA VIVIENDA, PROTEGIDA DEL PLAN DE VIVIENDA JOVEN DE LA CAM, QUE VA A SER DESTINADA A DOMICILIO HABITUAL Y QUE ESTÁ EN REGIMEN DE ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA LLEVA EL INCREMENTO DEL IVA?"

-* RESPUESTA: NO LLEVA IVA, ESTÁ EXENTO.lO MARCA LA LEY,
LEY DE IVA, ARTICULO 20. PUNTO 32, LETRA B, DE LA LEY DE IVA, VIGENTE.

20. Los arrendamientos que tengan la consideración de servicios con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11 de esta Ley y la constitución y transmisión de derechos reales de goce y disfrute, que tengan por objeto los siguientes bienes:

a) Terrenos, incluidas las construcciones inmobiliarias de carácter agrario utilizadas para la explotación de una finca rústica.
Se exceptúan las construcciones inmobiliarias dedicadas a actividades de ganadería independiente de la explotación del suelo.

b) Los edificios o partes de los mismos destinados exclusivamente a viviendas o a su posterior arrendamiento por entidades gestoras de programas públicos de apoyo a la vivienda o por sociedades acogidas al régimen especial de Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas establecido en el Impuesto sobre Sociedades. La exención se extenderá a los garajes y anexos accesorios a las viviendas y los muebles, arrendados conjuntamente con aquéllos.



EL IVA NO NOS LO TIENEN QUE COBRAR ESTÁ EXENTO, EN EL CASO DE QUE NOS LO QUIERAN APLICAR TENDRÁN QUE DECIRNOS A QUE PUNTO DE LA LEY SE ACOGEN PARA APLICARLO Y DE NO SER CORRECTO, SE TENDRÁ QUE HACER UN ESCRITO Y PRESENTARLO ANTE HACIENDA, O ANTE UN TRIBUNAL O JUEZ.


PODEIS VER LA LEY DE IVA EN LA SIGUIENTE PAG.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l37-1992.t2.html#a20
 
M
monteatos
24/09/2007 16:38
Yo no lo veo obvio, ni lógico, pero la ley de IVA lo marca así, lo mas normal esque nos cobraran un 7% (de tener que cobrarnos algo), pero nos están metiendo un 16%,y si nos callamos lo pagaremos.
 
A
alfonsomg
18/09/2007 19:35
por eso te dicia, k el iva es obvio k lo tienen k cobrar, pero supuestamente la diferencia del 7 al 16... hay un trecho, como bien has hecho las cuentas...70€ casi na...
 
M
monteatos
18/09/2007 17:12
Vamo a ver.

El IVA nos lo cobran por que lo tienen que cobrar, el problema es que o bien nos cobran un 7% o bien un 16%, todo depende de que se firme el compromiso de compra.

Yo entiendo que lo mas probable esque ese compromiso, no se firme ahora, ya que habrá gente que dentro de ese tiempo lo quiera comprar y otros que no.

Bueno estas son las cuentas que yo e echo.

He cojido un piso del listado al azar.

En este caso : Portal 3. planta 2 letra C. de dos dormitorios.

M2 Útiles: 53.66

Y en la calculadora del plan joven

http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobtable=MungoBlobs&blobcol=urldata&blobkey=id&blobwhere=1181225320736&ssbinary=true&blobheader=application%2Fvnd.ms-excel
Me da que tendriamos que pagar 429.94
Y vamos a pagar: 496.01

Le he aplicado el 16% de IVA y me da: 498.73 €

Hay una diferencia de 2.71 €

Por lo que doy por echo que llevan el 16%, que habría que reclamarlo pues probablemente pero no sé hasta que punto nos harian caso.
 
A
alfonsomg
18/09/2007 16:59
he de suponer que luego nos lo devolveran no???? y espero que con intereses... como hacen los cabrones de hacienda cuando te piden pasta atrasada...
 

Fin del hilo
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